AYUNTAMIENTO DE YUNQUERA DE HENARES
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Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes y demás interesados, que se ha aprobado el siguiente Calendario Fiscal correspondiente a los tributos de carácter periódico del ejercicio de 2024:
A) Tributos de periodicidad anual:
-Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: del 25 de marzo al 27 de mayo.
-Tasa Ocupación Subsuelo Terrenos de Uso Público Local: del 08 de mayo al 10 de julio.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana: del 3 de junio al 4 de septiembre.
-Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica: del 3 de junio al 4 de septiembre.
-Impuesto sobre Actividades Económicas: del 20 de septiembre al 20 de noviembre.
-Tasa por Entrada de Vehículos a través de aceras y Reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo (vado): del 21 de octubre al 23 de diciembre.
B) Tributos de periodicidad semestral:
-Tasa por Recogida de Basura (1º Semestre 2024): del 3 de abril al 5 de junio.
- Tasa por Recogida de Basura (2º Semestre 2024): del 21 de octubre al 23 de diciembre.
-Tasa Suministro de Agua (2º Semestre 2023): del 3 de abril al 5 de junio.
-Tasa Suministro de Agua (1º Semestre 2024): del 21 de octubre al 23 de diciembre.
Asimismo se comunica que los padrones fiscales referidos a los tributos que se han relacionado quedarán expuestos al público en las Oficinas Municipales, Plaza Mayor 1, Yunquera de Henares, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, QUINCE (15) DÍAS antes que se inicien los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.
El pago se podrá efectuar:
- Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente, en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en los recibos del tributo: CAJA RURAL DE CASTILLA LA MANCHA, IBERCAJA O LA CAIXA o a través de internet en la web https://pagotributos.yunqueradehenares.com.
- Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario señalado anteriormente, se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.
En Yunquera de Henares, a 17 de diciembre de 2023. Documento firmado por el Alcalde, Lucas Castillo Rodríguez.