Juzgado de lo Social número doce de Valencia
2787
Autos n.º Procedimiento ordinario 1326/2013-A
NIG: 46250-44-4-2013-0021101
Demandante/s: Oscar Gil Antón
Demandado/s: Fogasa y Guillermo Cappello Grande
Edicto
Don Lorenzo Navarro Lorente, Secretario titular del Juzgado de lo Social n.º 12 de Valencia.
HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue expediente núm. 1326/2013, a instancias de Oscar Gil Antón, contra Fogasa y Guillermo Cappello Grande, en reclamación por cantidad, en el que el día 10/7/15 se ha dictado resolución cuyo fallo dice:
FALLO
Que estimando como estimo las demandas de reclamación de cantidad de D. Oscar Gil Antón contra la empresa Guillermo Capello Grande y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa Guillermo Capello Grande al pago a D. Oscar Gil Antón de la cantidad de 788,04 euros de la indemnización por despido tácito; 2.816,00 euros de salarios y 563,20 euros de interés de mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria que le pueda corresponder.
Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de conformidad con los artículos 190 y siguiente de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, anunciándolo ante la Secretaría de este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander, oficina urbana Ciudad de la Justicia, sito en c/ Poeta Josep Cervera y Grifol n.º 12, entidad 0030, oficina 3305, teléfono 963162950/54, en la cuenta corriente n.º 4477000064. exp. n.º 1.326/2013 de este Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300,00 euros en la misma cuenta del referido banco, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso. Firme que sea esta resolución, archívese lo actuado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que así conste y sirva de notificación en forma a Guillermo Cappello Grande, que se encuentra en ignorado paradero, así como, para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a diez de julio de dos mil quince.
El Secretario.