SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN
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EXPOSICIÓN PUBLICA DE LA LISTA COBRATORIA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, DE NATURALEZA URBANA, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DE 2022, DEL MUNICIPIO DE EL POZO DE GUADALAJARA QUE HA ENCOMENDADO LAS FACULTADES DE GESTIÓN, LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL MISMO A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL, ASÍ COMO DEL ESTABLECIMIENTO DEL PERIODO DE INGRESO (COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO PADRÓN COMPLEMENTARIO IBI URBANA 2022).
Aprobada la lista cobratoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza urbana, correspondientes al ejercicio de 2022, del ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara que ha encomendado las facultades de gestión, liquidación y recaudación del Impuesto a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara. Dicha lista cobratoria quedará expuesta al público en el Servicio Provincial de Recaudación y en el propio ayuntamiento, para su examen por los legítimamente interesados durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial de la Provincia”.
La exposición al público de la lista cobratoria producirá los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, pudiendo interponerse por los interesados en caso de disconformidad con los actos liquidatorios de las cuotas tributarias (entendiéndose por tal el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen, así como exenciones y bonificaciones) recurso de reposición ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición al público.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 62.3 de la Ley General Tributaria, se establece como plazo de ingreso en periodo voluntario para dicho Impuesto, el comprendido entre el día 11 de octubre y 12 de diciembre de 2022, ambos inclusive. La comunicación del periodo se llevará a cabo también de forma colectiva, y se publicará el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, y en propio ayuntamiento. También se divulgará este edicto mediante la inserción de anuncio en la prensa provincial.
El municipio de El Pozo de Guadalajara tiene establecida en sus ordenanzas fiscales una bonificación a favor de los sujetos pasivos que domicilien las deudas por este tributo en una entidad financiera, por lo que las liquidaciones que se cobren mediante esta modalidad tendrán la bonificación en cuota del 3 %.
A tal fin se remitirán por correo a los contribuyentes los recibos del mencionado Impuesto de acuerdo con el Anexo 2 del Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario, que se componen de dos ejemplares: el primero para el contribuyente, con poder liberatorio una vez validado mecánicamente o con sello y firma autorizada de la entidad colaboradora; y el segundo para la entidad colaboradora, que le servirá de justificante de la operación realizada. Mediante la presentación de dichos recibos, los contribuyentes podrán efectuar el pago del Impuesto, con independencia del municipio al que corresponda. También podrán efectuar el pago del impuesto, mediante nuestra pasarela de pago, para ello tendrán que acceder a la web de Diputación: www.dguadalajara.es/ Servicio Provincial de Recaudación/Pago de tributos con tarjeta/Pasarela de pagos.
Mediante esta modalidad se puede realizar el pago de los tributos, en período voluntario y ejecutivo y durante todos los días del año, siempre que se disponga de un documento cobratorio en plazo emitido por la Diputación Provincial de Guadalajara (recibo, liquidación, carta de pago, etc.), en el que deben figurar una identificación y una referencia de cobro.
- CAIXABANK, S.A.
- IBERCAJA BANCO S.A.U
- CAJA RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA
- BBVA
- BANCO SANTANDER
- PASARELA:http://recaudacion.dguadalajara.es/pago-de-tributos-con-tarjeta
Los contribuyentes que no reciban la carta de pago o que la hubieran extraviado podrán solicitar una segunda copia en el Servicio Provincial de Recaudación de Guadalajara preferiblemente por teléfono o por correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). En la actualidad se mantiene la atención presencial, sin cita previa, en todas nuestras oficinas, en horario de 9 a 14:00 horas. También podrán realizar sus consultas en el propio ayuntamiento al que corresponde el impuesto y a través de la Oficina Virtual Tributaria del Servicio de Recaudación (https://dguadalajara.tributoslocales.es/).
Teléfonos de contacto de nuestras oficinas y direcciones de correo electrónico:
GUADALAJARA: 949887582 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) Fax: 949887509.
MOLINA DE ARAGON: 949830101 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
SIGUENZA: 949390688 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
BRIHUEGA: 949280249 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
Según lo previsto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses de demora y gastos de procedimiento que correspondan.
En Guadalajara a 7 de octubre de 2022. La Diputada Delegada de Economía y Hacienda, Susana Alcalde Adeva