Ayuntamiento de Hita
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Edicto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar, se hace pública por medio de este anuncio:
“NOTIFICACIÓN PARA LA CONFIRMACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL CIUDADANOS NO_ENCSARP
NOMBRE Y APELLIDOS |
FECHA DE NACIMIENTO |
NIE/ PASAPORTE |
El menor M. L. C. Hijo de Violeta Cosconel |
04/01/2006 |
X9705938-F |
En virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de junio de 2008, se pone en marcha el procedimiento para la comprobación de residencia de los extranjeros NO ENCSARP. Comprobación que tiene por objeto reflejar la continuidad de la residencia de todos los extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada 2 años. Caso de no hacerlo, el Ayuntamiento podrá iniciar el correspondiente procedimiento de baja de oficio en el padrón municipal.
Teniendo en cuenta que usted se encuentra en esa situación, deberá personarse ante este Ayuntamiento al objeto de confirmar la continuidad de su residencia en el municipio, aportando documento identificativo en vigor antes del 04/05/2014. En el caso de menores de edad, serán los padres o tutores legales, quienes se personarán y aportarán documentos identificativos en vigor de dichos menores.
En Hita a 16 de enero de 2014.– El Secretario, M.ª Antonia González Aparicio”.
En Hita a 27 de enero de 2014.– El Alcalde, José Ayuso Blas.