AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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No habiéndose podido notificar a D. ADRIANO DOS ANJOS BAPTISTA, y a D. MICAIEL CORREIA DOS ANJOS, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, se le notifica lo siguiente:
Ntra. Ref: 7021/2023
rc – 2023-S-RC-8684
rc- 2023-S-RC-8685
Por el presente le comunico que con fecha 24 de agosto de 2023, el Tercer Teniente de Alcalde, Coordinador del Área de Gobierno de Infraestructuras, Obras, Servicios Municipales y Festejos ha dictado la siguiente resolución:
Vistas las valoraciones efectuadas por los Servicios Técnicos Municipales en relación con los daños causados en vía pública, expediente 7021/2023 y transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones; de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 124 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en virtud del Decreto de delegación de la Alcaldía de 21 de julio de 2023, por el presente
HE RESUELTO
Primero.- Aprobar la valoración practicada por los Servicios Técnicos Municipales por daños ocasionados en la vía pública por dos personas identificadas por la Policía Local como D. MICAEL CORREIA DOS ANJOS y D. ADRIANO DOS ANJOS BAPTISTA. Los daños se producen en una jardinera ornamental situada en el Parque de la Concordia, destinada a impedir el acceso de vehículos al interior del mismo, en fecha 17 de abril de 2023. El importe total de los daños asciende a la cantidad de 553,47.- euros.
Segundo.- Ejercer la acción directa, girar la liquidación e intimar al pago a D. MICAEL CORREIA DOS ANJOS y a D. ADRIANO DOS ANJOS BAPTISTA, como responsables de los daños causados, por la cantidad de 276,74.- euros respectivamente, exigiendo el cumplimiento de la obligación de indemnizar que deberá hacer efectivo en el plazo indicado en la notificación de la liquidación.
Se adjunta, talón de cargo de la liquidación practicada (nº 2023/0000000015), que puede ser abonada en cualquiera de las entidades bancarias relacionadas en aquél.
Se adjunta talón de cargo de la liquidación practicada (nº 2023/0000000016), que puede ser abonada en cualquiera de las entidades bancarias relacionadas en aquél
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación o cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Guadalajara a 23 de Octubre de 2023. El Tercer Teniente de Alcalde, Santiago López Pomeda