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Jueves, 17 Septiembre 2026 08:09

RECTIFICACIÓN ERRORES MATERIALES EN LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE APOYO AL SECTOR APÍCOLA DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2026.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO


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En cumplimiento de lo establecido en la base novena de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la Rectificación de la Resolución definitiva de la convocatoria de Concesión de Subvenciones de apoyo al sector apícola de la provincia de Guadalajara, año 2026, procediendo a publicar el Acuerdo de  09 de septiembre  de 2026 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, de  corrección de errores materiales.

“22.- Expediente 265/2026. Rectificación errores materiales en la Resolución Definitiva de la Convocatoria de concesión de subvenciones de apoyo al Sector Apícola de la provincia de Guadalajara, año 2026.

El Sr. Presidente da cuenta de que:

  1. La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el catorce de abril de dos mil veintiséis, aprobó las bases de esta convocatoria de subvenciones, que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 74, el día 21 de abril de 2026.
  2. El objeto de la presente Convocatoria es regular la concesión de subvenciones dirigidas a los apicultores de nuestra provincia, que contribuyan a financiar parte de los gastos que resultan necesarios para el desarrollo de su actividad.
  3. El importe global máximo de las subvenciones a conceder asciende a CIEN MIL EUROS (100.000,00.-€), financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 422 48901.
  4. El plazo de presentación de solicitudes fue de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, habiéndose recibido durante este periodo 105 solicitudes. De ellas, encontramos que 104 solicitantes cumplían los requisitos para tener la condición de beneficiario y habían presentado correctamente toda la documentación exigida.
  5. Examinadas las solicitudes, se emitió la Resolución Provisional del procedimiento de concesión de subvenciones que fue aprobada por la Junta de Gobierno el 23 de junio de 2026 y publicada en el BOP núm. 123, de 1 de julio de 2026.
  6. Una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles concedidos para la presentación de alegaciones, tras la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Provincia y no habiéndose recibido ninguna, se aprobó la Resolución Definitiva mediante Decreto núm. 2026-8161 de 20 de julio de 2026, que fue publicada en el BOP núm. 139 de 23 de julio de 2026.
  7. Posteriormente, se detectaron errores de transcripción en un NIF y en los nombres de varios beneficiarios.
  8. En base a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se propone aprobar la rectificación de los errores materiales detectados.

Por ello, vistos los informes preceptivos.

La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

PRIMERO.- Rectificar el error material en la transcripción del N.I.F. del siguiente beneficiario.

DONDE FIGURA:

NIF

BENEFICIARIO

CONCEPTO

SUBVENCIÓN APLICABLE

41

***8121**

SERGIO RAMIRO LARRIO

g) Asistencia a Ferias

967,36 €

DEBE FIGURAR:

NIF

BENEFICIARIO

CONCEPTO

SUBVENCIÓN APLICABLE

41

***2443**

SERGIO RAMIRO LARRIO

g) Asistencia a Ferias

967,36 €

SEGUNDO.- Rectificar los errores materiales en la transcripción de los nombres de los siguientes beneficiarios.

DONDE FIGURA:

NIF

BENEFICIARIO

CONCEPTO

SUBVENCIÓN APLICABLE

30

***9200**

ALICIA CLEMENTE

h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

47

***6830**

JUAN MORALES TORIJA

a) Adquisición de material y equipamiento.
h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

80

***3823**

HECTOR GORDO

a) Adquisición de material y equipamiento.
h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

103

***0194**

LUIS BALLESTER MARTINEZ

h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

DEBE FIGURAR:

NIF

BENEFICIARIO

CONCEPTO

SUBVENCIÓN APLICABLE

30

***9200**

ALICIA CLEMENTE CLEMENTE

h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

47

***6830**

JUAN IGNACIO MORALES TORIJA

a) Adquisición de material y equipamiento.
h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

80

***3823**

HECTOR GORDO NIETO

a) Adquisición de material y equipamiento.
h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

103

***0194**

LUIS BALLESTEROS MARTINEZ

h) Pago cotizaciones S.S.

967,36 €

TERCERO.- Publicar dichos acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones”.

En Guadalajara a 15 de septiembre de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara. D. José Luis Vega Pérez.

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