Ayuntamiento de Morenilla
521
Edicto
Al no haberse presentado reclamación alguna contra el expediente 01/2013 de modificación de créditos (crédito extraordinario) del Presupuesto de 2013, queda aprobado definitivamente en la siguiente cuantía:
Crédito extraordinario: |
||
Capítulo |
Denominación |
Aumento |
6 |
Inversiones reales |
4.500,00 € |
Financiados con: |
||
Mayores ingresos: |
||
Capítulo |
Denominación |
Aumento |
1 |
Impuestos directos |
2.744,64 € |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
352,57 € |
Total |
3.097,21 € |
Bajas/Transferencias en aplicaciones presupuestarias: |
||||
Clas. funci. |
Clas. econom. |
Denominación |
Importe baja |
Crédito definitivo |
1 |
212 |
Reparación de instalaciones |
500,00 € |
1.300,00 € |
1 |
224 |
Seguro de R. Civil |
566,61 € |
783,39 € |
9 |
221 |
Suministros |
336,18 € |
9.163,82 € |
Total |
1.402,79 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Morenilla a 5 de febrero de 2014.– El Alcalde, Vicente Pérez Pascual.