Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
3565
NIG: 19130 44 4 2013 0101270
N28150
N.º autos: Procedimiento ordinario 0000794/2012-1
Demandante/s: Juan Carlos Mayoral Carralero
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Extralac S.A.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento ordinario 0000794/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Juan Carlos Mayoral Carralero contra la empresa Extralac S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILG. ORDE. CIT. 19/09/2013
Y para que sirva de notificación en legal forma a Extralac S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a dieciocho de julio de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a cuatro de junio de dos mil trece.
Por devuelta la anterior carta certifica por ausente de reparto y visto el estado de las presentes actuaciones, se acuerda citar al demandado Extralac S.A. para asistir el próximo día 19 de septiembre de 2013 a las 13:15 horas al acto de conciliación y a las 13:30 horas al juicio para lo cual líbrese el exhorto oportuno.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos, y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.