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Jueves, 28 Diciembre 2017 09:12

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL

3915

anuncio aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


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EXPEDIENTE 6401/2017

Habiéndose aprobado provisionalmente por el Pleno de la Corporación el 26 de octubre de 2017 el expediente número 6401/2017, de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Habiéndose expuesto al público dicho acuerdo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, en el periódico Nueva Alcarria de fecha 30 de octubre de 2017, y anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 207 de fecha 31 de octubre de 2017, para el examen y presentación de reclamaciones.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares de fecha 26  de octubre de 2017,  sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del  Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 El acuerdo y ordenanza  a que este anuncio se refiere es:

“ I.- Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.  

 Se modifica el artículo 10, quedando redactado de la siguiente forma:

CAPÍTULO-.VIII-. TIPO DE GRAVAMEN Y CUOTA Artículo 10

  1. El  tipo  de  gravamen  del  Impuesto  sobre  Bienes  Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,48 %
  2. El  tipo de  gravamen  del  Impuesto  sobre  Bienes  Inmuebles aplicable a los bienes  de naturaleza rústica, queda fijado en el 0,75 %.
  3. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales, queda fijado en el 0,60 %. “

 

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Azuqueca de Henares 18 de diciembre de 2017. El Alcalde. José Luis Blanco Moreno.

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  • Municipios: Azuqueca de Henares
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