AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
2307
BASES PARA LA CREACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA SUSTITUCIÓN DE DOS PUESTOS DE MONITOR/A DE JUVENTUD para contratar con carácter temporal mediante contrato de Sustitución de trabajadoras con derecho a reserva de puesto de trabajo por baja por IT
La duración del contrato será INCORPORACIÓN Inmediata.
La jornada de trabajo será de 100% de jornada, en horario según necesidades del servicio, INCLUYENDO FINES DE SEMANA.
Las funciones básicas a realizar serán;
Resumen del Puesto: Organizar, coordinar y gestionar programas y actividades destinadas a la promoción de la juventud en el municipio bajo supervisión del superior jerárquico. |
Actividades principales: Detención de necesidades con los jóvenes con los que están en contacto. Transmitir al Técnico de Juventud las necesidades detectadas. Efectuar propuestas de actividades para incluir en la programación. Atender e informar a los usuarios de forma directa. Proporcionar la oportunidad de relacionarse con otros jóvenes y motivarles a colaborar en la organización de actividades. Diseño, creación y colocación de carteles de cada actividad planificada, proyectos y flyers. Proponer, planificar, programar, coordinar y realizar actividades (excusiones, viajes, torneos, fiestas …), así como valoración de las mismas. Responsabilidad en guardia y custodia de efectivo para casos extraordinarios, siempre y cuando no se pueda realizar ese servicio por otro medio de pago. Facilitar al colectivo juvenil espacios de opiniones, sugerencias y nuevas propuestas. Facilitar la inclusión social de las diferentes realidades juveniles ( socio-culturales, familiares, personales, socio-económicas…). Firma de albaranes de recepción de mercancías o servicios. Utilización adecuada de EPIs. Despachar y colaborar con el superior jerárquico aquellos asuntos que requieran superior decisión o supervisión, y dar cuenta de su trabajo a éste. Desarrollar otras tareas afines a la categoría del puesto de trabajo para las cuales haya sido previamente formado. Otras funciones afines al puesto que por disposición del superior jerárquico, Concejalía, Alcaldía o normativa vigentes, le sean atribuidas. |
REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES/ASPIRANTAS
- Imprescindible estar en situación de desempleo.
- Tener plena capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
- Tener cumplidos 18 años el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
- Tener carnet de conducir tipo B en vigor.
- Poseer Estar en posesión del título de EGB, FP-Iº Grado o equivalente.
- IMPRESCINDIBLE tener Conocimientos de las actividades y normativa sobre el área de Juventud
|
TASAS
Derechos de examen: serán de 12,50€ y se ingresarán por el sistema de autoliquidación. A estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada.
Tendrán una bonificación del 50% de la cuota los que acrediten hallarse en situación de desempleo, mediante tarjeta de la Oficina Pública de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente o certificado de dicha Entidad.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO
La calificación de currículum se hará conforme a los siguientes criterios de valoración:
Será necesario que la documentación esté justificada con certificados o contratos, en ellos se deberá describir el puesto realizado y la duración
Experiencia PROFESIONAL. puntuación máxima: 30 puntos |
||
Trabajos en las áreas especificadas en el punto 3 de estas bases, en Ayuntamientos y Centros Oficiales de más de 20.000 habitantes. |
0,5 por mes trabajado, habiendo un máximo de 15 puntos. |
|
Trabajos en las áreas especificadas en el punto 3 de estas bases, en Ayuntamientos y Centros Oficiales de más de 10.000 habitantes. |
0.25 por mes trabajado, habiendo un máximo de 10 puntos. |
|
Trabajo remunerado de la misma categoría del puesto a ocupar, realizados en centros privados o por cuenta propia. |
0,10 por mes trabajado, habiendo un máximo de 5 puntos. |
|
ASISTENCIA A CURSOS DE FORMACIÓN |
|
|
Sólo se valorarán los cursos impartidos, regulados o financiados con fondos dependientes de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los siguientes criterios, hasta un máximo de 5 puntos:
|
de 20 a 30 h. = 0,20 ptos. c/u de 31 a 70 h. = 0,40 “ “ de 71 a 150 h. = 0,80 “ “ de 151 a 300 h. = 1,40 “ “ de 301 h. en adelante = 2 “ “ |
|
Otra titulación específica al puesto de trabajo, diferente a la utilizada para la convocatoria, hasta un máximo de 5 puntos: |
Un punto por cada titulación adicional. |
Serán objeto de valoración los cursos de formación organizados por escuelas de administración pública o por centros al amparo de planes de formación continua, siempre que el certificado estuviera expedido por estos centros y relacionados con el puesto a cubrir.
Azuqueca de Henares, a 4 de julio de 2022. El Alcalde, José Luis Blanco Moreno