AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
2026
Apreciados dos errores en Redacción la Ordenanza Municipal Reguladora de los Espectáculos Taurinos Populares en Galápagos, se procede a su corrección:
PRIMERA CORRECCIÓN:
En el capitulo 1, articulo 1 OBJETO: donde dice:
“ los encierros por el campo, así como los encierros y la suelta de reses bravas por el casco urbano, se celebran en este municipio de Galápagos desde tiempo inmemorial, durante la celebración de las fiestas patronales”
Debe decir:
“ los encierros por el campo, así como los encierros y la suelta de reses bravas por el casco urbano, se celebran en este municipio de Galápagos desde tiempo inmemorial.”
SEGUNDA CORRECCION:
En el capitulo 2 ,artículo 6 PARTICIPANTES: donde dice :
“ A . Organización : Colaboradores , Caballistas y vehículos autorizados:
El Ayuntamiento autorizará un numero no inferior a 15 ( que contarán con algún dispositivo para su rápida identificación) , al menos 7 deberán ser caballistas y 8 vehículos, que vigilarán el normal desarrollo de los encierros. Se distinguirán mediante un distintivo colocado en el parabrisas los vehículos de la organización y los autorizados, en estos últimos no podrán acomodarse personas que no tengan ningún cometido específico y dejarán la mayor parte de las plazas del vehículo libres para recoger a un posible herido.”
Debe decir.
“ A . Organización : Colaboradores , Caballistas y vehículos autorizados:
El Ayuntamiento autorizará un número no inferior a 15 ( que contarán con algún dispositivo para su rápida identificación), de los que al menos 7 deberán ser caballistas y LOS VEHÍCULOS QUE AUTORICE EL AYUNTAMIENTO, que vigilarán el normal desarrollo de los encierros. Se distinguirán mediante un distintivo colocado en el parabrisas los vehículos de la organización y los autorizados, en estos últimos no podrán acomodarse personas que no tengan ningún cometido específico y dejarán la mayor parte de las plazas del vehículo libres para recoger a un posible herido.
En Galápagos a 30 de junio de 2025. EL ALCALDE PRESIDENTE. Fdo.: D. Guillermo M. Rodríguez Ruano