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5759
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito número 1 al presupuesto de la Corporación del ejercicio de 2013, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, según edicto publicado en el BOP de Guadalajara número 86, de 19/07/13, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumida a nivel de capítulos, con el siguiente detalle:
5723
Aprobado inicialmente, por el Ayuntamiento Pleno, el Presupuesto General para el ejercicio de 2014, en sesión del día 3 de diciembre de 2013, se expone al público en las oficinas municipales, en horario de atención al público, por espacio de quince días, desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, durante cuyo plazo podrán presentarse las reclamaciones que se estimen convenientes.
5713
Solicitada ante el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre por Emilio Juan Fuentes, en representación de Sonysport Magic, S.L., licencia de actividad para gimnasio (centro deportivo), sito en Camino del Tesoro, 8, nave 17, Villanueva de la Torre, (Guadalajara), que pudiera resultar clasificada de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, en este Ayuntamiento se tramita expediente para la obtención de dicha licencia de actividad.
5748
Por el presente edicto se cita a los interesados que a continuación se relacionan con el fin de efectuar la notificación de los actos que se mencionan en cada caso al no haber sido posible efectuarlas personalmente a los interesados:
5742
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5741
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5740
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5739
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5738
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5737
Contra las Notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas considere pertinentes para su defensa en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
5736
Contra las resoluciones que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Sr. Ministro del Interior en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Se advierte que, una vez transcurrido dicho plazo sin que la sanción haya sido abonada y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por vía ejecutiva.
5735
Contra las Resoluciones de Recurso de Alzada, que ponen fin a la vía administrativa, art. 109 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley anteriormente citada. Se advierte que, una vez transcurrido dicho plazo sin que la sanción haya sido abonada, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por la vía ejecutiva.
5734
Contra las resoluciones que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Sr. Ministro del Interior en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Se advierte que, una vez transcurrido dicho plazo sin que la sanción haya sido abonada y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por vía ejecutiva.
106
Ejecución de Títulos Judiciales 251/2013 Ejecutante: D./D.ª Pedro Vilches Martos

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