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Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
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Guadalajara
Gualda
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Gárgoles de Arriba
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Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
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Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
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Illana
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Jirueque
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Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
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Matarrubia
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Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
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Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
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Mochales
Mohernando
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Montarrón
Moranchel
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Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
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Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
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Orea
Otilla
Pardos
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Pinilla de Molina
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Quer
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Recuenco (El)
Renera
Retiendas
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Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
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Lunes, 28 Abril 2025 08:04

PROCESO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UN PUESTO DE PEÓN DENTRO DEL PLAN DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO 2024

1330

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AYUNTAMIENTO DE LEDANCA


1330

CONVOCATORIA Y APROBACIÓN DE BASES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE LEDANCA EN EL MARCO DE LAS SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO.

Antecedentes

Vista la Orden 220/2024, de 27 de Diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2024. Extracto BDNS (ident.): 806439. [2024/10499]

Vista la Resolución provisional de 06/03/2025 de la Delegación provincial de la Consejería de economía, empresas y empleo en Guadalajara de concesión de subvención para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social- Programa de apoyo activo al empleo-, por la que se aprueban para el Ayuntamiento de Ledanca un proyecto: “MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES”

Al amparo de lo establecido en los artículos 21 a 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, así como en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 35 del R.D. 364/1995, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admón. del Estado, de aplicación supletoria a la Administración Local, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985, por la Alcaldía del Ayuntamiento se ha dispuesto

PRIMERO.- Convocar el proceso de selección para la contratación de:

  • MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES .
  • PUESTOS DE TRABAJO: 1 PEÓN.

Período de ejecución: 180 días naturales.

SEGUNDO.- Aprobar las Bases de selección que regirán la convocatoria.

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE LEDANCA EN EL MARCO DE LAS SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO

1.- Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para la provisión de 1 plaza de personal laboral temporal, dependiente del Ayuntamiento, al amparo de la subvención que le ha sido concedida para la contratación del personal, con arreglo a las órdenes que la regulan y a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el ejercicio 2025.

Dicha plaza está adscrita a la Alcaldía-Presidencia.

  • Retribuciones: Salario mínimo interprofesional, incluyendo el prorrateo de las pagas extraordinarias.
  • Duración del contrato: 180 días naturales.

El trabajador disfrutará de las vacaciones que establezca la ley.

La modalidad del contrato será la de contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, vinculados a este programa de activación para el empleo, en los términos previstos en la Disposición adicional novena del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

La jornada de trabajo será a tiempo completo incluyendo, además del trabajo productivo, las acciones de motivación, orientación o formación que en su caso se le propusieran durante el contrato temporal por el Ayuntamiento o el Servicio público de Empleo. El horario de trabajo será determinado por la Alcaldía.

Las vacaciones tendrán que disfrutarse y en ningún caso se abonarán. El contrato será improrrogable.

Se establece un período de prueba de un mes.

2.- Personas participantes y requisitos

1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos vulnerables:

  1. Personas demandantes de empleo y servicios inscritas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, en situación laboral de no ocupadas a la fecha de registro de la oferta, que hayan permanecido inscritas, como ocupadas o no ocupadas, al menos 360 días, dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de estos grupos y reúnan los respectivos requisitos a fecha de registro de la oferta:
    1. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que no sean perceptoras de prestaciones contributivas por desempleo.
    2. Personas menores de 30 años o mayores de 66 años, en las mismas condiciones que en el grupo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el Programa o cuando hayan sido priorizadas por las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha.
    3. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, al menos doce meses dentro de los diez años anteriores a contar desde la publicación de esta orden y que estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo.
    4. Personas que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado; y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
  2. Personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha a la fecha del registro de la oferta, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. A tal efecto, se considera que también presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez. c) Personas jóvenes con baja cualificación. Se consideran como tales a las personas con edades entre los dieciocho años y que no hayan alcanzado los treinta o a las personas inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil siempre que, en ambos casos, no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la conclusión de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.
  3. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, con las que deberán formalizarse al menos el 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de este colectivo, para alcanzar dicho porcentaje.
  4. Personas con trastornos del espectro autista y personas víctimas de trata de seres humanos.
  5. Colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha, que acrediten, por sentencia judicial firme, que han sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por su condición sexual.
  6. Las personas trabajadoras que, en los cinco años anteriores a la publicación de esta orden, hayan sido despedidos de acuerdo con los artículos 51 y 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, así como los trabajadores cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en los artículos 169 a 185 del texto refundido de la Ley Concursal aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, siempre que tengan una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años. En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijos discontinuos la antigüedad se computará de fecha a fecha desde la fecha de ingreso en la empresa, hasta la fecha del despido.

2. Al menos el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados a cada entidad beneficiaria, en los términos previstos en este artículo, deberá realizarse con personas en situación de exclusión social.

Y al menos el 7% de la totalidad de los contratos subvencionados deberá realizarse con personas en situación de exclusión social que, además, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

En todo caso, se considera que, las personas contratadas de acuerdo con el párrafo anterior, están incluidas dentro del 25% reservado a personas en situación de exclusión social.

A los efectos de esta orden, son personas en situación de exclusión social aquellas que tengan acreditada dicha situación por los servicios sociales de atención primaria competentes.

Las plazas no cubiertas en este cupo de reserva, serán ocupadas por las personas incluidas en los colectivos del apartado 1.

3. Al menos el 55% de las personas a contratar deberán ser mujeres, salvo que no exista un número de mujeres desempleadas suficiente con los perfiles requeridos por la entidad beneficiaria para alcanzar dicho porcentaje.

Para dar cumplimiento a este cupo, las entidades beneficiarias podrán apartarse del orden de prelación recogido en el acta de selección correspondiente, siempre que tal decisión resulte necesaria para alcanzar dicho objetivo.

4. Los porcentajes mínimos previstos en los apartados 1.d), 2 y 3 de este artículo sólo serán de aplicación a las entidades beneficiarias con población superior a los 3.000 habitantes y siempre que haya suficientes personas desempleadas de los colectivos a los que se refieren, para alcanzar dichos porcentajes.

No obstante, las entidades beneficiarias con población inferior a 3.000 habitantes también podrán contratar a los colectivos previstos en estos cupos de reserva, siempre que así lo establezcan en sus bases de convocatoria. En todo caso, las personas en situación de exclusión social serán derivadas por los servicios sociales competentes.

5. Sin perjuicio de las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al inicio de la relación laboral, que se encuentren incluidas en alguno de los colectivos relacionados en el artículo 50.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, siempre que no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

6. En todo caso, las personas a contratar deberán ser demandantes de empleo y servicios en situación laboral de demandantes de empleo no ocupadas registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, el día anterior al del inicio de la relación laboral. 7. A los efectos de esta orden, el dato de población de cada uno de los municipios en los que se desarrollen los proyectos subvencionados se corresponderá con el último dato del Censo de Población y Viviendas publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

3.- Obligaciones de los participantes

  1. Son obligaciones de las personas participantes:
    1. Participar de forma activa en alguna de las acciones de orientación que se le propusieran para su inserción laboral por parte de la entidad beneficiaria o la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha.
      Dichas acciones deberán realizarse una vez que la persona ha sido seleccionada por la entidad, bien con anterioridad al inicio de la relación laboral o durante la misma, si fuera compatible, o a su finalización.
    2. Realizar, con anterioridad al inicio de la relación laboral, alguna de las acciones de formación profesional en el ámbito laboral contempladas en el artículo 32, para las que han sido seleccionadas por la entidad local, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios con un número igual o superior a 5.000 habitantes, en coordinación con la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha.
    3. No rechazar o desatender de forma injustificada las actividades propuestas desde la oficina Emplea de Castilla-La Mancha.
    4. Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en los proyectos objeto de subvención.
  2. Las personas que se encuentren en situación de exclusión podrán realizar acciones formativas de forma voluntaria a propuesta de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
  3. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en los apartados anteriores o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del programa de apoyo activo al empleo y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

4.- Presentación de solicitudes

4.1.- Solicitudes

Las solicitudes deben presentarse junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de todas las condiciones exigibles para la participación, y se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Ledanca.

Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento https://ledanca.sedelectronica.es. (Deberá disponerse de certificado electrónico o Cl@ve Pin)

Asimismo, podrá ser presentada la instancia presencialmente en el registro de los Ayuntamiento de:

  • Ledanca (horario lunes y jueves de 12 a 14 horas).
  • Muduex (horario martes de 12 a 14 horas)
  • Argecilla (horario miércoles de 12 a 14 horas)

o bien a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud será un modelo normalizado (Anexo I de la presente resolución), deberá acompañarse de los anexos II, III y IV (en su caso).

4.2.- Documentación

La documentación a aportar junto con la solicitud debidamente cumplimentada es la siguiente:

  1. Fotocopia del DNI o NIE en vigor.
  2. Fotocopia del Permiso de trabajo en el caso de extranjeros residentes no comunitarios.
  3. Fotocopia de la Tarjeta de Demanda de Empleo de la Oficina de Empleo actualizada a la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Fotocopia del Libro de Familia o equivalente.
  5. Volante de empadronamiento histórico colectivo para todos los solicitantes en el que conste fecha inicial de empadronamiento.
  6. En su caso, tarjeta acreditativa del grado de discapacidad que se posea y certificado de centro base que acredite la capacidad de apto para desempeñar las funciones de la categoría o categorías a las que se opta.
  7. Declaración del IRPF ejercicio 2023, o certificado de Hacienda. Las pensiones de alimentos se computarán como ingreso en el caso de ser percibidas. En el caso de estudiantes, copia de la matrícula de los estudios cursados o declaración jurada del padre, madre o tutor/a, sobre tal circunstancia. El ayuntamiento podrá solicitar cualquier otro documento que acredite fehacientemente los ingresos de la unidad familiar para la correcta valoración de la solicitud.
  8. En caso de separación o divorcio, copia del convenio regulador.
  9. En su caso, resolución de Bienestar Social sobre la condición de grado de Dependencia más certificado de convivencia o certificado de Bienestar social que acredite la condición de cuidador/a de dependiente.
  10. Si la solicitante es víctima de violencia de género, deberá aportar documento en vigor que acredite la situación de violencia de género recogida por la normativa legal. Se podrá pedir informe técnico a servicios sociales sobre la vigencia.
  11. En su caso, certificado expedido por la oficina de empleo relativa a la no percepción de prestación, subsidio o ayuda de protección frente al desempleo.
  12. Toda aquella documentación que considere necesaria para poder hacer la baremación (información sobre prestaciones, periodo de inscripción de la demanda, sobre la unidad familiar, nivel de rentas, condición de víctima de violencia de género, condición de discapacidad, condición de la persona dependiente y convivencia en su caso, condición de cuidador de persona dependiente, o cualquier otra de las circunstancias contempladas en el artículo16.1 de la Orden 176/2023, de 17 de octubre).

5.- Plazo de presentación

El plazo de presentación del 2-8 de MAYO (ambos incluidos).

6.- Proceso de selección

De conformidad al artículo 25.3 de la Orden 220/2024, de 27 Diciembre a fin de solventar las posibles dificultades en la selección, en las entidades locales beneficiarias de menos de 500 habitantes, el órgano competente para la contratación de las personas desempleadas podrá solicitar a la oficina de empleo que le corresponda, un listado cerrado y priorizado con las personas candidatas, seleccionadas a partir del baremo que se establezca a través de circular de la Consejería de Economía,

Empresas y Empleo, que se

publicará en el portal de internet de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.castillalamancha.es/).

Criterios de puntuación para la baremación establecidos en la Circular 1/2025, de la Viceconsejería de Empleo, Dialogo Social y Seguridad y Salud Laboral, por la que se determina la actuación de las Oficinas Emplea en relación al artículo 25.4 º de la Orden 220/2024, de 27 Diciembre de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo y se efectúa la convocatoria para 2025:

  1. Tiempo de permanencia en desempleo durante los últimos 5 años

Por cada periodo de 3 meses se otorgarán 0,1 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

Situación

Puntos

Permanencia inscritas como ocupadas o no ocupadas

0,1 puntos cada 3 meses, hasta un máximo de 2 puntos

  1. Renta per cápita familiar certificada por el/la secretario/a Municipal

Se entenderá por Unidad familiar la compuesta por el/la solicitante, su cónyuge o pareja (o situación asimilada) y los familiares hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad de ambos, que convivan en el mismo domicilio.

La renta per cápita de la Unidad familiar se obtendrá con la suma de los ingresos netos de todos sus miembros: si trabajan por cuenta ajena o perciben prestaciones públicas, con el promedio de los ingresos de las tres últimas nóminas, y si son autónomos, o tienen otros ingresos, con la última declaración de IRPF dividido entre doce. Se suman pensiones de alimentos.

El resultado se dividirá entre el número de miembros que constituyen la unidad familiar.

Se baremará de acuerdo a la siguiente tabla:

Renta per cápita de la unidad familiar

Puntos

Ingresos cero

5 puntos

De 1 Euro a 100

4 puntos

De 101 a 200

3 puntos

De 201 a 400

2 puntos

De 401 a 640

1 punto

Más de 640

0 puntos

  1. Responsabilidades familiares

Se consideran responsabilidades familiares el cónyuge, hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas con discapacidad (al menos en un grado reconocido del 33%) que convivan con la persona solicitante y carezcan completamente de ingresos.

Por cada familiar cargo sin ingresos se otorgarán 0,7 puntos.

Situación

Puntos

Responsabilidades familiares

0,7 puntos por cada familiar a cargo

  1. Cuidador/a de persona dependiente o solicitante que convive con persona dependiente y pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado.

La situación de aquellas personas solicitantes inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas al menos 360 días, dentro de los 540 días anteriores a la fecha del registro de la oferta en una Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha, se valorará con 1 punto.

La acreditación de esta situación se efectuará mediante la aportación de certificado de empadronamiento colectivo, resolución de dependencia de la persona que convive con el participante y acreditación de la pertenencia a familia en la que ningún miembro está empleado, o bien, mediante el certificado de Bienestar Social en el que se declare reconocido como cuidador al solicitante.

Situación

Puntos

Persona que convive con persona dependiente o personas cuidadoras de personas dependientes

1 punto

  1. Personas con discapacidad

Respecto al grado de discapacidad de las personas solicitantes, se baremará de la siguiente forma:

Grado de discapacidad

Puntos

Igual al 33%

1 punto

Del 34% al 65 %

2 puntos

Del 66 % en adelante

3 puntos

  1. Personas jóvenes con baja cualificación

Según el artículo 16.1.c) de la Orden, se consideran como tales a las personas con edades entre los dieciocho años y que no hayan alcanzado los treinta o estén inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y, en ambos casos, que no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la conclusión de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios: 1 punto

Situación

Puntos

Personas jóvenes con baja cualificación

1 punto

  1. Mujeres víctimas de violencia de género

Las mujeres víctimas de violencia de género (VVG) estarán excluidas del requisito de inscripción en una Oficina Emplea en la fecha del registro de la oferta, aunque sí deberán estar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha el dia anterior al inicio de la relación laboral.

Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género: 2 punto

Situación

Puntos

Mujeres VVG

2 punto

  1. Personas con trastornos del espectro autista y personas víctimas de trata de seres humanos

Situación

Puntos

Personas descritas en este apartado 8

1 punto

  1. Colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.

A efectos de la Orden, se consideran como tales, a quienes acrediten por sentencia que han sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por su condición sexual: 1 punto

Situación

Puntos

Personas descritas en este apartado 9

1 punto

7.- Relación de seleccionados

Una vez recibido el listado priorizado de las personas candidatas, se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ledanca.

8.- Formalización de los contratos

Las personas seleccionadas deberán acudir a las oficinas municipales en el día y hora que sea citado para formalizar el contrato de trabajo, provisto de la siguiente documentación:

  • DNI o Tarjeta de identidad de extranjero.
  • Cartilla de la Seguridad Social con número de afiliación (NO tarjeta sanitaria).
  • Número de cuenta bancaria donde ingresar las nóminas.

El no acudir con la documentación requerida en regla o directamente no acudir a la cita concertada, determinará que decaigan en sus derechos siendo automáticamente sustituidos por el siguiente que hubiera tenido mayor puntuación.

Disposición adicional primera

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el R. D. 364/1995, en el R. D. 896/1991, y en la Ley de 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla – La Mancha.

Disposición adicional segunda

Se faculta a la Alcaldía para que dicte cuantas resoluciones sean precisas tendentes al desarrollo, interpretación y ejecución de las presentes bases.

Contra la convocatoria, sus bases, procedimiento de selección y la Resolución que ponga fin al procedimiento selectivo, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

EN LEDANCA, A 24 DE ABRIL DE 2025, FIRMADO POR EL ALCALDE-PRESIDENTE RUBEN VIEJO TOLEDANO

A la Alcaldía del Ayuntamiento de Ledanca:

Nombre y apellidos o Denominación o Razón Social:

DNI/CIF/NIE

Domicilio para notificaciones (Calle, Plaza,…):

Nº, piso, etc.:

 

Población:

C. Postal:

Provincia:

Teléfono/s de contacto:

 

 

 

 

 

Fax:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

En su caso, en nombre completo del representante (deberá acreditarse):

DNI/NIE del representante:

 

Firma:

En ................................................................, a ....... de ............................. de 2025

Por medio del presente escrito solicita participar en la convocatoria para la selección y contratación laboral temporal, conforme a las Bases aprobadas por Decreto de la Alcaldía para la ejecución de las subvenciones para la puesta en marcha del programa de Apoyo activo al empleo. Que al efecto declara que son ciertos los siguientes méritos y aporta la documentación acreditativa de los mismos que proceda:

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PODER EJERCER EMPLEOS O CARGOS PÚBLICOS

Dº/Dª………………………………….................................................................................................., con D.N.I.………………............................ declaro bajo mi responsabilidad, que no he sido separado mediante expediente disciplinario en el servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarme en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos.

En prueba de conformidad, se firma la presente declaración,

En Ledanca (Guadalajara), a ...... de ....................................................... de 2025

Fdo.:

AUTORIZACION PARA OBTENER Y CONSULTAR DATOS NECESARIOS PARA LA BAREMACIÓN Y/O CONTRATACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN EL PLAN DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE LEDANCA EN EL MARCO DE LAS SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO

SOLICITANTE ......................................................................................, con D.N.I./N.I.E. Nº ................................................. con domicilio en .................................................................... nº ................................ del municipio de ..................................., provincia de .................................

Autorizo, tanto a este Ayuntamiento como a la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, a que obtengan los datos necesarios para poder baremar mi solicitud de participación en la convocatoria para la contratación de personas desempleadas amparo de lo establecido en Orden 220/2024, de 27 Diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2025.

Esta autorización se extiende a la consulta y obtención en otros Organismos o Entidades Públicas o Privadas, de aquellos datos que se consideren necesarios para comprobar los extremos a tener en cuenta para la baremación de las solicitudes de participación en este Plan de Empleo, tales como SEPE, Consejería de Economía, Empresas y Empleo, Consejería de Bienestar Social de la JCCM, Instituto de la Mujer C-LM, Centros de la Mujer y Tesorería General de la Seguridad Social.

Los datos obtenidos estarán sujetos a la normativa contemplada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.

Fecha y firma

AUTORIZACION DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO CONSULTAR DATOS:

PARENTESCO

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

FIRMA / AUTORIZACION CONSULTA DATOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOLICITUD DE SEUDONIMIZACIÓN DE LOS DATOS DE LA MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Datos personales:

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

DNI

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES (DIRECCIÓN COMPLETA)

CODIGO POSTAL

LOCALIDAD

PROVINCIA

TELEFONO FIJO

TELÉFONO MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

Mediante el presente documento solicito la seudonimización de mis datos personales, mediante seudónimo, en todos los actos objeto de publicación derivados de la gestión del proceso selectivo de personal correspondiente al Programa de Apoyo Activo al Empleo a ejecutar por el Ayuntamiento de Ledanca, por tener la condición de mujer víctima de violencia de género.

Documentación presentada:

 

Título judicial

 

Informe emitido por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

Declaro bajo mi responsabilidad, que tengo la consideración de mujer víctima de violencia de género, por encontrarme en una de las situaciones recogidas en la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha.

En ........................................................., a ...... de ................................................... de 2025

Fdo:

Información sobre protección de datos de carácter personal

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril) le informamos que los datos personales que nos ha facilitado pasarán a ser tratados, como responsable por el Ayuntamiento de Ledanca con la finalidad de la gestión de personal.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad ante el Ayuntamiento de Ledanca, señalando concretamente la causa de su solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos.

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede dirigirse a la Agencia Española de Protección de datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web; https://sedeagpd.gob.es

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Ledanca
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