Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
5205
NIG: 19130 44 4 2012 0220608
N81291
Procedimiento ordinario 1035/2012-L
Procedimiento origen:
Sobre ordinario
Demandante: D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado: D./D.ª Acondicionamientos y Reformas FRIACAM, S.L.U.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 1035/2012-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Acondicionamientos y Reformas FRIACAM, S.L.U. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia n.º 350/2013 de fecha 24/10/2013, cuyo Fallo es como sigue:
“FALLO
Estimo la demanda de Fundación Laboral de la Construcción, en reclamación de cantidad, en concepto de cuota empresarial, y condeno a la empresa Acondicionamientos y Reformas FRIACAM, S.L.U. a que abone a la demandante la cantidad de 368,34 euros, suma que comprende el 20% de mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que, contra ella, no cabe interponer ningún Recurso ordinario (artículo 191.2 g) L.36/2011 de la Jurisdicción Social), declarándose firme.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo”.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa demandada, Acondicionamientos y Reformas FRIACAM S.L.U., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara a veintiocho de octubre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.