AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS
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Visto el informe emitido por la Secretaria del Tribunal Calificador del proceso selectivo convocado para la provisión en propiedad por el sistema de oposición y turno de discapacidad intelectual de dos plazas de Operario/a de Servicios Múltiples (Ordenanza Auxiliar de Servicios Generales), vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Guadalajara,
En uso de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local en la Concejala Delegada de Recursos Humanos de 21 de enero de 2025, por el presente,
HE RESUELTO:
Modificar las base 7.1.1 y 7.1.2 de la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición y turno de discapacidad intelectual, de dos plazas de Operario de Servicios Múltiples (Ordenanza Auxiliar de Servicios Generales), vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Guadalajara, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de 7 de febrero de 2023, en el siguiente sentido:
Donde dice: “7.1.1. Primer ejercicio: de aptitud y conocimientos. Consistirá en responder en el plazo máximo de una hora un cuestionario de 40 preguntas, más 4 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, y dirigido a apreciar la capacidad de los/as aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas de las plazas convocadas, relacionadas con el contenido del programa que figura en el Anexo I a estas Bases.”
Debe decir: “ 7.1.1. Primer ejercicio: de aptitud y conocimientos. Consistirá en responder en el plazo máximo de dos horas un cuestionario de 40 preguntas, más 4 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, y dirigido a apreciar la capacidad de los/as aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas de las plazas convocadas, relacionadas con el contenido del programa que figura en el Anexo I a estas Bases.”
Donde dice: “7.1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico de nivel básico, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación e impresión de textos escritos mediante tratamiento de textos (LibreOffice), utilizando los terminales usuales de un ordenador. El tiempo máximo para su realización será de 20 minutos”.
Debe decir: “ 7.1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico de nivel básico, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición,modificación e impresión de textos escritos mediante tratamiento de textos (LibreOffice), utilizando los terminales usuales de un ordenador. El tiempo máximo para su realización será de 45 minutos”.
Guadalajara, 18 de marzo de 2025. La Concejala Delegada de Recursos Humanos, Dª Isabel Nogueroles Viñes.