Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 20 Agosto 2025 08:08

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A COOPERATIVAS AGROALIMENTARIAS Y AGRARIAS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2025.

2512

Descargar pdf Anuncio

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO


2512

En cumplimiento de lo establecido en la base decima de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la concesión de subvenciones destinadas a cooperativas agroalimentarias y agrarias de la provincia de Guadalajara, año 2025, y se procede a publicar Decreto núm. 2025-8665 de Resolución Definitiva de 14 de agosto de 2025.

“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.- La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de mayo de 2025, aprobó la Convocatoria de subvenciones destinadas a Cooperativas agroalimentarias y agrarias de la provincia de Guadalajara, siendo publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con la Identificación: 834794 y publicado el extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 103 de fecha 30 de mayo de 2025.

2.- Con fecha 22 de julio de 2025, la Junta de Gobierno de la Diputación, en sesión ordinaria, aprobó la resolución provisional de la referida Convocatoria, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 144 de 29 de julio de 2025, concediéndose un plazo de 10 días para la presentación de alegaciones, de conformidad con lo contemplado en la base décima.

3.- Concluido el plazo para la presentación de alegaciones y no habiéndose formulado ninguna, procede elevar a definitiva la resolución provisional aprobada por la Junta de Gobierno de fecha 22 de julio de 2025.

4.- La norma décima de la Convocatoria de subvenciones señala que en caso de que no se produzcan alegaciones, será el Presidente el que apruebe la resolución definitiva.

5.- Constan en el expediente los informes preceptivos.

A la vista de los antecedentes referidos, y de conformidad con la propuesta motivada del Diputado-Delegado de Desarrollo Rural y Desarrollo Sostenible, Agenda 2030.

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la resolución, de carácter definitivo, para la concesión de las subvenciones a las Cooperativas agroalimentarias y agrarias que seguidamente se relacionan, para financiar gastos corrientes durante el año 2025:

Nº EXPEDIENTE.

COOPERATIVA

CIF

IMPORTE SOLICITADO

Nº. SOCIOS ACTIVOS

SUBV.PROPUESTA(valor €/socio X nº de socios)

OBSERVACIONES

 
 

4002/2025

SDAD. COOP. VIN. STA. Mª MAGDALENA

F19002245

40.000,00

106

38.405,80 €

   

4084/2025

COOP. LOCAL DEL CAMPO NTRA. SRA. DE LAS NIEVES

F19003003

63.283,00

50

18.115,94 €

   

4061/2025

NTRA. SRA. DE LA GRANJA SOC. COOP. DE CLM

F19002252

19.600,00

48

17.391,30 €

 

 

4549/2025

COOP. AGRÍCOLA LOCAL DE COGOLLUDO, SOC. COOP. DE CLM

F19002237

39.982,18

72

26.086,96 €

   

TOTAL ……………. 100.000,00 €

* El valor euro/socio es de 362,3188€, producto de la división del total del presupuesto (100.000,00 €) por el número total de socios (276 socios).

SEGUNDO.- Desestimar la siguiente solicitud al no disponer de socios activos, siendo éste el criterio de valoración a aplicar para determinar la cuantía de la subvención a conceder según la norma séptima de la convocatoria:

Nº EXPEDIENTE.

COOPERATIVA

CIF

IMPORTE SOLICITADO

Nº. SOCIOS ACTIVOS

Reparto credito

PROPUESTA DE SUBV.

OBSERVACIONES

€/socios x nº socios

4291/2025

COOPERATIVA VIRGEN DE LA LASTRA

F19004639

40.000,00 €

0

0,00 €

0,00 €

no dispone de socios activos

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo hubiera dictado o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No obstante lo anterior, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Guadalajara, a 19 de agosto de 2025. El presidente de la Diputación Provincial, D. José Luis Vega Pérez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 68 veces