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Lunes, 31 Julio 2017 09:07

CONVOCATORIAS Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN Y OPOSICIÓN LIBRE DE LA PLAZAS INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016

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Convocatorias y Bases Específicas aprobadas por la Junta de Gobierno de la Corporación, en sesiones celebradas los días 19 y 26 de julio de 2017, para la provisión en propiedad mediante concurso-oposición y oposición libre de la plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público 2016 , que se indican a continuación: 4 PLAZAS DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS 1 PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL 1 PLAZA DE TÉCNICO EN INFORMÁTICA, SISTEMAS, REDES Y SEGURIDAD 1 PLAZA DE OFICIAL MECÁNICO
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


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Por medio del presente se publican las Convocatorias y Bases Específicas aprobadas por la Junta de Gobierno de la Corporación, en sesiones  celebradas los días 19 y 26 de julio de 2017, para la provisión en propiedad mediante concurso-oposición y oposición libre de la plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público 2016, que se indican  a continuación:

4 PLAZAS DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS

1 PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL

1 PLAZA DE TÉCNICO EN  INFORMÁTICA, SISTEMAS, REDES Y SEGURIDAD

1 PLAZA DE OFICIAL MECÁNICO

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación en extracto de las presentes convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, a  26 de julio de 2017. EL PRESIDENTE. José Manuel Latre Rebled 

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE CUATRO PLAZAS DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIOS DE CARRERA E INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del  Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), en el artículo 20 Uno y Siete de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y el acuerdo de Junta de Gobierno, de 23 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016, con el fin de atender las necesidades de personal de la Diputación Provincial de Guadalajara, se establecen las siguientes 

 

 

BASES

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS.

Se convoca concurso-oposición libre para la provisión en propiedad de CUATRO PLAZAS DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS, vacantes en la Plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Guadalajara. Las plazas objeto de la convocatoria está integrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clasificación Técnicos Medios, grupo de clasificación profesional A, subgrupo A2.

SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE.

Además de la normativa prevista en estas bases específicas, serán de aplicación a la presente convocatoria las bases genéricas que han de regir los procesos selectivos que se convoquen, para la provisión en propiedad, de las plazas de funcionarios de carrera  de la Diputación Provincial de Guadalajara, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 18, de 11 de febrero de 2011, con la actualización normativa. 

TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES.

Para la participación y admisión en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos exigidos en las bases genéricas, los siguientes:

a) Estar en posesión del título universitario  oficial de Grado en Ingeniería Civil, Ingeniero Técnico de Obras Públicas o equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Obras Públicas,  o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias.

b)  Ingresar a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de veintiún  euros con cuarenta y seis céntimos (21,46 euros), en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal –derechos de examen-. No obstante lo anterior, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por un período superior a seis meses, acreditándolo mediante tarjeta de desempleo del SEPECAM o certificado de dicho Servicio en el momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50% de la cuota (10,73€). El importe de la tasa deberá hacerse efectivo en la cuenta número ES36 2100 8665 9002 0001 7813 (LA CAIXA) ó ES69 2085 7605 9703 0031 7784 (IBERCAJA), con indicación de las pruebas selectivas a que se refiere, así como el nombre y apellidos del opositor. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. El interesado deberá presentar junto a la instancia el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.

El abono de los derechos de examen también se puede realizar a través del Portal Web de Diputación, http://www.dguadalajara.es/web/guest/pagos

CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo -cuyo modelo será facilitado por el Servicio de Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial-, en las que los aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todas las condiciones o requisitos que se exigen en las Bases Genéricas (Segunda) y Específicas (Tercera) de la convocatoria y que se comprometen a prestar el juramento o promesa exigido por el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, estarán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de la misma, de 9 a 14 horas, dentro del plazo de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el art. art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Junto con la instancia se deberá aportar, necesariamente, copia del resguardo del ingreso de la tasa por derechos de examen. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa del resto de los documentos, debiendo acreditarlos posteriormente en el caso de que sean seleccionados. La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria se hará mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada.

3. Asimismo, los interesados harán constar en la instancia los méritos que reúnan de los que puntúan en el proceso selectivo, según lo señalado en la Base Octava, adjuntando certificaciones o justificantes acreditativos de los mismos, en original o en copias debidamente autorizadas o compulsadas, no admitiéndose la alegación ni justificación de méritos con posterioridad al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Aquellos méritos alegados y no justificados debidamente no serán valorados.

4. Deberá constar, además de sus datos personales, el número del D.N.I., domicilio completo, teléfono y, a ser posible, dirección de correo electrónico.

5. Los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en la instancia, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. 

QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará por decreto, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y página web de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para la presentación de subsanaciones, de acuerdo con lo prevenido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho Boletín Oficial, tablón de anuncios y página web de la Corporación

2. De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada.

3. La publicación en ese Boletín determinará el comienzo de plazos y efectos de posibles impugnaciones y recursos. 

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.

1. Los miembros del Tribunal Calificador serán nombrados por el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara y estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: Un funcionario de carrera del Área de Recursos Humanos.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y otros dos designados por la Presidencia de la Diputación Provincial, técnicos o expertos en la materia. Conforme a las previsiones normativas contenidas en el III Acuerdo Marco, la Junta de Personal propondrá a uno de ellos, quien no ostentará representación alguna de dicha Junta u organización sindical y actuará a título individual. También podrán asistir, además, como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel de la Corporación Provincial.

En el caso de los vocales a propuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta de Personal, si no se formulare la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles desde la petición, se entenderá que decaen en su opción.

2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación. 

SÉPTIMA.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.

1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 2. Las pruebas no podrán comenzar hasta transcurridos al menos quince días naturales desde la publicación de la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición en el Boletín Oficial de la Provincia. Las restantes comunicaciones y notificaciones derivadas de las distintas convocatorias, si las hubiere, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara. 

OCTAVA.- PROCESO DE SELECCIÓN.

 1. El proceso de selección constará de dos fases: concurso y oposición.

 2. Fase de concurso.

La fase de concurso no será eliminatoria y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación máxima de la fase de concurso no podrá exceder del veinticinco por ciento de la puntuación total del proceso selectivo, será de  66 puntos, de conformidad con el artículo 46.5 de la Ley 4/2011, de10 de marzo del empleo público de Castilla-La Mancha. La valoración de los méritos de la fase de concurso se incorporará a la puntuación final obtenida por aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas eliminatorias, a efectos de determinar la calificación final de los aspirantes y el orden de puntuación de los mismos. Los méritos alegados y justificados por los aspirantes en la fase de concurso y que el Tribunal valorará se regirán por el siguiente baremo:

 

Experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria:

  1. Por cada mes completo de servicios en la plaza objeto de la convocatoria en la Diputación Provincial de Guadalajara: 0,67 puntos.
  2. Por cada mes completo de servicios en plazas análogas de otras Administraciones Públicas: 0,20 puntos.

Se valorará la experiencia derivada de relación laboral o de nombramiento de funcionario, no considerándose como mérito los servicios prestados en colaboración social, como becarios ni por realización de prácticas formativas.

A los efectos de valoración de méritos, se hace constar expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aún siendo invocados, no hubieren sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la Administración.

La acreditación de los méritos se realizará mediante la oportuna certificación o documento análogo. Los méritos referidos a la Diputación Provincial de Guadalajara se harán constar por el Área de Recursos Humanos ante el Tribunal Calificador, dando traslado previamente a los interesados.

 3. Fase de oposición:

La oposición constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario, tipo test, que versará sobre el contenido de los temas incluidos en el programa anexo, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

Temario: 60 temas. Cuestionario: 35 preguntas. Tiempo máximo realización: 40 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. No se penalizarán las respuestas incorrectas.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados todos aquellos que no obtengan un mínimo de 50 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto o prueba de carácter práctico, de entre los dos que propondrá el Tribunal inmediatamente antes de comenzar la prueba, referidos a las materias específicas y relacionados directamente con las funciones de la plaza. El tiempo máximo de realización será de 90 minutos.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 50 puntos.

4. En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

5. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, se podrá reducir el plazo si lo propusiese el Tribunal y fuere aceptado unánimemente por los opositores.

 6. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara (Plaza de Moreno número 10) y en su página web, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida. 

NOVENA.- VALORACIÓN DEL CONCURSO-OPOSICIÓN.

 1. Una vez superada la fase de oposición, el Tribunal calificará a los aspirantes en función de los méritos alegados y justificados por los mismos y formará la relación de las puntuaciones totales obtenidas por cada aspirante.

 2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición y de los méritos valorados.

 3. Los aspirantes podrán solicitar la revisión de sus exámenes hasta un mes después de haberse hecho pública la relación de aprobados del último ejercicio. 

DÉCIMA.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN.

 1. Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en su página web la relación de aprobados por orden de puntuación, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento.

 2. Los aspirantes propuestos para nombramiento, presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Corporación, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

 3. Los opositores que tengan o hayan tenido relación de servicios con la Diputación Provincial, estarán exentos de presentar todos aquellos documentos que obren en su expediente personal.

 4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados ni, en su caso, contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia en que solicitó tomar parte en el concurso-oposición. En este caso, o en el de renuncia previa al nombramiento, el Presidente de la Corporación formulará nombramiento adicional a favor del aspirante que siguiendo el orden de puntuación a los aprobados y habiendo superado el concurso-oposición, no hubiera sido propuesto por no tener cabida en el número de plazas convocadas.

 5. El opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo señalado en el nombramiento, en caso contrario, a no ser que exista causa justificada, quedará en situación de cesante.

 DÉCIMO PRIMERA.- RECURSOS.

Las presentes bases genéricas y las bases específicas, así como los actos administrativos que se deriven de éstas y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. 

DÉCIMO SEGUNDA.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES.

Estas Bases Específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el Tablón de anuncios y página web de la Diputación Provincial de Guadalajara. 

PROGRAMA

MATERIAS COMUNES: 

TEMA  1.- EL MUNICIPIO EN EL RÉGIMEN LOCAL: TERRITORIO Y POBLACIÓN. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL: ALCALDE, TENIENTES DE ALCALDE, PLENO, JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y ÓRGANOS COMPLEMENTARIOS.

TEMA 2.-. COMPETENCIAS DEL MUNICIPIO.

TEMA 3.- LA PROVINCIA EN EL RÉGIMEN LOCAL: ORGANIZACIÓN PROVINCIAL Y COMPETENCIAS.

TEMA 4.- OTRAS ENTIDADES LOCALES: COMARCAS, ÁREAS METROPOLITANAS, MANCOMUNIDADES Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO.

TEMA 5.- DISPOSICIONES COMUNES A LAS ENTIDADES LOCALES: RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.

TEMA 6.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: CLASES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. EL PERSONAL DIRECTIVO.

TEMA 7.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MOVILIDAD.

TEMA 8.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: DERECHOS INDIVIDUALES Y DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA.

TEMA 9.- CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS. LOS INTERESADOS: CAPACIDAD DE OBRAR, CONCEPTO DE INTERESADO Y REPRESENTACIÓN.

TEMA 10.- TÉRMINOS Y PLAZOS DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. REQUISITOS Y EFICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

TEMA 11.- INICIACIÓN Y ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

 TEMA 12.- FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: DISPOSICIONES GENERALES, RESOLUCIÓN, DESISTIMIENTO, RENUNCIA Y CADUCIDAD.

TEMARIO ESPECÍFICO

TEMA 13.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: DESBROCE DEL TERRENO.

TEMA 14.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN.

TEMA 15.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: EXCAVACIÓN DE LA EXPLANACIÓN Y PRÉSTAMOS.

TEMA 16.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3:  EXCAVACIÓN DE ZANJAS Y POZOS.

TEMA 17.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: MATERIALES Y SUS USOS POR ZONAS EN LA FORMACIÓN DE TERRAPLENES.

TEMA 18.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3:  EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA COMPACTACIÓN EN RELLENOS TIPO TERRAPLÉN.

TEMA 19.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: RELLENOS LOCALIZADOS.

TEMA 20.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: TERMINACIÓN Y REFINO DE LA EXPLANADA.

TEMA 21.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: REFINO DE TALUDES.

TEMA 22.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: TIPOS Y COMPOSICIÓN DE LAS ZAHORRAS.

 TEMA 23.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: EJECUCIÓN DE OBRAS EN ZAHORRAS.

TEMA 24.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: CONTROL DE LA PUESTA EN OBRA DE MATERIAL GRANULAR EN ESTRUCTURA DE FIRME.

TEMA 25.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS:  PG3: TIPOS Y COMPOSICIÓN DE LOS SUELOS ESTABILIZADOS IN SITU.

TEMA 26.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: BETUNES ASFÁLTICOS.

TEMA 27.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: BETUNES MODIFICADOS CON POLÍMEROS.

TEMA 28.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: EMULSIONES BITUMINOSAS.

TEMA 29.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: RIEGOS DE IMPRIMACIÓN.

TEMA 30.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: RIEGOS DE ADHERENCIA.

TEMA 31.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: RIEGOS DE CURADO.

TEMA 32.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS:  PG3: TIPOS Y COMPOSICIÓN DE LAS MEZCLAS TIPO HORMIGÓN BITUMINOSO.

TEMA 33.- BETUNES, RIEGOS Y MEZCLAS BITUMINOSAS: NORMA 6.1 – IC SECCIONES DE FIRME: ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA CALZADA.

TEMA 34.- TRAZADO Y SEÑALIZACIÓN. NORMA 3.1 – IC TRAZADO: DENOMINACIÓN, CLASIFICACIÓN Y PROYECTOS DE LAS CARRETERAS DE LA RED DEL ESTADO.

TEMA 35.- TRAZADO Y SEÑALIZACIÓN. NORMA 3.1 – IC TRAZADO: CARRILES BÁSICOS DE LA SECCIÓN TRANSVERSAL TIPO.

TEMA 36.- TRAZADO Y SEÑALIZACIÓN. PG3: TIPOS DE MARCAS VIALES  Y CLAVES DE IDENTIFICACIÓN.

TEMA 37.- TRAZADO Y SEÑALIZACIÓN. PG3: TIPOS DE SEÑALES Y CARTELES VERTICALES DE CIRCULACIÓN RETROREFLECTANTES.

TEMA 38.- TRAZADO Y SEÑALIZACIÓN. INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD.

TEMA 39.- DRENAJE. NORMA 5.2 – IC DRENAJE SUPERFICIAL: CONSIDERACIONES Y CRITERIOS GNERALES EN EL DRENAJE SUPERFICIAL DE CARRETERAS.

TEMA 40.- DRENAJE. NORMA 5.2 – IC DRENAJE SUPERFICIAL: CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS DE DRENAJE SUPERFICIAL.

TEMA 41.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. RD 140/2003 DE 7 DE FEBRERO: AGUA DE CONSUMO HUMANO: CAPTACIÓN. CONDUCCIÓN Y DISTIBUCIÓN. TRATAMIENTO DE POTABILIZACIÓN. DEPÓSITOS Y CISTERNAS. INSPECCIONES SANITARIAS PREVIAS DE NUEVAS INSTALACIONES.

TEMA 42.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. PPTG PARA TUBERÍAS DE SANEAMIENTO: INSTALACIÓN DE TUBERÍAS EN REDES DE SANEAMIENTO. 

TEMA 43.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. PPTG PARA TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO: INSTALACIÓN DE TUBERÍAS EN REDES DE ABASTECIMIENTO DE AGUa. 

TEMA 44.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. PPTG PARA TUBERÍAS DE SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO DE AGUA: PRUEBAS DE TUBERÍAS INSTALADAS. 

TEMA 45.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. TIPOS Y CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO DE LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA. 

TEMA 46.- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. TIPOS Y CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO DE LAS REDES DE SANEAMIENTO. 

TEMA 47.- HORMIGÓN. PG3: CUNETAS DE HORMIGÓN EJECUTADAS EN OBRA. 

TEMA 48.- HORMIGÓN. PG3: CUNESTAS DE HORMIGÓN PREFABRICADAS. 

TEMA 49.- HORMIGÓN. NORMA 6.1 – IC SECCIONES DE FIRME: JUNTAS EN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN. 

TEMA 50.- HORMIGÓN. EHE08: CONTROL DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE HORMIGÓN: PUESTA EN OBRA Y CURADO. 

TEMA 51.- CONTRATOS DE OBRAS DEL SECTOR PÚBLICO. LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, RD 3/2011: EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO. EJECUCIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. FUERZA MAYOR. CERTIFICACIONES Y ABONOS. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS.

TEMA 52.- CONTRATOS DE OBRAS DEL SECTOR PÚBLICO. LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, RD 3/2011: CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS. CAUSAS DE RESOLUCIÓN. SUSPENSIÓN DE LA INICIACIÓN DE LA OBRA. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN.

TEMA 53.- ACCESIBILIDAD URBANÍSTICA. LEY 1/1994: ACCESIBILIDAD URBANÍSTICA EN CASTILLA LA MANCHA. 

TEMA 54.- CARRETERAS PROVINICIALES. REGLAMENTO DE LA LEY 9/1990: CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN DE CARRETERAS EN CASTILLA LA MANCHA. 

TEMA 55.- CARRETERAS PROVINICIALES. REGLAMENTO DE LA LEY 9/1990: ZONAS DE AFECCIÓN DE LAS CARRETERAS EN CASTILLA LA MANCHA. 

TEMA 56.- CARRETERAS PROVINICIALES. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA RED PROVINCIAL DE CARRETERAS DE GUADALAJARA. 

TEMA 57.- CARRETERAS PROVINICIALES.  VIALIDAD INVERNAL: ABRASIVOS Y FUNDENTES UTILIZADOS DE MODO GENERALIZADO EN LA RED DE CARRETERAS. 

TEMA 58.- SEGURIDAD Y SALUD. RD 1627/1997: ESTUDIO Y PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. 

TEMA 59.- SEGURIDAD Y SALUD. RD 1627/1997: DESIGNACIÓN Y OBLIGACIONES DEL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD. 

TEMA 60.- SEGURIDAD Y SALUD. RD 1627/1997: INCIDENCIAS Y PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. 

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIOS DE CARRERA E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del  Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), en el artículo 20 Uno y Siete de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y el acuerdo de Junta de Gobierno, de 23 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016, con el fin de atender las necesidades de personal de la Diputación Provincial de Guadalajara, se establecen las siguientes: 

 

 

BASES 

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS. 

Se convoca concurso-oposición libre para la provisión en propiedad de UNA PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL, vacante en la Plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Guadalajara. La plaza objeto de la convocatoria está integrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clasificación Técnicos Medios, grupo de clasificación profesional A, subgrupo A2.  

SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE.

Además de la normativa prevista en estas bases específicas, serán de aplicación a la presente convocatoria las bases genéricas que han de regir los procesos selectivos que se convoquen, para la provisión en propiedad, de las plazas de funcionarios de carrera  de la Diputación Provincial de Guadalajara, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 18, de 11 de febrero de 2011, con la actualización normativa.  

TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES.

Para la participación y admisión en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos exigidos en las bases genéricas, los siguientes:

a) Estar en posesión del título  universitario oficial de Grado en Ingeniería Técnica Industrial, Ingeniero Técnico Industrial o equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias.

b)  Ingresar a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de veintiún  euros con cuarenta y seis céntimos (21,46 euros), en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal –derechos de examen-. No obstante lo anterior, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por un período superior a seis meses, acreditándolo mediante tarjeta de desempleo del SEPECAM o certificado de dicho Servicio en el momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50% de la cuota (10,73€). El importe de la tasa deberá hacerse efectivo en la cuenta número ES36 2100 8665 9002 0001 7813 (LA CAIXA) ó ES69 2085 7605 9703 0031 7784 (IBERCAJA), con indicación de las pruebas selectivas a que se refiere, así como el nombre y apellidos del opositor. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. El interesado deberá presentar junto a la instancia el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.

El abono de los derechos de examen también se puede realizar a través del Portal Web de Diputación, http://www.dguadalajara.es/web/guest/pagos.  

CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

 1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo -cuyo modelo será facilitado por el Servicio de Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial-, en las que los aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todas las condiciones o requisitos que se exigen en las Bases Genéricas (Segunda) y Específicas (Tercera) de la convocatoria y que se comprometen a prestar el juramento o promesa exigido por el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, estarán dirigidas  al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de la misma, de 9 a 14 horas, dentro del plazo de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el art. art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

2. Junto con la instancia se deberá aportar, necesariamente, copia del resguardo del ingreso de la tasa por derechos de examen. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa del resto de los documentos, debiendo acreditarlos posteriormente en el caso de que sean seleccionados. La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria se hará mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada. 

3. Asimismo, los interesados harán constar en la instancia los méritos que reúnan de los que puntúan en el proceso selectivo, según lo señalado en la Base Octava, adjuntando certificaciones o justificantes acreditativos de los mismos, en original o en copias debidamente autorizadas o compulsadas, no admitiéndose la alegación ni justificación de méritos con posterioridad al día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 

Aquellos méritos alegados y no justificados debidamente no serán valorados. 

4. Deberá constar, además de sus datos personales, el número del D.N.I., domicilio completo, teléfono y, a ser posible, dirección de correo electrónico. 

5. Los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en la instancia, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.  

QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará por decreto, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y página web de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para la presentación de subsanaciones, de acuerdo con lo prevenido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho Boletín Oficial, tablón de anuncios y página web de la Corporación. 

2. De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada. 

 

3. La publicación en ese Boletín determinará el comienzo de plazos y efectos de posibles impugnaciones y recursos.  

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR. 

1. Los miembros del Tribunal Calificador serán nombrados por el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara y estará constituido de la siguiente forma: 

Presidente: Un funcionario de carrera del Área de Recursos Humanos. 

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. 

Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y otros dos designados por la Presidencia de la Diputación Provincial, técnicos o expertos en la materia. Conforme a las previsiones normativas contenidas en el III Acuerdo Marco, la Junta de Personal propondrá a uno de ellos, quien no ostentará representación alguna de dicha Junta u organización sindical y actuará a título individual. También podrán asistir, además, como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel de la Corporación Provincial. 

En el caso de los vocales a propuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta de Personal, si no se formulare la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles desde la petición, se entenderá que decaen en su opción. 

2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.  

SÉPTIMA.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS. 

1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 

2. Las pruebas no podrán comenzar hasta transcurridos al menos quince días naturales desde la publicación de la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición en el Boletín Oficial de la Provincia. Las restantes comunicaciones y notificaciones derivadas de las distintas convocatorias, si las hubiere, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara.  

 

OCTAVA.- PROCESO DE SELECCIÓN. 

1. El proceso de selección constará de dos fases: concurso y oposición. 

2. Fase de concurso. 

La fase de concurso no será eliminatoria y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación máxima de la fase de concurso no podrá exceder del veinticinco por ciento de la puntuación total del proceso selectivo, será de  66 puntos, de conformidad con el artículo 46.5 de la Ley 4/2011, de10 de marzo del empleo público de Castilla-La Mancha. La valoración de los méritos de la fase de concurso se incorporará a la puntuación final obtenida por aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas eliminatorias, a efectos de determinar la calificación final de los aspirantes y el orden de puntuación de los mismos. Los méritos alegados y justificados por los aspirantes en la fase de concurso y que el Tribunal valorará se regirán por el siguiente baremo: 

Experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria: 

  1. Por cada mes completo de servicios en la plaza objeto de la convocatoria en la Diputación Provincial de Guadalajara: 0,67 puntos.
  2. Por cada mes completo de servicios en plazas análogas de otras Administraciones Públicas: 0,20 puntos.

Se valorará la experiencia derivada de relación laboral o de nombramiento de funcionario, no considerándose como mérito los servicios prestados en colaboración social, como becarios ni por realización de prácticas formativas. 

A los efectos de valoración de méritos, se hace constar expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aún siendo invocados, no hubieren sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la Administración. 

La acreditación de los méritos se realizará mediante la oportuna certificación o documento análogo. Los méritos referidos a la Diputación Provincial de Guadalajara se harán constar por el Área de Recursos Humanos ante el Tribunal Calificador, dando traslado previamente a los interesados. 

3. Fase de oposición: 

La oposición constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio: 

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario, tipo test, que versará sobre el contenido de los temas incluidos en el programa anexo, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

Temario: 60 temas. Cuestionario: 35 preguntas. Tiempo máximo realización: 40 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. No se penalizarán las respuestas incorrectas.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados todos aquellos que no obtengan un mínimo de 50 puntos. 

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto o prueba de carácter práctico, de entre los dos que propondrá el Tribunal inmediatamente antes de comenzar la prueba, referidos a las materias específicas y relacionados directamente con las funciones de la plaza. El tiempo máximo de realización será de 90 minutos.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 50 puntos. 

4. En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes. 

5. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, se podrá reducir el plazo si lo propusiese el Tribunal y fuere aceptado unánimemente por los opositores. 

6. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara (Plaza de Moreno número 10) y en su página web, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida. 

NOVENA.- VALORACIÓN DEL CONCURSO-OPOSICIÓN. 

1. Una vez superada la fase de oposición, el Tribunal calificará a los aspirantes en función de los méritos alegados y justificados por los mismos y formará la relación de las puntuaciones totales obtenidas por cada aspirante. 

2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición y de los méritos valorados. 

3. Los aspirantes podrán solicitar la revisión de sus exámenes hasta un mes después de haberse hecho pública la relación de aprobados del último ejercicio. 

DÉCIMA.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN. 

1. Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en su página web la relación de aprobados por orden de puntuación, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento. 

2. Los aspirantes propuestos para nombramiento, presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Corporación, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

 3. Los opositores que tengan o hayan tenido relación de servicios con la Diputación Provincial, estarán exentos de presentar todos aquellos documentos que obren en su expediente personal. 

4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados ni, en su caso, contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia en que solicitó tomar parte en el concurso-oposición. En este caso, o en el de renuncia previa al nombramiento, el Presidente de la Corporación formulará nombramiento adicional a favor del aspirante que siguiendo el orden de puntuación a los aprobados y habiendo superado el concurso-oposición, no hubiera sido propuesto por no tener cabida en el número de plazas convocadas. 

5. El opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo señalado en el nombramiento, en caso contrario, a no ser que exista causa justificada, quedará en situación de cesante.  

DÉCIMO PRIMERA.- RECURSOS. 

Las presentes bases genéricas y las bases específicas, así como los actos administrativos que se deriven de éstas y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.          

 DÉCIMO SEGUNDA.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES. 

Estas Bases Específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial de Guadalajara.

PROGRAMA

 MATERIAS COMUNES:

TEMA  1.- EL MUNICIPIO EN EL RÉGIMEN LOCAL: TERRITORIO Y POBLACIÓN. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL: ALCALDE, TENIENTES DE ALCALDE, PLENO, JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y ÓRGANOS COMPLEMENTARIOS. 

TEMA 2.-. COMPETENCIAS DEL MUNICIPIO. 

TEMA 3.- LA PROVINCIA EN EL RÉGIMEN LOCAL: ORGANIZACIÓN PROVINCIAL Y COMPETENCIAS. 

TEMA 4.- OTRAS ENTIDADES LOCALES: COMARCAS, ÁREAS METROPOLITANAS, MANCOMUNIDADES Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO. 

TEMA 5.- DISPOSICIONES COMUNES A LAS ENTIDADES LOCALES: RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 6.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: CLASES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. EL PERSONAL DIRECTIVO.

 TEMA 7.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MOVILIDAD. 

TEMA 8.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: DERECHOS INDIVIDUALES Y DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA. 

TEMA 9.- CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS. LOS INTERESADOS: CAPACIDAD DE OBRAR, CONCEPTO DE INTERESADO Y REPRESENTACIÓN.

TEMA 10.- TÉRMINOS Y PLAZOS DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. REQUISITOS Y EFICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. 

TEMA 11.- INICIACIÓN Y ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. 

TEMA 12.- FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: DISPOSICIONES GENERALES, RESOLUCIÓN, DESISTIMIENTO, RENUNCIA Y CADUCIDAD.

TEMARIO ESPECÍFICO

TEMA 13.- LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO: DELIMITACIÓN. LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO: RACIONALIDAD, LIBERTAD DE PACTOS Y CONTENIDOS MÍNIMOS, PERFECCIÓN Y FORMA, LA INFORMACIÓN, EL RÉGIMEN DE LA INVALIDEZ Y LA REVISIÓN DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. LAS PARTES DE LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. EL EMPRESARIO: CAPACIDAD, PROHIBICIONES, SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN.

TEMA 14.- EL CONTRATO DE OBRAS. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PREPARATORIAS. FORMAS DE ADJUDICACIÓN. FORMALIZACIÓN. EFECTOS. EXTINCIÓN. LA CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO DE OBRAS. EJECUCIÓN DE OBRAS POR LA PROPIA ADMINISTRACIÓN. EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA: PRINCIPIOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. PRERROGATIVAS Y DERECHOS DE LA ADMINISTRACIÓN. RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO. EXTINCIÓN. SUBCONTRATACIÓN. EL CONTRATO DE SUMINISTROS: RÉGIMEN JURÍDICO. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN.

TEMA 15.- EL CONTRATO DE SERVICIOS: RÉGIMEN JURÍDICO. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN. EL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO: RÉGIMEN JURÍDICO. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN. LOS CONTRATOS DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CONTRATACIÓN. APLICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO A LAS ENTIDADES LOCALES.

TEMA 16.- LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: CAPÍTULOS DEL I AL VII. REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LO SLUGARES DE TRABAJO: ANEXO I. REAL DECRETO 1627/1997, DE 24 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

TEMA 17.- DECRETO LEGISLATIVO 1/2010 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA (LOTAU): OBJETO, PRINCIPIOS GENERALES, ESTRUCTURA Y CONTENIDO. REGLAMENTOS QUE LA DESARROLLAN. RÉGIMEN URBANÍSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO: PRINCIPIOS GENERALES. CLASIFICACIÓN. RÉGIMEN DEL SUELO NO URBANIZABLE EN LA LEGISLACIÓN ESTATAL Y AUTONÓMICA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE ESTA CLASE DE SUELO. RÉGIMEN DEL SUELO URBANO: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS EN SUELO URBANO CONSOLIDADO Y NO CONSOLIDADO. RÉGIMEN DEL SUELO URBANIZABLE: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

TEMA 18.- DECRETO 34/2011, DE 26 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA.

TEMA 19.- LICENCIAS URBANÍSTICAS: LICENCIAS DE ACTIVIDAD E INSTALACIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO. SU TRATAMIENTO EN EL REGLAMENTO DE SERVICIOS DE LAS CORPORACIONES LOCALES.

TEMA 20.- LEY 21/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE EVALUACIÓN AMBIENTAL. DISPOSICIONES GENERALES. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN AMBIENTAL.

TEMA 21.- REAL DECRETO 2816/1982, DE 27 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE POLICÍA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

TEMA 22.- LEY 7/2011, DE 21 DE MARZO, DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

TEMA 23.- REAL DECRETO 1890/2008, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS EA-01 A EA-07.

TEMA 24.- CONOCIMIENTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO. ELEMENTOS Y MATERIALES: LEDS, LÁMPARAS DE DESCARGA, REACTANCIAS, CONDENSADORES, ARRANCADORES, REGULADORES DE FLUJO LUMINOSO. LUMINARIAS. SOPORTES. LÍNEAS ELÉCTRICAS. CUADROS ELÉCTRICOS DE ALUMBRADO PÚBLICO.

TEMA 25.- MAGNITUDES Y UNIDADES FOTOMÉTRICAS. FLUJO LUMINOSO. EFICACIA LUMINOSA. ILUMINANCIA. LUMINANCIA EQUIPOS AUXILIARES Y DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. CARACTERÍSTICAS FOTOMÉTRICAS Y CLASIFICACIÓN DE LAS LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO. NIVELES DE ILUMINACIÓN.

TEMA 26.- CRITERIOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO. TELEGESTIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.

TEMA 27.- INSTALACIONES ELÉCTRICAS. LÍNEAS AÉREAS Y SUBTERRÁNEAS DE BAJA TESIO. NORMATIVA APLICABLE. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. DISEÑO Y DIMENSIONAMIENTO.

TEMA 28.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN. NORMATIVA APLICABLE. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. DISEÑO Y DIMENSIONAMIENTO.

TEMA 29.- LÍNEAS DE MEDIA TESIO, CÁLCULOS ELÉCTRICOS, CÁLCULOS MECÁNICOS,  ASILAMIENTOS, CABLES APOYOS Y CIMENTACIONES.

TEMA 30.- REAL DECRETO 223/2008, DE 15 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBAN EL REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITCLAT 01 A 09.

TEMA 31.- ESTACIONES DE BOMBEO, TIPOS DE BOMBAS HIDRÁULICAS,  SISTEMA DE REGULACIÓN DE VELOCIDAD, BOMBAS EN PARALELO, OPTIMIZACIÓN.

TEMA 32.- REDES, ACOMETIDAS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN. NORMATIVA. CARGAS Y COEFICIENTES DE SIMULTANEIDAD. DISEÑO, CÁLCULOS Y ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. APROBACIÓN PREVIA DE PROYECTO Y AUTORIZACIÓN DE PUESTA EN SERVICIO. REVISIONES PERIÓDICAS DE INSTALACIONES. NORMAS TÉCNICAS PARTICULARES DE SUMINISTRO LOCAL.

TEMA 33.- PROYECTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN ALTA TENSIÓN. AUTORIZACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE INSTALACIONES. NORMATIVA APLICABLE. INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES.

TEMA 34.- INSTALACIONES DE SUMINISTRO DE GAS. INSTALACIONES INTERIORES DE GASES LICUADOS DE PETRÓLEO. NORMATIVA APLICABLE. APARATOS DE GAS: INSTALACIÓN, CONEXIÓN Y PUESTA EN MARCHA.

TEMA 35.- REGLAMENTACIÓN SOBRE INSTALACIONES DE GAS. PROYECTO Y CERTIFICADO DE INSTALACIONES DE GAS. INSPECCIÓN PERIÓDICA DE INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO DE LAS MISMAS.

TEMA 36.- CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN: DB SI 1  PROPAGACIÓN INTERIOR   DB SI 2 PROPAGACIÓN EXTERIOR.

TEMA 37.- CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN: DB SI 3 EVACUACIÓN DE OCUPANTES DB SI 4 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.

TEMA 38.- CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN: DB SI 4 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS   SI 6 RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA.

TEMA 39.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

TEMA 40.- GUÍA TÉCNICA DE APLICACIÓN DE REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

TEMA 41.- REAL DECRETO 2060/2008, DE 12 DE DICIEMBRE, REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS.

TEMA 42.- APARATOS ELEVADORES. NORMATIVA APLICABLE. TIPOLOGÍA. RECEPCIÓN DE LAS INSTALACIONES: PRUEBAS Y VERIFICACIONES. CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES. TRANSPORTE DE PERSONAS EN EDIFICIOS MUNICIPALES.

TEMA 43.- CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD. 

TEMA 44.- REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN: INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA. ALUMBRADOS ESPECIALES. NORMATIVA VIGENTE. 

TEMA 45.- REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN: INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA. ALUMBRADOS ESPECIALES. NORMATIVA VIGENTE. 

TEMA 46.- REAL DECRETO 393/2007, DE 23 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN DE LOS CENTROS, ESTABLECIMIENTOS Y DEPENDENCIAS DEDICADOS A ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR ORIGEN A SITUACIONES DE EMERGENCIA. 

TEMA 47.- DECRETO 288/2007, DE 16 DE OCTUBRE DE 2007, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO. 

TEMA 48.- INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS: DISPOSICIONES GENERALES, EXIGENCIAS TÉCNICAS, EJECUCIÓN, PUESTA EN SERVICIO E INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES. EMPRESAS INSTALADORAS Y MANTENEDORAS. RÉGIMEN SANCIONADOR. COMISIÓN ASESORA. 

TEMA 49.- INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS, INSTRUCCIONES TÉCNICAS: MONTAJE, MANTENIMIENTO Y USO E INSPECCIÓN. 

TEMA 50.- COSTE DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. TARIFAS DE ALTA Y BAJA TENSIÓN. GESTIÓN Y AHORRO ENERGÉTICO. 

TEMA 51.- CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. DOCUMENTOS BÁSICOS: HR (PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO). 

TEMA 52.- REAL DECRETO 1367/2007, DE 19 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL RUIDO, EN LO REFERENTE A ZONIFICACIÓN ACÚSTICA, OBJETIVOS DE CALIDAD Y EMISIONES ACÚSTICAS: DISPOSICIONES GENERALES. ÍNDICES ACÚSTICOS. ZONIFICACIÓN ACÚSTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA. VALORES LÍMITE DE EMISIÓN E INMISIÓN. MAPAS DE RUIDO. 

TEMA 53.- REAL DECRETO 1367/2007, DE 19 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL RUIDO, EN LO REFERENTE A ZONIFICACIÓN ACÚSTICA, OBJETIVOS DE CALIDAD Y EMISIONES ACÚSTICAS: PROCEDIMIENTOS Y MÉTODOS DE EVALUACIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. ÍNDICES DE RUIDO Y DE VIBRACIÓN. 

TEMA 54.- MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA LOS ÍNDICES ACÚSTICOS. PROCEDIMIENTOS DE MEDICIÓN DEL RUIDO DE ACTIVIDADES EN EL INTERIOR DE EDIFICIOS, SEGÚN ANEXO IV DEL REAL DECRETO 1367/2007. 

TEMA 55.- MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES GENERALES DE LOS EDIFICIOS. CALEFACCIÓN. CLIMATIZACIÓN. ELECTRICIDAD. INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS. TIPOS DE MANTENIMIENTOS. LIBROS DE MANTENIMIENTO. 

TEMA 56.- REGULACIÓN SOBRE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES, DE SUS EQUIPOS Y COMPONENTES. 

TEMA 57.- VEHÍCULOS AUTOMÓVILES. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y NORMATIVA DE APLICACIÓN SOBRE HOMOLOGACIONES, PROCEDIMIENTOS DE HOMOLOGACIÓN. 

TEMA 58.- TRAMITACIÓN DE LAS REFORMAS DE IMPORTANCIA E INSPECCIONES TÉCNICAS DE VEHÍCULOS. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LAS ESTACIONES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS. 

TEMA 59.- VEHÍCULOS Y CONTENEDORES DESTINADOS AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS Y PERECEDERAS. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y NORMATIVA DE APLICACIÓN. PROCEDIMIENTOS DE PUESTA EN SERVICIO E INSPECCIÓN. 

TEMA 60.- SEGURIDAD EN MÁQUINAS. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD "CE" Y MARCADO "CE". ADAPTACIÓN DE MÁQUINAS A LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD. PROCEDIMIENTOS. 

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO EN INFORMÁTICA, SISTEMAS, REDES Y SEGURIDAD, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIOS DE CARRERA E INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del  Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), en el artículo 20 Uno y Siete de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y el acuerdo de Junta de Gobierno, de 23 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016, con el fin de atender las necesidades de personal de la Diputación Provincial de Guadalajara, se establecen las siguientes                               

 

 

BASES 

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS. 

Se convoca oposición libre para la provisión en propiedad de UNA PLAZA DE TÉCNICO EN INFORMÁTICA, SISTEMAS, REDES Y SEGURIDAD, vacante en la Plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Guadalajara. La plaza objeto de la convocatoria está integrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clasificación Técnicos Medios, grupo de clasificación profesional A, subgrupo A2.  

SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE. 

Además de la normativa prevista en estas bases específicas, serán de aplicación a la presente convocatoria las bases genéricas que han de regir los procesos selectivos que se convoquen, para la provisión en propiedad, de las plazas de funcionarios de carrera  de la Diputación Provincial de Guadalajara, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 18, de 11 de febrero de 2011, con la actualización normativa. 

TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES.

Para la participación y admisión en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos exigidos en las bases genéricas, los siguientes: 

a) Estar en posesión de alguna de las titulaciones universitarias oficiales siguientes: Licenciado en Informática, Diplomado en Informática, Ingeniero de Informática, Ingeniero Técnico de Informática, Ingeniero de Telecomunicación, Ingeniero Técnico de Telecomunicación, Grado en Ingeniería Informática, Máster universitario oficial en Ingeniería Informática, Grado en Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación o Máster universitario oficial en Ingeniería de Telecomunicación, o cumplidas las condiciones para obtenerlas en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias. 

b)  Ingresar a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de veintiún  euros con cuarenta y seis céntimos (21,46 euros), en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal –derechos de examen-. No obstante lo anterior, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por un período superior a seis meses, acreditándolo mediante tarjeta de desempleo del SEPECAM o certificado de dicho Servicio en el momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50% de la cuota (10,73€). El importe de la tasa deberá hacerse efectivo en la cuenta número ES36 2100 8665 9002 0001 7813 (LA CAIXA) ó ES69 2085 7605 9703 0031 7784 (IBERCAJA), con indicación de las pruebas selectivas a que se refiere, así como el nombre y apellidos del opositor. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. El interesado deberá presentar junto a la instancia el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.        

El abono de los derechos de examen también se puede realizar a través del Portal Web de Diputación, http://www.dguadalajara.es/web/guest/pagos.  

CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. 

1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo -cuyo modelo será facilitado por el Servicio de Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial-, en las que los aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todas las condiciones o requisitos que se exigen en las Bases Genéricas (Segunda) y Específicas (Tercera) de la convocatoria y que se comprometen a prestar el juramento o promesa exigido por el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, estarán dirigidas  al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de la misma, de 9 a 14 horas, dentro del plazo de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el art. art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

2. Junto con la instancia se deberá aportar, necesariamente, copia del resguardo del ingreso de la tasa por derechos de examen. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa del resto de los documentos, debiendo acreditarlos posteriormente en el caso de que sean seleccionados. La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria se hará mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada. 

3. Deberá constar, además de sus datos personales, el número del D.N.I., domicilio completo, teléfono y, a ser posible, dirección de correo electrónico. 

4. Los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en la instancia, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.  

QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará por decreto, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y página web de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para la presentación de subsanaciones, de acuerdo con lo prevenido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho Boletín Oficial, tablón de anuncios y página web de la Corporación. 

2. De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada. 

3. La publicación en ese Boletín determinará el comienzo de plazos y efectos de posibles impugnaciones y recursos.  

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR. 

1. Los miembros del Tribunal Calificador serán nombrados por el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara y estará constituido de la siguiente forma: 

Presidente: Un funcionario de carrera del Área de Recursos Humanos. 

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. 

Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y otros dos designados por la Presidencia de la Diputación Provincial, técnicos o expertos en la materia. Conforme a las previsiones normativas contenidas en el III Acuerdo Marco, la Junta de Personal propondrá a uno de ellos, quien no ostentará representación alguna de dicha Junta u organización sindical y actuará a título individual. También podrán asistir, además, como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel de la Corporación Provincial. 

En el caso de los vocales a propuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta de Personal, si no se formulare la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles desde la petición, se entenderá que decaen en su opción.

2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.  

SÉPTIMA.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS. 

1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 

2. Las pruebas no podrán comenzar hasta transcurridos al menos quince días naturales desde la publicación de la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición en el Boletín Oficial de la Provincia. Las restantes comunicaciones y notificaciones derivadas de las distintas convocatorias, si las hubiere, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara.  

OCTAVA.- PROCESO DE SELECCIÓN. 

La oposición constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio: 

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario, tipo test, que versará sobre el contenido de los temas incluidos en el programa anexo, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

Temario: 60 temas. Cuestionario: 35 preguntas. Tiempo máximo realización: 40 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. No se penalizarán las respuestas incorrectas.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados todos aquellos que no obtengan un mínimo de 50 puntos. 

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto o prueba de carácter práctico, de entre los dos que propondrá el Tribunal inmediatamente antes de comenzar la prueba, referidos a las materias específicas y relacionados directamente con las funciones de la plaza. El tiempo máximo de realización será de 90 minutos.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 50 puntos.

En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes. 

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, se podrá reducir el plazo si lo propusiese el Tribunal y fuere aceptado unánimemente por los opositores. 

Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara (Plaza de Moreno número 10) y en su página web, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida. 

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición. 

Los aspirantes podrán solicitar la revisión de sus exámenes hasta un mes después de haberse hecho pública la relación de aprobados del último ejercicio.  

NOVENA.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN. 

1. Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en su página web la relación de aprobados por orden de puntuación, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento. 

2. Los aspirantes propuestos para nombramiento, presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Corporación, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. 

3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados ni, en su caso, contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia en que solicitó tomar parte en el concurso-oposición. En este caso, o en el de renuncia previa al nombramiento, el Presidente de la Corporación formulará nombramiento adicional a favor del aspirante que siguiendo el orden de puntuación a los aprobados y habiendo superado la oposición, no hubiera sido propuesto por no tener cabida en el número de plazas convocadas. 

4. El opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo señalado en el nombramiento, en caso contrario, a no ser que exista causa justificada, quedará en situación de cesante.  

DÉCIMA.- RECURSOS. 

Las bases genéricas y las específicas, así como los actos administrativos que se deriven de éstas y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.          

DÉCIMO PRIMERA.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES. 

Estas Bases Específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial de Guadalajara.  

PROGRAMA 

MATERIAS COMUNES: 

TEMA  1.- EL MUNICIPIO EN EL RÉGIMEN LOCAL: TERRITORIO Y POBLACIÓN. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL: ALCALDE, TENIENTES DE ALCALDE, PLENO, JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y ÓRGANOS COMPLEMENTARIOS. 

TEMA 2.-. COMPETENCIAS DEL MUNICIPIO. 

TEMA 3.- LA PROVINCIA EN EL RÉGIMEN LOCAL: ORGANIZACIÓN PROVINCIAL Y COMPETENCIAS.

TEMA 4.- OTRAS ENTIDADES LOCALES: COMARCAS, ÁREAS METROPOLITANAS, MANCOMUNIDADES Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO. 

TEMA 5.- DISPOSICIONES COMUNES A LAS ENTIDADES LOCALES: RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 6.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: CLASES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. EL PERSONAL DIRECTIVO. 

TEMA 7.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MOVILIDAD.

TEMA 8.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: DERECHOS INDIVIDUALES Y DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA. 

TEMA 9.- CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS. LOS INTERESADOS: CAPACIDAD DE OBRAR, CONCEPTO DE INTERESADO Y REPRESENTACIÓN. 

TEMA 10.- TÉRMINOS Y PLAZOS DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. REQUISITOS Y EFICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

TEMA 11.- INICIACIÓN Y ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. 

TEMA 12.- FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: DISPOSICIONES GENERALES, RESOLUCIÓN, DESISTIMIENTO, RENUNCIA Y CADUCIDAD.

TEMARIO ESPECÍFICO

TEMA 13.- CONCEPTOS DE SISTEMAS OPERATIVOS. ESTRUCTURAS, COMPONENTES Y FUNCIONES. CARACTERÍSTICAS Y EVOLUCIÓN. ADMINISTRACIÓN DE MEMORIA. PROCESOS Y SUBPROCESOS. ENTRADA/SALIDA. SISTEMAS DE ARCHIVO. SISTEMAS OPERATIVOS MULTIPROCESADOR.

TEMA 14.- INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SERVIDORES WINDOWS. HARDWARE Y COMUNICACIONES. 

TEMA 15.- INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SERVIDORES LINUX / UNIX. HARDWARE Y COMUNICACIONES. 

TEMA 16.- ALMACENAMIENTO MASIVO DE DATOS. SISTEMAS SAN, NAS Y DAS: COMPONENTES, PROTOCOLOS, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN. VIRTUALIZACIÓN DEL ALMACENAMIENTO, GESTIÓN DE VOLÚMENES.

TEMA 17.- GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y VIRTUALIZACIÓN DE SERVIDORES Y ESCRITORIO. 

TEMA 18.- INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SERVIDORES Y CLIENTES DE DIRECTORIO ACTIVO. 

TEMA 19.- INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SERVIDORES Y CLIENTES DNS Y DHCP. 

TEMA 20.- Instalación, configuración, administración y mantenimiento de servidores y clientes SMTP, POP. 

TEMA 21.- Servidores HTTP/HTTPS, FTP/FTPS, SSH y VPN. 

TEMA 22.- BASES DE DATOS: CONCEPTOS Y COMPONENTES. 

TEMA 23.- BASES DE DATOS RELACIONALES. LENGUAJE SQL. 

TEMA 24.- ESTÁNDARES DE CONECTIVIDAD ODBC Y JDBC. 

TEMA 25.- ARQUITECTURAS CLIENTE-SERVIDOR. TIPOLOGÍA. COMPONENTES. INTEROPERABILIDAD DE COMPONENTES. VENTAJAS E INCONVENIENTES. ARQUITECTURA DE SERVICIOS WEB (WS). 

TEMA 26.- LENGUAJES Y HERRAMIENTAS PARA LA UTILIZACIÓN DE REDES GLOBALES. LENGUAJES DE MARCA O ETIQUETA. CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONALIDADES. SGML, HTML, XML Y SUS DERIVACIONES. LENGUAJES DE SCRIPT. 

TEMA 27.- ENTORNO DE DESARROLLO MICROSOFT .NET PARA SOFTWARE CON DISTRIBUCIÓN. 

TEMA 28.- ENTORNO DE DESARROLLO JAVA PARA SOFTWARE CON DISTRIBUCIÓN. 

TEMA 29.- SOFTWARE DE CÓDIGO ABIERTO. SOFTWARE LIBRE.

 TEMA 30.- SISTEMAS CMS (CONTENT MANAGEMENT SYSTEMS) BASADOS EN PORTLETS. 

TEMA 31.- GESTORES DOCUMENTALES.

 TEMA 32.- ACCESIBILIDAD WEB. 

TEMA 33.- LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA (GIS). CONCEPTOS Y FUNCIONALIDAD. 

TEMA 34.- BASES DE DATOS GEOGRÁFICAS. 

TEMA 35.- PLAN DE SEGURIDAD. PLAN DE CONTINGENCIAS. 

TEMA 36.- PLAN DE RECUPERACIÓN Y POLÍTICAS DE SALVAGUARDA. 

TEMA 37.- EL MÉTODO MAGERIT V3 DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD. 

TEMA 38.- INGENIERÍA DEL SOFTWARE. CONCEPTOS. CICLO DE VIDA. PLANIFICACIÓN, GESTIÓN, ANÁLISIS. PRUEBAS Y DOCUMENTACIÓN. 

 

TEMA 39.- ANÁLISIS Y DISEÑO ORIENTADO A OBJETOS. CONCEPTO. ELEMENTOS. EL PROCESO UNIFICADO DE SOFTWARE. EL LENGUAJE DE MODELADO UNIFICADO (UML). PATRONES DE DISEÑO. 

TEMA 40.- METODOLOGÍA MÉTRICA 3. 

TEMA 41.- METODOLOGÍAS ÁGILES. 

TEMA 42.- DISEÑO DE BASES DE DATOS. EL MODELO LÓGICO RACIONAL. NORMALIZACIÓN. DISEÑO FÍSICO. ESTRUCTURAS DE DATOS. TABLAS, LISTAS Y ÁRBOLES. ORGANIZACIONES DE FICHEROS. 

TEMA 43.- APLICACIONES WEB. TECNOLOGÍAS DE PROGRAMACIÓN: JAVASCRIPT, SERVLETS, ASP, JSP Y PHP. 

TEMA 44.- SERVICIOS WEB: SOAP, WSDL Y UDDI. 

TEMA 45.- TECNOLOGÍAS BPM (BUSINESS PROCESS MANAGEMENT) Y SU INTEGRACIÓN CON LAS HERRAMIENTAS CMS, GESTORES DOCUMENTALES Y FIRMA ELECTRÓNICA. 

TEMA 46.- CONCEPTOS DE REDES DE COMUNICACIÓN. LOS MODELOS ISO/OSI Y TCP/IP. NORMALIZACIÓN. INTERNET. CABLEADO. 

TEMA 47.- TECNOLOGÍAS DE ACCESO: FIBRA, MÓVILES, INALÁMBRICA. REDES DE TRANSPORTE, REDES DE AGREGACIÓN. 

TEMA 48.- TECNOLOGÍAS FTTX. 

TEMA 49.- REDES IP: ARQUITECTURA, ENCAMINAMIENTO, IPV4 E IPV6. 

TEMA 50.- REDES DE NUEVA GENERACIÓN Y SERVICIOS CONVERGENTES. 

TEMA 51.- LAN: Tipología. Medios de transmisión. Acceso. Interconexión. Gestión.  Administración. Monitorización. Redes virtuales (VLAN). 

TEMA 52.- REDES DE ÁREA EXTENSA.

TEMA 53.- LA  SEGURIDAD  EN  REDES.  TIPOS  DE  ATAQUES  Y  HERRAMIENTAS  PARA  SU  PREVENCIÓN: CORTAFUEGOS,  CONTROL  DE  ACCESOS  E INTRUSIONES,  TÉCNICAS  CRIPTOGRÁFICAS,  ETC. 

TEMA 54.- MEDIDAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS PARA LAS COMUNICACIONES MÓVILES. 

TEMA 55.- LA SEGURIDAD EN EL DESARROLLO Y EXPLOTACIÓN DE APLICACIONES MÓVILES. 

TEMA 56.- LA  SEGURIDAD  EN  EL  NIVEL  DE  APLICACIÓN. TIPOS  DE  ATAQUES  Y  PROTECCIÓN  DE SERVICIOS WEB, BASES DE DATOS E INTERFACES DE USUARIO.

TEMA 57.- HERRAMIENTAS DE TRABAJO EN GRUPO Y TELETRABAJO, DIMENSIONAMIENTO Y CALIDAD DE SERVICIO, ACONDICIONAMIENTO DE SALAS, EQUIPOS Y COMUNICACIONES. 

TEMA 58.- ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y ESQUEMA NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD.

TEMA 59.- ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS. LA GESTIÓN ELECTRÓNICA. EL DNI ELECTRÓNICO. SEDES ELECTRÓNICAS, TRANSPARENCIA. INSTRUMENTOS PARA LA COOPERACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES. 

TEMA 60.- FIRMA ELECTRÓNICA. INTEGRACIÓN CON SERVICIOS DE FIRMA ELECTRÓNICA PROPORCIONADOS POR LA ADMINISTRACIÓN: LA PLATAFORMA @FIRMA. 

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE OFICIAL MECÁNICO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIOS DE CARRERA E INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del  Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), en el artículo 20 Uno y Siete de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y el acuerdo de Junta de Gobierno, de 23 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016, con el fin de atender las necesidades de personal de la Diputación Provincial de Guadalajara, se establecen las siguientes                              

BASES 

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS. 

Se convoca concurso-oposición libre para la provisión en propiedad de UNA PLAZA DE OFICIAL MECÁNICO, vacante en la Plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Guadalajara. La plaza objeto de la convocatoria está integrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clasificación Personal de Oficios, grupo de clasificación profesional C, subgrupo C2. 

SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE. 

Además de la normativa prevista en estas bases específicas, serán de aplicación a la presente convocatoria las bases genéricas que han de regir los procesos selectivos que se convoquen, para la provisión en propiedad, de las plazas de funcionarios de carrera  de la Diputación Provincial de Guadalajara, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 18, de 11 de febrero de 2011, con la actualización normativa. 

TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES.

Para la participación y admisión en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos exigidos en las bases genéricas, los siguientes: 

a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias. 

b)  Ingresar a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de diecisiete euros con diecisiete céntimos (17,17 euros), en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal –derechos de examen-. No obstante lo anterior, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por un período superior a seis meses, acreditándolo mediante tarjeta de desempleo del SEPECAM o certificado de dicho Servicio en el momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50% de la cuota (8,58€). El importe de la tasa deberá hacerse efectivo en la cuenta número ES36 2100 8665 9002 0001 7813 (LA CAIXA) ó ES69 2085 7605 9703 0031 7784 (IBERCAJA), con indicación de las pruebas selectivas a que se refiere, así como el nombre y apellidos del opositor. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. El interesado deberá presentar junto a la instancia el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.        

El abono de los derechos de examen también se puede realizar a través del Portal Web de Diputación, http://www.dguadalajara.es/web/guest/pagos.  

CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. 

1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo -cuyo modelo será facilitado por el Servicio de Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial-, en las que los aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todas las condiciones o requisitos que se exigen en las Bases Genéricas (Segunda) y Específicas (Tercera) de la convocatoria y que se comprometen a prestar el juramento o promesa exigido por el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, estarán dirigidas  al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de la misma, de 9 a 14 horas, dentro del plazo de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el art. art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

2. Junto con la instancia se deberá aportar, necesariamente, copia del resguardo del ingreso de la tasa por derechos de examen. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa del resto de los documentos, debiendo acreditarlos posteriormente en el caso de que sean seleccionados. La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria se hará mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada. 

3. Asimismo, los interesados harán constar en la instancia los méritos que reúnan de los que puntúan en el proceso selectivo, según lo señalado en la Base Octava, adjuntando certificaciones o justificantes acreditativos de los mismos, en original o en copias debidamente autorizadas o compulsadas, no admitiéndose la alegación ni justificación de méritos con posterioridad al día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 

Aquellos méritos alegados y no justificados debidamente no serán valorados. 

4. Deberá constar, además de sus datos personales, el número del D.N.I., domicilio completo, teléfono y, a ser posible, dirección de correo electrónico. 

5. Los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en la instancia, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.  

QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará por decreto, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y página web de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días para la presentación de subsanaciones, de acuerdo con lo prevenido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho Boletín Oficial, tablón de anuncios y página web de la Corporación. 

2. De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada. 

3. La publicación en ese Boletín determinará el comienzo de plazos y efectos de posibles impugnaciones y recursos.  

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR. 

1. Los miembros del Tribunal Calificador serán nombrados por el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara y estará constituido de la siguiente forma: 

Presidente: Un funcionario de carrera del Área de Recursos Humanos. 

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

 Vocales: Un funcionario de carrera designado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y otros dos designados por la Presidencia de la Diputación Provincial, técnicos o expertos en la materia. Conforme a las previsiones normativas contenidas en el III Acuerdo Marco, la Junta de Personal propondrá a uno de ellos, quien no ostentará representación alguna de dicha Junta u organización sindical y actuará a título individual. También podrán asistir, además, como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel de la Corporación Provincial. 

En el caso de los vocales a propuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta de Personal, si no se formulare la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles desde la petición, se entenderá que decaen en su opción. 

2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.  

SÉPTIMA.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS. 

1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 

2. Las pruebas no podrán comenzar hasta transcurridos al menos quince días naturales desde la publicación de la fecha, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición en el Boletín Oficial de la Provincia. Las restantes comunicaciones y notificaciones derivadas de las distintas convocatorias, si las hubiere, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara.  

OCTAVA.- PROCESO DE SELECCIÓN. 

1. El proceso de selección constará de dos fases: concurso y oposición. 

2. Fase de concurso. 

La fase de concurso no será eliminatoria y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación máxima de la fase de concurso no podrá exceder del veinticinco por ciento de la puntuación total del proceso selectivo, será de  66 puntos, de conformidad con el artículo 46.5 de la Ley 4/2011, de10 de marzo del empleo público de Castilla-La Mancha. La valoración de los méritos de la fase de concurso se incorporará a la puntuación final obtenida por aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas eliminatorias, a efectos de determinar la calificación final de los aspirantes y el orden de puntuación de los mismos. Los méritos alegados y justificados por los aspirantes en la fase de concurso y que el Tribunal valorará se regirán por el siguiente baremo: 

Experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria: 

  1. Por cada mes completo de servicios en la plaza objeto de la convocatoria en la Diputación Provincial de Guadalajara: 0,67 puntos.
  2. Por cada mes completo de servicios en plazas análogas de otras Administraciones Públicas: 0,20 puntos.

Se valorará la experiencia derivada de relación laboral o de nombramiento de funcionario, no considerándose como mérito los servicios prestados en colaboración social, como becarios ni por realización de prácticas formativas. 

A los efectos de valoración de méritos, se hace constar expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aún siendo invocados, no hubieren sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la Administración. 

La acreditación de los méritos se realizará mediante la oportuna certificación o documento análogo. Los méritos referidos a la Diputación Provincial de Guadalajara se harán constar por el Área de Recursos Humanos ante el Tribunal Calificador, dando traslado previamente a los interesados. 

3. Fase de oposición: 

La oposición constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio: 

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario, tipo test, que versará sobre el contenido de los temas incluidos en el programa anexo, de acuerdo con las siguientes especificaciones: 

Temario: 20 temas. Cuestionario: 25 preguntas. Tiempo máximo realización: 30 minutos. 

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. No se penalizarán las respuestas incorrectas. 

A juicio del Tribunal, esta prueba tipo test podrá sustituirse por quince preguntas cortas relacionadas directamente con el temario y confeccionadas inmediatamente antes del comienzo de la prueba. 

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados todos aquellos que no obtengan un mínimo de 50 puntos. 

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto o prueba de carácter práctico, de entre los dos que propondrá el Tribunal inmediatamente antes de comenzar la prueba, referidos a las materias específicas y relacionados directamente con las funciones de la plaza. El tiempo máximo de realización será de 60 minutos.

El ejercicio será calificado de 0 a 100 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 50 puntos. 

A juicio del Tribunal  este ejercicio práctico podrá celebrarse en primer lugar, es decir, con anterioridad al teórico (prueba tipo test  o preguntas cortas). 

4. En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes. 

5. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, se podrá reducir el plazo si lo propusiese el Tribunal y fuere aceptado unánimemente por los opositores. 

6. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara (Plaza de Moreno número 10) y en su página web, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.  

NOVENA.- VALORACIÓN DEL CONCURSO-OPOSICIÓN. 

1. Una vez superada la fase de oposición, el Tribunal calificará a los aspirantes en función de los méritos alegados y justificados por los mismos y formará la relación de las puntuaciones totales obtenidas por cada aspirante. 

2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición y de los méritos valorados. 

3. Los aspirantes podrán solicitar la revisión de sus exámenes hasta un mes después de haberse hecho pública la relación de aprobados del último ejercicio.  

DÉCIMA.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN. 

1. Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en su página web la relación de aprobados por orden de puntuación, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento. 

2. Los aspirantes propuestos para nombramiento, presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Corporación, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

3. Los opositores que tengan o hayan tenido relación de servicios con la Diputación Provincial, estarán exentos de presentar todos aquellos documentos que obren en su expediente personal. 

4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados ni, en su caso, contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia en que solicitó tomar parte en el concurso-oposición. En este caso, o en el de renuncia previa al nombramiento, el Presidente de la Corporación formulará nombramiento adicional a favor del aspirante que siguiendo el orden de puntuación a los aprobados y habiendo superado el concurso-oposición, no hubiera sido propuesto por no tener cabida en el número de plazas convocadas. 

5. El opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo señalado en el nombramiento, en caso contrario, a no ser que exista causa justificada, quedará en situación de cesante.  

DÉCIMO PRIMERA.- RECURSOS.

Las presentes bases genéricas y las bases específicas, así como los actos administrativos que se deriven de éstas y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.             

 DÉCIMO SEGUNDA.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES. 

Estas Bases Específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Tablón de Anuncios y página web de la Diputación Provincial de Guadalajara. 

PROGRAMA 

MATERIAS COMUNES: 

TEMA  1.- LA PROVINCIA EN EL RÉGIMEN LOCAL: ORGANIZACIÓN PROVINCIAL Y COMPETENCIAS. 

TEMA 2.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: CLASES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. EL PERSONAL DIRECTIVO. 

TEMA 3.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MOVILIDAD. 

TEMA 4.- EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO: DERECHOS INDIVIDUALES Y DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA.

TEMARIO ESPECÍFICO

TEMA 5.- MOTORES DE EXPLOSIÓN. CARACTERÍSTICAS Y TIPOS DE ALIMENTACIÓN. 

TEMA 6.- MOTORES DIESEL. CARACTERÍSTICAS Y TIPOS DE ALIMENTACIÓN. 

TEMA 7.- LA DISTRIBUCIÓN EN MOTORES DE EXPLOSIÓN Y DIESEL. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO 

TEMA 8.- EL ENGRASE EN MOTORES DE EXPLOSIÓN Y DIESEL. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 9.- LA REFRIGERACIÓN EN MOTORES DE EXPLOSIÓN Y DIESEL. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 10.- SISTEMAS DE ENCENDIDO EN LOS MORORES DE EXPLOSIÓN. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO 

TEMA 11.- EL EMBRAGUE EN VEHÍCULOS Y MÁQUINARIAS DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO

 TEMA 12.- LA TRASMISIÓN Y CAJA DE CAMBIOS EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 13.- SISTEMAS DE DIRECCIÓN Y LA SUSPENSIÓN EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 14.- SISTEMAS DE FRENADO EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 15.- ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 16.- SISTEMAS HIDRÁULICOS Y NEUMÁTICOS EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 17.- DIAGNOSIS DE AVERÍAS ELECTROMECÁNICAS EN VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE OBRAS PÚBLICAS. TIPOS Y FUNCIONAMIENTO. 

TEMA 18.- METROLOGÍA, HERRAMIENTAS Y SISTEMAS DE SOLDADURA EN TALLERES MECÁNICOS. 

TEMA 19.- MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS QUITANIEVES, DE DESBROCE MECÁNICO, DE DESATASCOS (SUCCIONADOR- IMPULSOR) Y PLATAFORMAS ELEVADORAS DE PERSONAS. 

TEMA 20.- SEGURIDAD Y SALUD EN TRABAJOS MECÁNICOS.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información adicional

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  • Municipios: Guadalajara
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