Ayuntamiento de Villanueva de la Torre
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Visto el art. 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP n.º 66 de 3 de junio de 2013, se hace pública la Tarifa a aplicar a las Actividades de Servicios Sociales 2013-2014.
Visto que, el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas o bien por pago efectivo a los responsables del servicio, con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y, en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige, en todos los casos, el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato, para que pueda desarrollarse el Taller o Actividad.
Visto el coste del contrato, se le aplica el 10% por costes indirectos, de conformidad con la Ordenanza Fiscal, de conformidad con las atribuciones establecidas por Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por este MI DECRETO, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Aprobar el importe de los precios públicos de actividades y talleres conforme a las siguientes tarifas:
ACTIVIDADES SERVICIOS SOCIALES |
FECHA INICIO |
FECHA FIN |
N.º GRUPOS |
MIN. ALUMNOS |
MAX. ALUMNOS |
MEDIA ALUMNOS |
PRECIO SOCIOS |
PRECIO NO SOCIOS |
GIMNASIA ADAPTADA* |
01/10/2013 |
31/05/2014 |
1 |
15 |
15 |
15 |
12,00 € |
18,00 € |
GIMNASIA DE MAYORES* |
01/10/2013 |
30/06/2014 |
1 |
25 |
35 |
30 |
5,00 € |
10,00 € |
INFORMÁTICA INFANTIL |
01/11/2013 |
31/05/2014 |
1 |
8 |
12 |
10 |
20,00 € |
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INGLES CONVERSACIÓN |
01/11/2013 |
31/05/2014 |
2 |
8 |
10 |
9 |
15,00 € |
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* Se podrán revisar los precios para intentar no cerrar grupo por debajo del número mínimo de alumnos. |
* Se podrán revisar los precios para intentar no cerrar grupo por debajo del número mínimo de alumnos.
SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
“Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer ante el Pleno recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.”
Villanueva de la Torre a 21 de octubre de 2013.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.