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Miércoles, 20 Diciembre 2023 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO

4283

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AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA


4283

En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 17 de noviembre de 2023, adoptado por el Ayuntamiento de Brihuega, sobre el expediente de modificación de créditos nº15/2023 del Presupuesto General 2023, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente líquido de tesorería, que se hace público con el siguiente desglose:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones
de crédito

Progr.

Económica

 

 

 

 163

 13100

Limpieza viaria. Laboral temporal

 151.158,94

 10224,01

163

 12005

Limpieza viaria. Sueldo grupo E

 23.348,14

503,44

 163

12006

Limpieza viaria. Trienios

1.933,80

 1105,62

163

150

Limpieza viaria. Productividad

15.000,00

30372,98

920

12000

Administración General. Sueldos del Grupo A1

35.376,70

29436,48

920

12001

Administración General. Sueldos del Grupo A2

30.589,47

24930,55

920

12004

Administración General. Sueldos del Grupo C2

57.345,62

1263,85

912

10000

Organos de gobierno. Retribuciones básicas

55.020,41

1528,37

920

15000

Administración General. Productividad

8.000,00

3347,03

920

16000

Administración General. Seguridad Social

365.958,32

43648,08

932

22708

Gestión del sistema tributario. Servicios de recaudación a favor de la entidad

70000

70000

920

22604

Administración general. Jurídico, contenciosos

35.000,00

68987,44

150

21300

Administración general de vivienda y urbanismo. Reparación y mantenimiento de maquinaria municipal

15000

15155,49

161

20900

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Canones municipales

45.000,00

5530

150

61901

Administración general de vivienda y urbanismo. Inversiones de reposición Brihuega

76.000,00

13000

150

6090001

Administración general de vivienda y urbanismo. Inversiones nuevas Brihuega

5000,00

8622,46

TOTAL MODIFICACIÓN

 327655,8

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:

Suplementos en concepto  de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 8

 7

 0.00

 Remanente de tesorería. Para gastos generales

 327655,8

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Brihuega, a 18 de diciembre de 2023. El Alcalde, D. Luis Manuel Viejo Esteban.

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