Ayuntamiento de Trijueque
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En relación con el anuncio publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia, citando de comparecencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ante los servicios de recaudación de este Ayuntamiento a los deudores que en el mismo se hacían constar, al objeto de ser notificados de las correspondientes providencias de apremio, erróneamente se hacia constar el de D. Carlos Urabayan Esparza, por lo que, en su consecuencia procede su eliminación al no resultar ser deudor por tributos municipales por ningún concepto.
Trijueque, 10 de diciembre de 2013.– El Tesorero municipal.