AYUNTAMIENTO DE HUMANES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 27 de abril del 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Humanes sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«PUNTO 2- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA .
Vista la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Municipio de Humanes, siendo necesario modificarla por el Ayuntamiento Pleno para incluir una bonificación del 100% de la cuota para los vehículos históricos de antigüedad mínima de 25 años.
Se eleva al Pleno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO.
Aprobar provisionalmente la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA modificando el artículo 5 de la misma tal y como sigue:
“ARTÍCULO 5. Bonificaciones
1. Se establecen las siguientes bonificaciones de las cuotas:
Una bonificación del 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar, en los términos previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.
La bonificación prevista deberá ser solicitada por el sujeto pasivo a partir del momento en el que se cumplan las condiciones exigidas para su disfrute.”
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Y tras el debate, se procede a la votación, y por:
VOTOS A FAVOR: SEIS (06) Grupo Socialista, Grupo Ahora Humanes, y D. Juan Antonio Yañez Valbuena del Grupo Popular.
VOTOS EN CONTRA: CERO (00)
ABSTENCIONES: TRES (03) D. Rafael Yruela Notario del Grupo Popular, y Grupo Asociación de Vecinos Independientes por Humanes.
Se considera adoptado el acuerdo.».
« Se modifica el ARTÍCULO 5. Bonificaciones
1. Se establecen las siguientes bonificaciones de las cuotas:
Una bonificación del 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar, en los términos previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.
La bonificación prevista deberá ser solicitada por el sujeto pasivo a partir del momento en el que se cumplan las condiciones exigidas para su disfrute.”».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara.
En Humanes, a 29 de junio de 2017, La Alcaldesa - Presidenta, Fdo.: María Isabel Serrano Calleja