Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1615
NIG: 19130 44 4 2009 0100843
N28150
Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012
Procedimiento origen: Demanda 504/2009
Sobre
Ejecutante: D./D.ª Beatriz García Fernández-Pacheco
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Ejecutado: D./D.ª DORALIZA TOURS, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
EDICTO
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Beatriz García Fernández-Pacheco contra la empresa DORALIZA TOURS, S.L., sobre, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DECRETO DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2014.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DORALIZA TOURS, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a 4 de abril de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
NIG: 19130 44 4 2009 0100843
A301A0
N.º autos: DEM: 504/2009 del Juzgado de lo Social n.º 1
N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012
Ejecutante/s: Beatriz García Fernández-Pacheco
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
Ejecutada/s: DORALIZA TOURS, S.L.
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
DECRETO
Secretario/a Judicial D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a cuatro de abril de dos mil catorce.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En el presente Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012 se han embargado los siguientes bienes:
- El embargo de bienes propiedad de ejecutado DORALIZA TOURS, S.L., finca de Mijas n.º 22337/A IDUFIR: 29044000069778. Naturaleza urbana B) Porción de terreno en término de Mijas, Urbanización Sitio de Calahonda, procedente de la parcela número P-4-E, con una superficie de mil setecientos noventa y tres metros cuadrados; lindante: Al norte, con zona verde de la propia urbanización; al sur, con resto de finca matriz de que se segrega; al este, con zona verde y con la parcela P-5-E, y al oeste, con resto de finca matriz de que se segrega, zona verde y mediante esta, con la parcela número 1608 de la propia urbanización; titularidad: DORALIZA TOURS, S.L., NIF n.º B-19252675; inscripción tomo libro folio alta: 2203 1407 120 9; y todo ello, hasta cubrir el importe de 2.228,77 euros suma reclamada por principal, y 222,87 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.
SEGUNDO.- Se ha remitido por el Registro de la Propiedad n.º 2 de Mijas certificado de cargas, que se une a los autos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El art. 261 de la LJS dispone que cuando fuere necesario previamente a su realización se nombrará perito tasador entre los que presten servicio en la Administración de Justicia, y además o en su defecto, podrá requerir la designación de persona idónea a las entidades obligadas legalmente a asumir la peritación. Dicho nombramiento se pondrá en conocimiento de las partes o terceros que conste tenga derechos sobre los bienes a tasar para que, dentro del segundo día, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que, si no lo hicieran, se les tendrá por conformes.
SEGUNDO.- El perito designado podrá ser recusado por el ejecutante y el ejecutado que hubiere comparecido, en la forma prevista en el artículo 125 de la LEC.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- Librar oficio al Servicio de Valoración inmobiliaria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a fin de que proceda a la valoración de bien inmueble embargado adjuntando testimonio de la certificación registral de cargas y número de referencia catastral.
- Notificarle la designación a los efectos de aceptación del cargo, que deberá efectuar en el día siguiente hábil, de no concurrir causa de abstención que lo impida.
- Notificar el nombramiento a las partes o terceros que tengan derechos sobre los bienes a tasar a fin de que, dentro del segundo día, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que, si no lo hicieran, se les tendrá por conformes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.