Juzgado de lo Social número diecisiete de Madrid
2416
44007590
NIG: 28.079.00.4-2014/0032249
Procedimiento Impugnación conciliación Administrativa 757/2014
Materia: Materias laborales individuales
Demandante: D./D.ª María Teresa del Valle González
Demandado: D./D.ª Francisco José Pestano Foronda
Edicto
CÉDULA DE Notificación
D./D.ª Paloma Muñiz Carrión, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.º 17 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 757/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª María Teresa del Valle González frente a D./D.ª Francisco José Pestano Foronda sobre Reclamación de honorarios se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid a treinta y uno de julio de dos mil catorce.
La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito en fecha 9 de julio de 2014 en la Delegación del Decanato por D./D.ª María Teresa del Valle González que ha sido remitido a este Juzgado por tratarse de reclamación de honorarios referida al procedimiento ordinario n.º 629/2008 de este órgano judicial. Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
El/La Secretario Judicial, D./D.ª Miguel Ángel Acevedo González.
En Madrid, a treinta y uno de julio de dos mil catorce.
Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el Libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a D./D.ª Francisco José Pestano Foronda para que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 2515-0000-68-0757-14 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 127,07 euros o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 LJS).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/La Secretario/a Judicial.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./D.ª Francisco José Pestano Foronda, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid a diecinueve de junio de dos mil quince.– El/La Secretario Judicial, rubricado.