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Martes, 28 Noviembre 2023 08:11

ACUERDO DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2023 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR LA QUE SE APRUEBA LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PL

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO


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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base  decimocuarta de la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia para la elaboración de los planes de igualdad internos, año 2023, se procede a publicar el Acuerdo de resolución de la referida convocatoria, según acuerdo en sesión ordinaria de 21 de noviembre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara:

14.- Expediente 4524/2023. Resolución provisional del procedimiento de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia para la elaboración de Planes de Igualdad Internos, año 2023.

El Sr. Presidente da cuenta de que visto el Acta del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido en fecha 14 de noviembre de 2023 tal y como consta en el Acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Ordenanza General de subvenciones, aprobada inicialmente en el Pleno de fecha 16 de julio de 2021 y publicada, de forma definitiva, en el BOP nº 172 de fecha 7 de septiembre, se eleva al órgano Competente de esta Excma. Diputación Provincial la siguiente

La Junta de Gobierno por cuatro votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

Primero. – Proponer la concesión de la subvención solicitada a los siguientes ayuntamientos para financiar la realización de las actividades recogidas en la tabla adjunta. Estas cuantías quedan supeditadas a la justificación del gasto establecido, en los términos referidos en la base decimosexta de la convocatoria:

Municipio

Nº Expte

Actividad subvencionada

SUMA TOTAL PUNTOS

Coste total previsto

Subvención solicitada

Ayuntamiento de Fuembellida

5844/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

1.200,00 €

1.080,00 €

Ayuntamiento de Baños de Tajo

5848/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

1.200,00 €

1.080,00 €

Ayuntamiento de Mazarete

5786/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Valhermoso

5845/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

1.200,00 €

1.080,00 €

Ayuntamiento de Castellar de la Muela

5779/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Embid

5682/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Estables

5783/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Taravilla

5838/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

1.200,00 €

1.080,00 €

Ayuntamiento de Tierzo

5775/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Torremocha del Pinar

5790/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Selas

5813/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Algar de Mesa

5852/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

2.500,00 €

2.250,00 €

Ayuntamiento de Almadrones

5894/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Anquela del Ducado

5768/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Castilforte

5766/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Olmeda de Cobeta

5774/2023

Elaboración de Diagnóstico y Plan de Igualdad

78

2.057,00 €

1.851,30 €

Segundo. – Proponer la concesión de una ayuda por el crédito restante hasta agotar la partida relativa a la convocatoria, de 3.422,70 €, al Ayuntamiento de Ablanque, con NIF  **9002*** y nº de expte 5799/2023, siguiente Ayuntamiento por el orden de prelación establecido y dado que no es posible asignarle la cuantía solicitada por éste (3.600,00 €) para la elaboración de diagnóstico y plan de igualdad los cuales suponen un importe de 4.000,00 €, por agotamiento del crédito disponible. Esta ayuda se entenderá tácitamente aceptada, salvo notificación expresa de renuncia en los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la resolución adoptada. Dicha ayuda queda igualmente supeditada a la justificación del gasto establecido, en los términos referidos en la base decimosexta de la convocatoria.

Tercero. – No es posible conceder la ayuda solicitada a las siguientes entidades dado que, una vez establecido el orden de prelación referido en la base duodécima de la convocatoria de subvenciones, se asignan los fondos disponibles según la cuantía solicitada por cada ayuntamiento hasta agotar el crédito. Quedan, por tanto, excluidos de las ayudas:

Municipio

Nº Expte

Población

Nº Trabajadores

SUMA TOTAL PUNTOS

Coste total previsto

Subvención solicitada

Ayuntamiento de Luzón

5800/2023

65

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Yélamos de Abajo

5815/2023

65

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Peñalén

5814/2023

78

*

78

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento de Campillo de Dueñas

5771/2023

80

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Algora

5895/2023

80

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Irueste

5896/2023

81

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Solanillos del Extremo

5593/2023

87

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Fuentelsaz

5817/2023

88

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de La Yunta

5773/2023

90

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Tordesilos

5819/2023

93

*

78

1.052,51 €

947,26 €

Ayuntamiento de Cobeta

5791/2023

108

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Millana

5787/2023

110

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Poveda de la Sierra

5802/2023

116

*

78

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento de Salmerón

5767/2023

128

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Villanueva de Alcorón

5615/2023

135

*

78

1.000,00 €

900,00 €

Ayuntamiento de Alustante

5820/2023

145

*

78

1.052,51 €

947,26 €

Ayuntamiento de Tamajón

5692/2023

147

*

78

1.911,80 €

1.720,62 €

Ayuntamiento de Alocén

5801/2023

159

*

78

2.420,00 €

2.178,00 €

Ayuntamiento de Villel de Mesa

5857/2023

173

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Tortuera

5683/2023

181

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Orea

5792/2023

189

*

78

1.815,00 €

1.633,50 €

Ayuntamiento de Budia

5841/2023

197

*

78

4.356,00 €

3.920,40 €

Ayuntamiento de Maranchón

5640/2023

225

*

78

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Cifuentes

5691/2023

1625

*

70

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento Aranzueque

5591/2023

358

*

68

3.025,00 €

2.722,50 €

Ayuntamiento Molina de Aragón

5445/2023

3234

*

65

5.000,00 €

4.000,00 €

Ayuntamiento Marchamalo

5507/2023

8030

*

65

4.062,27 €

3.656,04 €

Ayuntamiento de Yunquera de Henares

5641/2023

4329

*

58

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de Trijueque

5788/2023

1478

*

58

4.000,00 €

3.600,00 €

Ayuntamiento de El Casar

5803/2023

12919

*

50

8.000,00 €

4.000,00 €

Ayuntamiento de Pioz

5789/2023

5013

*

40

4.900,00 €

4.000,00 €

Cuarto. – Proponer la desestimación de la solicitud del Ayuntamiento de Torrejón del Rey, NIF **9338*** y expediente 5920/2023, por grabar el formulario de solicitud fuera del plazo establecido en la convocatoria (Registro nº 2023-E-RE-10725 de fecha 23/10/2023). Aporta también documento de rechazo de notificación que no puede relacionarse con los documentos aportados dada la diferencia de fechas entre la fecha de la notificación y los anexos aportados y que, además, incumple lo establecido en la base décima de la convocatoria. No obstante, de baremarse el proyecto, este hubiera alcanzado una puntuación insuficiente para obtener subvención.

Quinto. – Dar traslado del acuerdo provisional a los beneficiarios mediante su publicación en el B.O.P. de Guadalajara, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de la base undécima del procedimiento de concesión de subvenciones. Transcurrido el mismo, si no ha existido respuesta a lo aprobado, o las alegaciones presentadas no se consideran suficientes, se procederá a dictar resolución definitiva.”

Lo que se publica a los efectos oportunos y significándole que contra el presente acuerdo no cabe la interposición de ningún recurso al tratarse de un acto de trámite y no encontrarse entre los supuestos previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todo ello sin perjuicio de que la oposición al mismo pueda alegarse por el interesado, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

En Guadalajara, a 23 de noviembre de 2023, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

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