Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
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NIG: 19130 44 4 2014 0000711
ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 234/2014
Procedimiento origen: Despido/Ceses en general 596/2014
Sobre despido
Ejecutante/s: Raúl Pérez Ruiz, Carlos Ponce Oliver
Abogado/a: María José Sánchez-Camacho Blázquez, Miguel Ángel Lario López
Ejecutada: GUADHISLA SL
EDICTO
D.ª María Pilar Huelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 234/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Raúl Pérez Ruiz y Carlos Ponce Oliver, contra la empresa GUADHISLA SL, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se adjunta:
«PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
- Reanudar la presente ejecución por haberse modificado la circunstancias que motivaron la suspensión, y continuar la misma hasta la completa satisfacción del ejecutante Carlos Ponce Oliver en la suma de 13.126,15 euros de principal, más 2.625,46 euros para intereses y costas, calculados provisionalmente.
- Actualizar los embargos telemáticos de saldos en cuentas y devoluciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y practicar nueva averiguación patrimonial de la ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.»
Y
«
ACUERDO:
- Reanudar la presente ejecución respecto del ejecutante Raúl Pérez Ruiz por haberse modificado las circunstancias que motivaron la suspensión.
- Continuar la misma a instancia de Carlos Ponce Oliver Y Raúl Pérez Ruiz por importe de 14.814,93 euros de principal (13.126,15 euros de Carlos Ponce Oliver y 1.688,78 euros de Raúl Pérez Ruiz), más 2.962,98 euros para intereses y costas, calculados provisionalmente.
- Actualizar los embargos telemáticos de saldos en cuentas y devoluciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y librar sendos oficios a las entidades financieras en las que consta que el ejecutado tiene otras posiciones financieras: Banco Santander y Banco Sabadell y a las entidades financieras en las que consta discrepancia de datos: Globalcaja; CR. de Castilla-La Mancha y CR. de Soria.
- A la vista de la información patrimonial librar sendos oficios a las entidades y empresas que figuran que han tenido relaciones comerciales con la ejecutada: Comunidad de Propietarios La Vaguada Piscina I II y III Fase, Comunidad de Propietarios edificio Rufino Blanco, 6; Comunidad de Propietarios de la calle Pastrana, 7; PROGUMIEL, SL; Comunidad de Propietarios de la calle Bulevar del Alto Tajo, 27; CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS DUQUE, SA; ESTUDIOS Y PROYECTOS EUROPEOS, S.L.; Comunidad de Propietarios de la Avda. de Castilla 18-D; CONSTRUCCIONES JOSE ESCAMILLA TOMICO, SL. y MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL SORBE.
- Habiendo sido devuelta la notificación a la ejecutada, con diligencia que hace constar el 26/01/2015 que «se encuentra cerrado desde hace un mes», se acuerda requerir a los ejecutantes para que faciliten nuevo domicilio de la ejecutada si les constase y practicar averiguación por el Juzgado a través del acceso telemático a diferentes registros.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.»
Y para que sirva de notificación en legal forma a GUADHISLA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a quince de enero de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.