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Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
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Checa
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Driebes
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Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
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Establés
Estriégana
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Illana
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Luzón
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Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
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Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
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Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Viernes, 18 Febrero 2022 08:02

CONTRATACIÓN PERSONAL PARA FERIA APÍCOLA

440

BASES DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE AZAFAT@S, MOZ@S DE CARGA, PERSONAL LIMPEZA, SEGURIDAD TEMPORAL EN EL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA DURANTE CELEBRACION FERIA APICOLA
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AYUNTAMIENTO DE PASTRANA


440

CONVOCATORIA Y APROBACIÓN DE BASES DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE AZAFAT@S,  MOZ@S DE CARGA, PERSONAL LIMPEZA, SEGURIDAD TEMPORAL EN EL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA DURANTE CELEBRACION FERIA APICOLA

Mediante Resolución de Alcaldía nº 2022/0020, de fecha 15 de febrero  de 2022 del Ayuntamiento de Pastrana (Guadalajara) se han aprobado las bases y la convocatoria para la contratación de, azafat@s, moz@s de carga, personal de Limpieza y  personal Seguridad mediante la modalidad de contrato temporal por un periodo de cuatro días,  jornada de trabajo de   35  horas semanales, prestadas de  jueves  a domingo.

A continuación se insertan las bases reguladoras del proceso selectivo por concurso:

 

PRIMERO: OBJETO.

1.- Es objeto de estas bases la contratación de azafat@s, moz@s de carga, personal de Limpieza y  personal Seguridad, por un periodo de 35,  con motivo de la celebración de  la Feria Apícola Internacional, a celebrar los días 10 a 14 de marzo /2022

La selección se llevará a cabo garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, consagrados en la legislación reguladora de la selección de personal al servicio de la Administración Pública, mediante concurso, en régimen laboral temporal por obra o servicio determinado, con arreglo a las presentes bases y a la normativa de aplicación.

2.- La convocatoria tiene su justificación ante la necesidad de dar servicio durante la realización de tal evento en  stand, conferencias, charlas, catas,  personal asistente.

 

SEGUNDA:   RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO:

  1. AZAFAT@S: seis  (6)
  2. MOZ@S: tres (3)
  3. PERSONAL LIMPIEZA: dos (2)
  4. SEGURIDAD: uno (1)

MODALIDAD DEL CONTRATO: 

Modalidad de contratación: contrato temporal, jornada de trabajo de 35 horas semanales, prestadas de jueves 10 a domingo 13  de marzo de 2022.

Retribución mensual  112,60  €, mas 18,77 € prorrateo de paga extra, total mes 131,37 €,  el horario podrá ajustarse a las necesidades del servicio.

Contrato para obra o servicio determinado regulado por el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estado de los trabajadores y del Real Decreto 2720/1998, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

 

TERCERA.- REQUISITOS

Para ser admitidos en el presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española, sin perjuicio de los dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de l2 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionalidades de otros países.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  3. Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad mínima de jubilación forzosa, o en caso de ser menor de edad autorizacion del tutor legal.
  4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  5. No haber sido condenado mediante sentencia firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía, con independencia de la edad de la víctima.

 

CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES

Las solicitudes de participación en la correspondiente prueba de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases  para las plazas ofertadas, se dirigirán a la Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pastrana -Guadalajara-, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento , de lunes a viernes, (en horario de 9 a 14:00 horas) o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de SIETE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pastrana y sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es

Cualquier forma de presentación que no sea directa en el registro de entrada municipal requerirá, para ser admitida, adelantar simultáneamente la remisión mediante correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Se deberá aportar la documentación relacionada en el modelo de solicitud, que figura como Anexo I, junto con fotocopia del D.N.I. en vigor, y se hará constar los méritos que reúnen aquellos a puntuar según lo establecido en las presentes bases, acompañando la documentación acreditativa de los méritos que justifiquen, así como la documentación acreditativa correspondiente.

Se adjuntara original, o fotocopia, de la documentación acreditativa de los méritos alegados.

En el caso que solicitada al órgano competente la acreditación de méritos, esta no se recibiera en tiempo, los aspirantes adjuntaran fotocopia compulsada de dicha solicitud sin perjuicio de que posteriormente una vez emitida la certificación requerida, deba aportarse la misma para su unión al expediente.

La no aportación de la documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias, determinara la imposibilidad de valorar y computar tales méritos. No se puntuaran los méritos que no se acrediten documentalmente.

La ocultación o falsedad demostrada de datos en la solicitud, conllevara la exclusión del aspirante, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidades en que hubiera podido incurrir.

Se autorizara a la administración para la comprobación  de la veracidad de los datos aportados junto a la solitud.

 

QUINTA.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Expirado el plazo de presentación de instancias para las plazas ofertadas, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de TRES DÍAS, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de anuncios y en sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es, se señalará un plazo de TRES DÍAS hábiles para subsanación de defectos y alegaciones en su caso. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es

Iniciado el procedimiento, todas las actuaciones posteriores (listado de admitidos, excluidos, valoraciones provisionales, etc.) serán publicadas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es.

Examinadas las reclamaciones la Comisión de Selección dictará Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que estará expuesta en el tablón y en sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es, se indicara lista completa de aspirantes admitidos y excluidos, se determinara la fecha y el lugar de celebración  de la fase de oposición.

 

SEXTA. COMISION DE SELECCIÓN

La Comisión de Selección se ajustara a lo dispuesto en el artículo 60 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público donde se establece  el personal de elección o designación política, los funcionarios interioranos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. Estará constituida por tres miembros: un Presidente, 2 vocales, actuando uno de ellos a su vez como secretario.

Las decisiones sobre las posibles incidencias que se produzcan se resolverán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente de la Comisión. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, notificándolo a la Alcaldía.

Recusación: igualmente podrán las personas aspirantes recusar a los miembros del Tribunal que se hallen en dichas circunstancias, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico  del Sector Publico.

Las Resoluciones de la Comisión de Selección vincularan a la Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art.106 y ss. De La Ley 39/2015.

Impugnación: los acuerdos del Tribunal solo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la ley de Régimen Jurídico de las ADMINISTRACION Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás incidencias, la Comisión de Valoración tendrá su sede en las  Oficinas del Ayuntamiento de Pastrana, en Plza. Del Ayuntamiento nº 1.

 

SEPTIMA.- PROCESO SELECTIVO

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se reunirá la Comisión de Selección a los efectos de valorar los méritos y servicios puntuables.

La selección de los aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la Base 3ª  de la presente convocatoria, constará de:

FASE CONCURSO           

AZAFAT@S asistencia stand, charlas, conferencias, personal asistente, etc…

MOZ@S cuyos trabajos son de carga, descarga, suministro material en los stand, etc.

Hasta un máximo de 6 puntos:

  • Por antigüedad como demandante de empleo: máximo 2 puntos. Este apartado se valorara de forma ponderada, esto es se otorgara la máxima puntuación a la persona con la mayor antigüedad y al resto de participantes en forma ponderada.
  • Minusvalía: los aspirantes que tengan la condición legal de  persona con minusvalía igual o superior al 33%: máximo 1 puntos.
  • Por estar en posesión de titulación académica o equivalente, máximo 2 puntos:

ESO …………………………….. 0,25 puntos

FP II Grado Medio……………...0,50 puntos.

Bachiller…………………….……     1 punto.

FP II Grado Superior……………....1 punto.

Diplomatura…………..…….……1,50 puntos.

Licenciatura o Grado……………… 2 puntos.

Las titulaciones superiores solo se valorará la más superior, no siendo en ningún caso acumulativas.

-  Conocimiento de idiomas, máximo 1 punto, se deberá presentar título o documento que acredite dicho conocimiento.

LIMPIEZA:

Hasta un máximo de 4 puntos:

-  Por antigüedad como demandante de empleo: máximo 2 puntos. Este apartado se valorara de forma ponderada, esto es se otorgara la máxima puntuación a la persona con la mayor antigüedad y al resto de participantes en forma ponderada.

Experiencia, máximo 2 puntos,  1.- Por cada año trabajado  en cualquier Administración pública o en empresas privadas 0,10 puntos, hasta un máximo de 2 puntos, deberá justificarse mediante la aportación obligatoria del informe de vida laboral correspondiente, acompañada de certificación del órgano competente que acredite las funciones desempeñas, a este certificado se le acompañará en su caso contrato de trabajo. A estos efectos  no se computara servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y  se reducirían proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Estos documentos serán aportados junto con la solicitud.

Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en este punto no se valoraran.

SEGURIDAD

Solicitud y experiencia (si la hubiere) se valoraran todas las solicitudes presentadas con entrevista a los candidatos presentados.

En caso de empate se decidirá por sorteo al cual serán convocados los aspirantes que hayan obtenido la misma puntuacion.

 

OCTAVA. CALIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES

Concluidos el proceso de sección la Comisión de selección hará públicas la relación de seleccionados por orden de puntación  en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Pastrana y en sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es

La Comisión propondrá a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación la contratación de los aspirantes seleccionados con mayor puntuación para el puesto ofertado que en ningún caso podrá rebasar el número de plazas convocadas.

Los aspirantes seleccionados deberán aportar al ayuntamiento en el momento de la contratación los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria.

El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación o la  no concurrencia del candidato propuesto para la firma del contrato, sin causa justificada, determinara que decaigan en sus derechos siendo automáticamente sustituido por el siguiente aspirante.

Quienes, no presentasen la documentación o de la misma, se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser candidatos, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. La participación en el proceso selectivo no confiere derecho a ser contratado.

Si el interesado no firmara el contrato, perderá todos los derechos derivados de este proceso selectivo.

 

 NOVENA.- COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL.-

 El tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

  • Presidente: Secretario del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
  • Vocales titulares: Administrativo del Ayuntamiento, quien a su vez actuara como Secretario del    Tribunal o persona en quien delegue.
  • Auxiliar del Ayuntamiento o persona en quien delegue.

Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. En todo caso, se requiere la asistencia efectiva del Presidente y del Secretario o de quienes legalmente les sustituyan.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presiente del Tribunal.

 

DÉCIMA. INCIDENCIAS

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el R. D. 896/1991, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, en el R. D. 781/1986 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, por los preceptos básicos de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas de Reforma para la Función  Pública, Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla la Mancha, así como es Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y demás legislación laboral vigente.

Contra las bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la misma o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación.

La presente convocatoria y sus correspondientes bases estarán a disposición de las personas que lo deseen consultar en las oficinas del Ayuntamiento de Pastrana, en el BOP y  en sede electrónica del ayuntamiento https://pastrana.sedelectronica.es

En Pastrana, 15 de febrero de 2022,  El  Alcalde-Presidente, luis Fernando Abril Urmente

 

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD 

D/Dª_____________________________________________________________________ con DNI ______________ y domicilio a efectos de notificaciones en el municipio de__________________Provincia__________________calle_________________________________nº, teléfono_________________

EXPONE

PRIMERO.- que habiendo sido convocado proceso selectivo para _______________________de la Feria Apicola por el Ayuntamiento de Pastrana (Guadalajara) mediante anuncio publicado en el BOP de la provincia de Guadalajara de fecha___________________________.

SEGUNDO.- DECLARO BAJO JURAMENTO Y MI RESPONSABILIDAD: que he leído las presentes Bases de esta Convocatoria y dispongo de plena capacidad de obrar en el ámbito de la contratación y el empleo público, no estando incurso en causa alguna de incapacidad, o incompatibilidad, no he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni estoy inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Declaro no hallarme sometido a ninguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas, no haber sido condenado mediante sentencia firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía, con independencia de la edad de la víctima.

TERCERO.- que para acreditar los méritos señalados adjunta:

  • Fotocopia DNI
  • Documentación acreditativa de los méritos requeridos, para su valoración.
  • Títulacion requerida

Por todo ello  SOLICITA que se admita esta solicitud para el proceso selectivo indicado

En Pastrana a _________ de _____________ 2022

El solicitante

 

Fdo.:________________________________

Sr. Alcalde – Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pastrana

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS: Admito haber sido informado de que AYUNTAMIENTO DE PASTRANA va a tratar y guardar los datos aportados en este presupuesto/contrato/Documento y en la documentación que pueda acompañarle. Tratamiento: GESTIÓN DE CLIENTES. Finalidad: Tramitar el servicio solicitado. Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un presupuesto/contrato en el que el interesado es parte. Comercio B2B. Destinatarios: Bancos y entidades de crédito, Compañías aseguradoras, Otros supuestos con rango Ley. Derechos: Para ejercitar los derechos que le asisten deberá dirigirse, acompañando una copia legible de su DNI/NIE/CIF a nuestro Delegado de Protección de Datos al Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. /o/ a la dirección del Ayuntamiento. * Para más información ver AVISO LEGAL en la Web del Ayuntamiento.

Presto mi consentimiento para que los datos aportados puedan ser utilizados para el envío, vía SMS/E. Mail/WhatsApp,  de otras informaciones que pudieran interesarme o afectarme.              

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Pastrana
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