Ayuntamiento de Humanes
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Edicto
PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES DEL Ayuntamiento DE HUMANES.
PREAVISO DE CADUCIDAD DE INSCRIPCIÓN PADRONAL
De conformidad con los dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haber sido posible la notificación personal en el último domicilio conocido, se pone en conocimiento de las personas que se detallan a continuación, el siguiente expediente:
- Baja de oficio por caducidad en el padrón municipal de habitantes, de las inscripciones como vecinos de este municipio de Humanes.
NOMBRE Y APELLIDOS |
DOMICILIO |
MARWA DOUDALLA |
CL CANTARRANAS, 42 |
REDOUAN BEN HSSAIN |
CL CANTARRANAS, 17 |
SANDRA BARBOSA DE ALMEIDA |
CL DOCTOR PEDRO MAIN SIMON, 7- 1 B |
FOUAD BENNAY |
CL CONCEPCION CALDERON, 14 1 B.IZ |
ZAKIA BENNAY |
CL CONCEPCION CALDERON, 14 1 B.IZ |
MOH SALEC AHMED MAHMUD |
CL JULIAN SIMON Y ZURITA, 9 BL 5 3 B |
Ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por la presente se les notifica el preaviso de caducidad de inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y, se les otorga un plazo de audiencia de 10 días, para que se presenten en dependencias del Ayuntamiento de Humanes, a los efectos de renovación de su inscripción padronal, examine el expediente a los efectos de alegaciones y justificaciones pertinentes, con advertencia de que de no presentarse en el plazo señalado, se procederá a continuar el procedimiento de baja de oficio por caducidad en su inscripción en el padrón de habitantes.
Lo que les notifico para su conocimiento, haciéndole saber que el presente preaviso de caducidad, que se les notifica, se trata de un acto de trámite no susceptible de recurso en vía administrativa, salvo lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para aquellos actos de trámite que deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, en cuyo caso, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes.
En Humanes a 18 de septiembre de 2014.– El Alcalde, Sergio Sánchez Santamaría.