Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1071
NIG: 19130 44 4 2015 0001526
N81291
SSS Seguridad Social 713/2015
Procedimiento origen:
Sobre Seguridad Social
Demandante/s: D./D.ª FREMAP Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la SS
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Concepción Candela Yela, INSS y TGSS, CANGAS MUÑOZ Y LOZANO, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Seguridad Social 713/2015-J de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª FREMAP Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la SS, contra Concepción Candela Yela, INSS y TGSS, CANGAS MUÑOZ Y LOZANO, S.L., sobre Seguridad Social, se ha acordado citar a la empresa CANGAS MUÑOZ Y LOZANO, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado para la celebración del acto de juicio el día 23/05/2016, a las 10:30 horas. A tal efecto, se le indica que, si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (art. 91.2 LPL).
Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 2, sito en avenida del Ejército n.º 12, 1.ª planta (Edificio de Servicios Múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CANGAS MUÑOZ Y LOZANO, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a ocho de abril de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.