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Viernes, 12 Diciembre 2025 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 5/2025 DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2025

3802

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AYUNTAMIENTO DE HITA


3802

Acuerdo del Pleno de fecha 13 de noviembre de 2025, del Ayuntamiento de Hita, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 5 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos.

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 5/2025, con la modalidad de transferencias de crédito, de acuerdo al siguiente detalle:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN

DESCRIPCIÓN

CRÉDITOS A TRANSFERIR

PROGR.

ECONÓMICA

 

 

150

609

Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general

70.000

1532

609

Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general

10.000

 

 

TOTAL

80.000

Altas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN

Descripción

CRÉDITOS A INCORPORAR

PROGR.

ECONÓMICA

 

 

150

619

Otras inversiones de reposición de infraestructuras

y bienes destinados al uso general

10.000

920

203

Arrendamientos de maquinaria, instalaciones

y utillaje

6.000

920

210

Infraestructuras y bienes naturales

5.000

920

214

Elementos de transporte

3.000

920

22001

Prensa, revistas, libros y otras publicaciones

3.500

920

22101

Agua

2.500

920

22199

Otros suministros

3.000

920

22200

Servicios de telecomunicaciones

1.500

920

224

Primas de seguros

5.000

920

22501

Tributos de las Comunidades Autónomas

9.000

920

22706

Estudios y trabajos técnicos

30.000

920

231

De los miembros de los órganos de gobierno

1.500

 

 

TOTAL

80.000

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Hita, 9 de diciembre de 2025. Alcalde-Presidente.- Ignacio Ayuso Blas

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