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Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
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Cardoso de la Sierra (El)
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Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
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Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
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Fuentelsaz
Fuentelviejo
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Lupiana
Luzaga
Luzón
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Mazuecos
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Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
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Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
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Poveda de la Sierra
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Pozo de Guadalajara
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Puebla de Valles
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Quer
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Recuenco (El)
Renera
Retiendas
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Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
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Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
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Tierzo
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Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Yebra
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Lunes, 11 Septiembre 2023 08:09

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PSICOLOGA/O ADSCRITA AL CENTRO DE ATENCIÓN A LA MUJER EN EL AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA?GUADALAJARA

3069

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PSICOLOGA/O ADSCRITA AL CENTRO DE ATENCIÓN A LA MUJER EN EL AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA?GUADALAJARA
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AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA


3069

BASES de la CONVOCATORIA para la COBERTURA DE UNA PLAZA DE psicologa/o ADSCRITa AL centro de atención a la mujer en  el AYUNTAMIENTO  DE SIGÜENZA–gUADALAJARA- .

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión de la plaza de Psicóloga/o, personal laboral, con carácter indefinido por razón de excedencia voluntaria de la titular de la plaza sin reserva de plaza, adscrita al Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Sigüenza.

El contrato de carácter indefinido estará supeditado al Convenio de colaboración que mantienen el Ayuntamiento de Sigüenza con la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha, para el sostenimiento y funcionamiento del Centro de la Mujer.

Características:

La plaza referida está adscrita a la Concejalía de Servicios Sociales sin perjuicio de la supervisión y debida coordinación de la Alcaldía como máxima responsable competente en materia de personal; y las principales funciones que tiene encomendadas son básicamente y sin perjuicio de otras que se deriven relacionadas, las siguientes:

  1. Información, orientación y apoyo psicológico, individual y en grupo, a las mujeres con necesidad de ayuda y especialmente a aquellas que sean víctimas de malos Tratos.
  2. Información y asesoramiento sobre los recursos psicológicos que existen en la  Comunidad Autónoma, facilitando el acceso a la asistencia psicológica gratuita de las mujeres víctimas de malos tratos

La jornada de trabajo será de 35 horas semanales. El horario de trabajo fijado será el determinado por la Concejalía responsable de los Servicios Sociales, pudiendo disponerse el horario en jornada partida (mañana/tarde) dentro del límite de horas semanales dispuesto.

1.2.- El procedimiento específico de selección de las/los aspirantes será el de concurso.

1.3.- A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/ 2007, de 12 de abril del  Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto 364/1993  por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, así como las demás normas que resulten de aplicación y  las bases de esta convocatoria

SEGUNDA. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores).
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
  5. Estar en posesión de la Titulación de Licenciado/a o Graduado/a en Psicología, expedido por la Administración educativa competente o encontrarse en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de la instancia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse la credencial que acredite su homologación por la Administración educativa competente.
  6. IMPRESCINDIBLE aportar certificado de DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL.

Todos los requisitos deberán reunirse a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la resolución del proceso selectivo.

TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases generales para la plaza a la que se opta, se dirigirán a la  Alcaldesa del Ayuntamiento de Sigüenza y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento, en la Sede Electrónica o bien mediante el procedimiento que regula la Ley 39/2015 de 1 de octubre, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara con arreglo al modelo que figura como Anexo I en estas Bases.

Asimismo, las Bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento a la que se puede acceder a través de la página web https://siguenza.sedelectronica.es

La solicitud deberá ir acompañada por:

  • Fotocopia del DNI-NIE o, en su caso, pasaporte.
  • currículo vitae del aspirante.
  • Declaración responsable del/la solicitante, en la que se manifieste que reúnen las condiciones físicas y psíquicas necesarias para el desempeño del puesto al que se aspira. Anexo I adjunto.   
  • Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados (debiendo aportar Informe de vida laboral actualizado y copias de los contratos para su posible cotejo); la falta de alguno de estos documentos dará lugar a la no valoración de los méritos que se correspondan.
  • Fotocopia de la titulación exigida, así como con la documentación que se considere oportuna para su valoración.
  • Informe de Vida Laboral

La no aportación de la documentación acreditativa de los méritos a valorar dentro del plazo de presentación de instancias determinará la imposibilidad de valorar y computar tales méritos.

CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sigüenza  https://siguenza.sedelectronica.es/board  y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de tres días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sigüenza  https://siguenza.sedelectronica.es/board  y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR

Los Tribunales calificadores estarán constituidos por:

- Presidente/a.

-. Secretario/a,

-. 3 Vocales:

La abstención y recusación de los/las miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los/las miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, por mayoría.

SEXTA. SISTEMAS DE SELECCIÓN. CONCURSO

El procedimiento de selección de las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.ª de la presente convocatoria constará de un concurso de méritos, exclusivamente.

Concurso de méritos. El Tribunal procederá a valorar en la fase de concurso los méritos y servicios alegados por las personas aspirantes

Méritos computables:

EXPERIENCIA (máximo 30 puntos).

  • Trabajos realizados con la categoría de psicólogo/a en un Centro de la Mujer o Recurso de Acogida de Castilla-La Mancha: 0,25 por mes trabajado.
  • Trabajos realizados con la categoría de psicólogo/a en otros recursos, públicos o privados, de atención a víctimas de violencia de género: 0,20 por mes trabajado.
  • Trabajos realizados con la categoría de psicólogo/a, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena: 0,15 puntos por mes trabajado.

FORMACIÓN (máximo 20 puntos).

  1. Titulaciones de posgrado en materia de psicología clínica y/o áreas especificadas en  el Anexo II, hasta un máximo de 5 puntos:
  • Doctorado, máster universitario o psicólogo/a especialista en psicología clínica (vía PIR): 2 ptos c/u.
  • Experto/a universitario y cursos de posgrado: 1 pto c/u.
  1. Asistencia a cursos de formación: Solo se valorarán los cursos relacionados con las áreas especificadas en el Anexo II de duración igual o superior a 20 horas: 0.002 puntos/hora. hasta un máximo de 15 puntos:

El cómputo de los meses se hará por meses completos, no puntuándose fracciones de los mismos. Por mes completo se entenderán treinta días naturales y a estos efectos se computará la suma de todos los periodos prestados, pero no se computará o sumarán los días que resten después del cálculo.

No computarán aquellos títulos en que no conste certificado de las horas de duración del mismo.

La acreditación de los méritos precedentes se efectuará, cuando se trate de servicios prestados a la administración pública, mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Contrato laboral en el que conste la categoría y calificación profesional, de forma que quede acreditado que el trabajo realizado sea como Psicólogo/a, y en su caso que se desempeñe en un recurso de atención a mujeres de la Red de Centros de Castilla-La Mancha u otros recursos de atención a víctimas de violencia de género. Al contrato se acompañará un certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
  • Certificado emitido por la Secretaría de la Administración competente donde conste la categoría y calificación profesional como Psicólogo/a, y en su caso que se desempeñe en un recurso de atención a mujeres de la Red de Centros de Castilla-La Mancha u otros recursos de atención a víctimas de violencia de género, así como la fecha de incorporación y la duración efectiva de la duración laboral, siendo la fecha a efectos de cómputo de tiempo para la valoración de méritos la del día siguiente la  al de la publicación del anuncio en el BOP.

Cuando se trate de servicios prestados en empresa privada se requerirá el contrato laboral, donde conste que la categoría y calificación profesional del trabajo realizado sea como psicólogo/a. En caso de haber desarrollado sus funciones en recursos de atención a mujeres víctimas de violencia de género, si no quedara especificado  en el contrato, será necesario aportar un certificado de empresa en el que se acredite el recurso donde se ha desarrollado el trabajo, así como las principales funciones desarrolladas y el período de relación laboral. En todos los casos se aportará informe de la vida laboral actualizado expedido por la Seguridad Social.

La valoración de la experiencia por trabajos por cuenta propia se justificará mediante la presentación de la correspondiente vida laboral, de la declaración del IAE, donde figure inscrito en el Grupo 776 y, en su caso, mediante la presentación de la declaración de rendimientos por actividades económicas profesionales del  IRPF

En caso de empate, se resolverá por el orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, comenzando por la «Y» de conformidad con lo preceptuado por Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública Resolución de 15 de noviembre de 2022 de la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se determina que el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “T”. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “T”, el orden de actuación comenzará por la letra “U”, y así sucesivamente

SÉPTIMA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO

El Tribunal Calificador propondrá a la Presidenta de la Corporación la contratación del/la  aspirante que haya obtenido la mayor puntuación final. En ningún caso el Tribunal podrá proponer más de un/a aspirante. El resto de aspirantes pasarán a forma parte de una bolsa de empleo por orden de puntuación.

El/la aspirante propuesto aportará ante la Administración (Secretaría de la Corporación), dentro del plazo de diez días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Los/las aspirantes no seleccionados/as, pasarán a formar parte, por el orden de puntuación derivado del concurso, a una Bolsa de trabajo para los supuestos de vacante, baja temporal o renuncia del/la aspirante seleccionado/a.

OCTAVA. FORMACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO.

Finalizado el proceso selectivo, y determinada la persona aspirante que toma posesión del puesto, se procederá automáticamente a la creación de una bolsa de empleo con el resto de aspirantes, con el fin de cubrir las necesidades de baja, vacante o necesidades perentorias del servicio en los términos legalmente establecidos. Para la formación de la bolsa se atenderá para su inclusión y llamada al riguroso orden de puntuación obtenida de la suma obtenida.

La no aceptación de un contrato determinado de forma injustificada, podrá suponer la automática exclusión de la bolsa del/la trabajador/a que lo haya rechazado.
La no aceptación de un contrato determinado de forma justificada, mediante contrato de trabajo o baja médica oficial, pasará al final de la lista.

Los/las aspirantes que sean llamados en virtud de la bolsa de empleo deberán reunir los requisitos establecidos en la base segunda a la fecha de contratación.

NOVENA.- INCIDENCIAS

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el R. D. 781/86 de 18 de abril, la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/99 y la Ley 57/2003, el R. D. 365/95, el R. D. 364/95, el R. D. 896/91, la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y Ley de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En Sigüenza, a cuatro de septiembre de 2023, la alcaldesa Mª Jesús Merino Poyo, Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Sigüenza.

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO

D. …………………………………………...................... con DNI n.º ............................ y domicilio a efectos de notificación en ............................................................................, nº teléfono………………, correo electrónico……………………………………………

EXPONE

PRIMERO: Que vista la convocatoria anunciada el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º ........ de fecha ...................... en relación con la convocatoria y bases de selección para la creación de una Bolsa de Psicóloga/o para el Centro de la Mujer para el Ayuntamiento de Sigüenza, mediante el sistema de concurso, conforme a las bases que se publican, en el mismo Boletín, deseo tomar parte en el proceso selectivo.

SEGUNDO. Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

TERCERO. Declaro conocer las bases generales de la convocatoria relativa a las pruebas de selección para la contratación de forma indefinida del puesto de trabajo de Psicóloga/o para Ayuntamiento de Sigüenza mediante el sistema de concurso libre.

SEGUNDO. Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

TERCERO. Declaro conocer las bases generales de la convocatoria relativa a las pruebas de selección para la creación de una Bolsa de Psicóloga/o para el Ayuntamiento de Sigüenza mediante el sistema de concurso libre.

CUARTO. Declaro no  haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarme en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarme inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en mi Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

QUINTO. Declaro poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones de la plaza, para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.

El/La abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas para el proceso de selección para la creación de una bolsa de empleo de Psicóloga/o para el Ayuntamiento de Sigüenza, y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

 

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable

Ayuntamiento de Sigüenza

Datos de contacto del delegado de protección de datos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Finalidad Principal

Contratación de personal y servicios públicos

Legitimación

Misión de Interés Público o Ejercicio de poderes públicos: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Categoría

Datos identificativos.

Destinatarios

Los datos se cederán a Administraciones Públicas con competencias en la materia.

Derechos

Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. tal y como se explica en la información adicional

Procedencia

El mismo interesado o su representante legal

Información Adicional

Puede solicitar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, queda Ud. informado que los datos de carácter personal que ha suministrado serán incorporados a un fichero automatizado con tratamiento de datos, quedando bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Sigüenza  como titular del fichero, teniendo usted derecho en todo caso a exigir el acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de los mismos en las dependencias de este Ayuntamiento. Los datos recabados tienen por finalidad la realización de acciones facilitadoras de empleo, así como del conjunto de actividades propias de la Agencia de Desarrollo Local, quedando en todo caso garantizado el uso legítimo y seguridad de tales datos de carácter personal.

Sigüenza a  ______de______________de 2023
El/la Solicitante,

Fdo.: .................................................................

ANEXO II

    1. Marco normativo de Naciones Unidas y Comunidad Europea, referido a la igualdad entre hombres y mujeres.
    2. Legislación estatal en materia de igualdad y violencia de género. Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y normativa de desarrollo. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género y normativa de desarrollo. Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
    3. Legislación autonómica en materia de igualdad y violencia de género. Ley 22/2002, de creación del Instituto de la Mujer en Castilla-La Mancha y normativa de desarrollo. Ley 12/2010 de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha. Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.
    4. Las políticas de igualdad en Castilla-La Mancha. Los Planes Estratégicos para la igualdad de oportunidades en Castilla-La Mancha.
    5. Recursos y programas en materia de igualdad. Los centros de la Mujer, organización y competencias. Los recursos de acogida para mujeres víctimas de violencia de género.
    6. Análisis sociológico de las desigualdades de género. El impacto de género en las políticas regionales y municipales. Situación de las mujeres en Castilla-La Mancha, variables socioeconómicas, de salud, formativa, laboral, de representación política y puestos de decisión y sobre violencia de género.
    7. Mainstreaning de género. Marco conceptual y metodología. El movimiento social femenino de reivindicación de derechos. Historia y evolución.
    8. Género y salud mental. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención psicológica. Efectos sobre la salud psicológica de las mujeres de las desigualdades por razón de género. Factores de vulnerabilidad y líneas de intervención. El ciclo vital de las mujeres. Consideraciones psicológicas. Asignación de roles e imperativos de género. Imagen corporal y autoestima. La doble jornada. Maternidad. Depresión posparto. Climaterio. Duelo.
    9. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia de género. Teorías y modelos explicativos de la violencia de género. Prevención de la violencia de género. Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Actuaciones preventivas en el ámbito educativo y sanitario. Medidas de sensibilización para la población general. Repercusiones en la salud mental de las mujeres de la violencia de género. Trastornos de ansiedad y del estado de ánimo. Trastorno de estrés postraumático. TEPT complejo. Alteraciones psicosomáticas. Trastornos disociativos. Otras alteraciones psicológicas.
    10. Evaluación psicológica de mujeres víctimas de violencia de género. Evaluación del proceso individual de construcción de la identidad de género, dependencia emocional e historia de maltrato. Evaluación del nivel de madurez cognitiva y emocional. Evaluación del nivel de empoderamiento y autonomía personal. Evaluación de las secuelas de la violencia de género y diagnóstico diferencial con otras psicopatologías.
    11. Intervención psicológica con mujeres víctimas de violencia de género. Intervención en crisis. Intervención individual y grupal. Planificación de la intervención psicológica en el tratamiento de las secuelas de la violencia de género. Reconocimiento del maltrato y motivación para el cambio. Intervención psicológica en los distintos espacios de empoderamiento. Entrenamiento en habilidades sociales, comunicativas y de asertividad.
    12. Menores expuestos a la violencia de género. Principios de la intervención con los/as hijos/as de las mujeres víctimas de violencia de género.
    13. El Área Psicológica de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones. Estrategias de intervención comunitaria desde el Área Psicológica. Planificación y evaluación de proyectos del Área Psicológica en un Centro de la Mujer. Peculiaridades de la intervención psicológica con mujeres migrantes. Peculiaridades de la intervención con mujeres en el medio rural. La doble discriminación de las mujeres con discapacidad: factores de vulnerabilidad frente a la violencia de género. Agresión, abuso y acoso sexual. Secuelas psicológicas de las víctimas de delitos contra la libertad sexual y líneas de intervención psicológica.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Sigüenza
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