DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO
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La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día veintiocho de julio de dos mil veintiséis, adoptó el siguiente acuerdo que literalmente se transcribe:
El Sr. Presidente da cuenta de que:
- Con fecha 3 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara (BOP núm. 125), el extracto de la Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial y los servicios básicos en el medio rural, para el año 2026.
La Base Undécima de la referida convocatoria establece, de forma expresa, que el plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de dicho extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Durante el transcurso del plazo de presentación de instancias, se han originado dos graves incendios forestales en la provincia de Guadalajara. Esta situación de emergencia ha alterado significativamente la normalidad en numerosos núcleos de población del medio rural.
Cabe recordar que los beneficiarios de esta convocatoria son trabajadores autónomos que desarrollan su actividad en núcleos de población con entidad de hasta 500 habitantes de derecho. Las circunstancias excepcionales derivadas de los incendios están dificultando enormemente a estos potenciales beneficiarios la recopilación y presentación de la documentación exigida en la Base Décima.
- El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
En este caso, concurren circunstancias excepcionales de fuerza mayor que exigen adoptar esta medida para garantizar los principios de igualdad y libre concurrencia, sin que exista perjuicio para terceros.
Por todo lo expuesto, con el objetivo de asegurar que las ayudas cumplan la finalidad estratégica de estímulo del desarrollo rural y económico.
La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
PRIMERO.- Ampliar en 10 días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Base Undécima de la convocatoria, lo que equivale exactamente a la mitad del inicialmente concedido.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 28 de julio de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez.
