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Martes, 20 Octubre 2026 08:10

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 2/2026

2741

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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


2741

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torija de fecha 16 de septiembre de 2026 por el que se aprobó el expediente de modificación de créditos n.º 2/2026 en la modalidad de transferencia de créditos, dado que no se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público tras su publicación en el BOP nº 180 del día 22 de septiembre de 2026, con el siguiente resumen por artículos:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Créditos gastados

Créditos a transferir 

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 

 920

130.00

Retribuciones básicas 

79.820,50

23.873,85

30.000,00

49.820,50

920

130.02

Otras remuneraciones

24.699,94

6.252,93

10.000,00

14.699,24

920

120.00

Retribuciones básicas

29.852,31

12.052,99

10.000,00

19.052,99

920

121.00

Retribuciones complementarias

94.817,87

20.041,52

10.000,00

84.817,87

 

 

TOTAL

229.190,62

62.221,29

60.000,00

168.390,60

Altas en Aplicaciones de Gastos

APP

DENOMINACION

CI

INCREMENTO

CF

161 221.01

Abastecimiento agua potable

240.000,00

20.000,00

280.000,00

171.227.99

Parques y jardines: servic.externos

0

10.000,00

10.000,00

920.213

Maquinaria e instalaciónes

30.000,00

10.000,00

40.000,00

920.227.12

Mantenimiento servicios grales

35.000,00

20.000,00

55.000,00

TOTAL

305.000,00

60.000,00

365.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Torija a 15 de octubre de 2026. Firmado. El Alcalde-Presidente. Alvaro Murillo Bonacho

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