AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
1879
En cumplimiento de lo previsto en el apartado 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento de fecha 14 de junio de 2017 ha aprobado, con carácter provisional, la modificación de las Ordenanzas Fiscales que a continuación se relacionan.
El expediente tramitado al efecto podrá ser examinado en las dependencias de este Ayuntamiento, al objeto de que durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan presentarse las reclamaciones que estimen oportunas.
TASAS
- Tasa por prestación del servicio municipal de agua.
- Tasa por prestación del servicio municipal de alcantarillado
Guadalajara, 14 de junio de 2017.- EL CONCEJAL-DELEGADO DE HACIENDA.- Fdo.- Alfonso Esteban Señor