Ayuntamiento de Matarrubia
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Edicto
Por el Ayuntamiento de Matarrubia se ha acordado inicio de expediente sancionador por infracción administrativa prevista en el artículo 183.3 del TRLOATU, a Bernardo Vieira D.ª Costa con fecha 23 de octubre de 2015 por la realización de una obra en la finca de su propiedad en la parcela n.º 24 del polígono n.º 3 de Matarrubia al margen de lo establecido en la licencia de obra.
Intentada la notificación por dos veces en el domicilio fiscal del que arriba se relaciona, del Decreto de Alcaldía de fecha 23 de octubre de 2015, iniciando procedimiento sancionador por posible infracción administrativa, por medio de los procedimientos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con resultado infructuoso en su práctica, se hace público en el BOP de Guadalajara a los efectos de notificación prevenida en el precepto referenciado y sirviéndose el mismo de citación legal en forma, advirtiendo que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento sancionador en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de su publicación, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RPS.
En Matarrubia a 12 de enero de 2016.– El Alcalde, Juan Pablo Carpintero Sanz.