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Viernes, 26 Septiembre 2025 08:09

DECRETO DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA Nº 2025/9659 DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2025 QUE APRUEBA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO 2025

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO


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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la base decimoséptima del procedimiento de referencia, se procede a publicar la resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones a Proyectos de cooperación al desarrollo 2025, mediante Decreto de la Presidencia de la Diputación de Guadalajara, nº 9659 de 18 de septiembre de 2025:

ANTECEDENTES

La Junta de Gobierno del 8 de abril de 2025 aprobó la Convocatoria de subvenciones a proyectos de Cooperación al desarrollo 2025. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se articuló el procedimiento de resolución del referido procedimiento de concesión de subvenciones, elevando a la Junta de Gobierno propuesta provisional. En sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de fecha 19 de agosto de 2025, se acuerda la Resolución provisional, concediendo a los interesados un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes.

El contenido de dicho acuerdo se publica en el BOP de la Provincia de Guadalajara número 163 de 26 de agosto de 2025. Una vez finalizado el plazo de alegaciones concedido (hasta el 10 de septiembre de 2025) se constata que no se han recibido reclamaciones al acuerdo provisional en el Registro General de este Servicio Gestor.

En la base decimosexta apartado 2 de la convocatoria, se establece: “El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando la evaluación y criterios de valoración seguidos para efectuarla. A continuación, la Junta de Gobierno de la Diputación emitirá resolución Provisional de la convocatoria que, será comunicado a los solicitantes conforme a lo establecido en el epígrafe siguiente y se concederá un plazo de 10 días para que presenten alegaciones que consideren oportunas en defensa de sus intereses. Transcurrido dicho plazo, y examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva.”

A la vista de los antecedentes referidos, y de conformidad con la propuesta motivada de la Diputada- Delegada de Bienestar Social e igualdad, sanidad, consumo, cooperación al desarrollo, género y diversidad,

RESUELVO

Primero. Modalidad A) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto en inversiones

Primero.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los dos proyectos presentados válidos, dado que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, existe dotación presupuestaria suficiente para atenderlos:

Nº Expte.

Entidad solicitante

NIF

Proyecto

Contraparte

Puntos

Coste total Proyecto

Cuantía ayuda Capítulo

IV

Cuantía ayuda Capítulo VII

Propuesta subvención

3401/

2025

MANOS UNIDAS

****677**

Fortalecimiento de comunidades indígenas y campesinas de la Chiquitanía en la transición ecológica justa con gobernanza ambiental, equidad de género y resiliencia

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROMO-CIÓN DEL CAMPE-SINADO (CIPCA) REGIONAL SANTA CRUZ

53,0

176.182,00 €

2.500,00 €

32.500,00 €

35.000,00 €

3460/

2025

CRUZ ROJA ESPAÑOLAASAMBLEA LOCAL DE GUADALA-JARA

****600**

Protección y asistencia integral basadas en las necesidades de los migrantes y las comunidades de acogida vulnerables, con especial atención en retornados, y orientadas hacia una autonomización socioeconómica más inclusiva y resiliente.

CRUZ ROJA NIGERIANA

46,5

1.077.578,84 €

699,00 €

8.734,98 €

9.433,98 €

Primero.2.- Desestimar las solicitudes presentadas por las siguientes entidades dado que incumplen lo establecido en la base octava, apartado C) Gastos Indirectos, así como en el Anexo VIII, apartado C) de la Convocatoria, que establecen que “los proyectos destinarán a gastos indirectos, como máximo un 8% del importe de la subvención solicitada y concedida”:

  • Solidaridad, Educación y Desarrollo (SED), Expediente nº 3419/2025, al solicitar en este concepto un monto que supone el 9,42 % de la ayuda solicitada.
  • Asamblea de Cooperación por la paz, Expediente nº 3458/2025, al solicitar en este concepto un monto que supone el 9,80 % de la ayuda solicitada.

Segundo. Modalidad B) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto corriente.

Segundo.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los dos proyectos presentados válidos, dado que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, existe dotación presupuestaria suficiente para atenderlos:

Nº Expte

Entidad solicitante

NIF

Proyecto

Contraparte

Puntos

Coste total Proyecto

Cuantía ayuda Capítulo IV

Propuesta de subvención

3414/

2025

FUNDACIÓN PARA LA COOPERA-CIÓN INTERNACIONAL DR MANUEL MADRAZO

****914**

Empoderamien-to económico de las mujeres a través de prácticas apícolas sostenibles en la microcuenca Uchama, Mizque, BOLIVIA.

CENTRO DE DESARRO-LLO COMUNAL Y MUNICIPAL (CEDESCO)

49,5

27.204,69 €

19.998,23

19.998.23 €

3457/

2025

CARITAS DIOCESANA SIGÜENZA-GUADALAJA-RA

****003**

"Transformigrando. Transformando con los niños y niñas y jóvenes migrantes residentes de la comunidad de Ressano García", MOZAMBIQUE

HERMANAS MISIONERAS DE SAN CARLOS BORROMEU SCALABRI-NIANAS (MSCS)

45,0

31.650,00 €

20.000,00 €

20.000,00 €

Segundo.2.- Desestimar la solicitud presentada por ARCORES ESPAÑA, Expediente nº 3456/2025, dado que el proyecto responde en su materialización a la financiación de los gastos anuales relativos al funcionamiento de su centro en Fortaleza, Brasil, el cual, es uno de los supuestos de exclusión de las ayudas, recogidos en la base tercera de la convocatoria.

Segundo.3.- No es posible estimar la solicitud presentada por la Asociación de Investigación y Especialización sobre temas iberoamericanos (AIETI), Expediente nº 3459/2025, al constatarse en su presupuesto, que se imputa a la subvención en concepto de Viaje personal expatriado un monto que supone el 3,75% de la ayuda solicitada, contraviniendo, por tanto, lo establecido en la base octava, apartado B.3) Gastos de viajes, estancias y dietas así como en el Anexo VIII, apartado B.3) de la Convocatoria que determina una limitación del 3% en dicho concepto.

Segundo.4.-. Inadmitir la solicitud presentada por la Fundación Amigos de Monkole, Expediente 3783/2025, por presentarse fuera del plazo de presentación de solicitudes establecido en la base decimotercera de la convocatoria.

Tercero. Dar traslado de este acuerdo mediante su publicación en el B.O.P. de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo establecido en la base decimoséptima de la convocatoria.

Cuarto.- Las Entidades beneficiarias estarán obligadas a cumplir con las obligaciones derivadas de la obtención de la ayuda, así como a presentar la cuenta justificativa de la ayuda concedida en el plazo máximo plazo máximo de 2 meses contados a partir de la fecha en que hubiera finalizado el proyecto, y como máximo hasta el 30 de noviembre de 2026, en los términos establecidos en la base vigésima de la convocatoria.

Quinto: Esta resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con lo establecido por el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

En Guadalajara, a 24 de septiembre de 2025, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

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