Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 19 Mayo 2021 08:05

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, EN PROPORCIÓN A SU REPRESENTATIVIDAD, PARA EL AÑO 2021

1538

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, EN PROPORCIÓN A SU REPRESENTATIVIDAD, PARA EL AÑO 2021.
Descargar pdf Anuncio

SERVICIO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GÉNERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO. ÁREA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS


1538

ACUERDO DE 4 DE MAYO DE 2021 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, EN PROPORCIÓN A SU REPRESENTATIVIDAD, PARA EL AÑO 2021.-

BDNS (Identif.): 564309

Título: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-promocion-economica)

Primero.- OBJETO Y ÁMBITO:

El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de concesión de las ayudas dirigidas a los sindicatos u organizaciones sindicales, constituidas al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, en proporción directa a su representatividad, basada en los resultados electorales obtenidos en el ámbito territorial de la provincia de Guadalajara. Para comprobar la representatividad se tendrán en cuenta los datos obrantes en la oficina pública de registro de actas de elecciones sindicales, adscrita a la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Guadalajara, de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, durante el período de tiempo comprendido entre el 31/12/2016 y el 31/12/2020.

 

Segundo.- ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán solicitar las presentes subvenciones todos aquellos sindicatos u organizaciones sindicales constituidas al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, que hubieran obtenido un número de delegadas o delegados de personal, o miembros del comité de empresa o de juntas de personal, en las elecciones sindicales y en el ámbito de la provincia de Guadalajara, así como las federaciones y confederaciones en los que aquellos se integren, que representen al menos el dos por ciento del total.

A los efectos de comprobar si la organización sindical ha tenido una representatividad superior al dos por ciento, dentro del período comprendido entre el 31/12/2016 y el 31/12/2020, se ha solicitado un certificado a la oficina pública de registro de actas de elecciones sindicales, adscrita a la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Guadalajara, de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. En el mismo se relaciona el número de representantes sindicales de las diferentes asociaciones sindicales en el ámbito de la provincia de Guadalajara, referido tanto a personal laboral como funcionario, siendo los que se indican:

 

REPRESENTATIVIDAD DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN LA PROVINCIA DE GUADALAJARA

PROVINCIA: GUADALAJARA 

PERIODO: 31/12/2016 HASTA 31/12/2020

SINDICATOS CON REPRESENTATIVIDAD SUPERIOR AL 2%

DELEGADOS

COLEGIO 1

COLEGIO 2

COLEGIO 3

TOTAL

REPRESENTAVIDAD

CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS

47

35

28

1

111

6,57 %

COMISIONES OBRERAS

163

118

331

11

623

36,91 %

FEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE ENSEÑANZA DEL ESTADO ESPAÑOL

14

33

4

0

51

3,02 %   

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES

206

129

300

14

649

38,45 %

UNIÓN SINDICAL OBRERA

13

11

30

0

54

3,2 %

RESTO ORGANIZACIONES SINDICALES

REPRESENTATIVIDAD INFERIOR AL 2 %

TOTALES GENERALES

CONJUNTO ORGANIZACIONES SINDICALES

 PROVINCIA GUADALAJARA

511

388

760

29

1688

100 %

FUENTE:    OFICINA PÚBLICA DE REGISTRO DE ELECCIONES SINDICALES DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA.

 

Tercero.- BASES REGULADORAS:

Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 59, de 17 de mayo de 2004 y en la url: https://transparencia.dguadalajara.es/ordenanza/ordenanza-general-de-subvenciones/

Además, esta convocatoria está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para el período 2020-2022, aprobado por el Pleno de la corporación, en sesión ordinaria el 27 de febrero de 2020, y publicado en el BOP nº 53 de fecha 17 de marzo de 2020, y en la siguiente url: https://boletin.dgudalajara.es/boletin/index.php/2-anuncios/37592-PLAN-ESTRAT?GICO-DE-SUBVENCIONES-20202022 

 

Cuarto.- CUANTÍA:

El importe total máximo de las ayudas a conceder asciende a la cantidad de veinticinco mil euros (25.000€), que se realizará con cargo a la aplicación 422 48100 del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Guadalajara para el ejercicio 2021.

Dicho importe se dividirá entre las organizaciones sindicales solicitantes que cumplan con el requisito de representatividad del dos por ciento, de forma directamente proporcional al número de representantes obtenidos por cada una de ellas durante el período de tiempo comprendido entre el 31/12/2016 y el 31/12/2020, de acuerdo con la siguiente tabla:

REPRESENTATIVIDAD

ORGANIZACIONES SINDICALES

SUBVENCIÓN MÁXIMA

Más de 38%

8.600 €

De 37,99 a 35%

8.100 €

De 34,99 a 32%

7.600 €

De 31,99 a 29%

7.100 €

De 28,99 a 26%

6.600 €

De 25,99 a 23%

6.100 €

De 22,99 a 20%

5.600 €

De 19,99 a 17%

5.100 €

De 16,99 a 14%

4.600 €

De 13,99 a 11%

4.100 €

De 10,99 a 8%

3.600 €

De 7,99 a 5%

3.100 €

De 4,99 a 2%

2.600 €

 

Quinto.- GASTOS SUBVENCIONABLES:

Serán subvencionables los gastos corrientes que tengan por objeto todas aquellas actividades o actuaciones sindicales, por los siguientes conceptos:

  1. Orientación laboral.
  2. Salud laboral.
  3. Asesoría jurídica.
  4. Gastos derivados de la negociación colectiva, de la formalización de convenios y de conflictos laborales.
  5. Asesoramiento y defensa de los trabajadores.
  6. Negociación de ERTES Y ERES.
  7. Actos ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  8. Acciones formativas.
  9. Acciones y actuaciones derivadas del COVID-19.
  10. Adquisición de medios de prevención (EPI).
  11. Campañas divulgativas.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la base decimotercera.

El importe del IVA formará parte de la actuación y, por tanto, será subvencionable cuando éste no tenga el carácter de compensable o recuperable para el beneficiario. En caso contrario, no será subvencionable.

Únicamente serán objeto de ayuda los gastos de carácter corriente, en ningún caso los gastos en bienes de inversión.

Los gastos subvencionados son compatibles con las ayudas procedentes de otras entidades del sector público que puedan recibirse para la misma finalidad, sin que en ningún caso el importe de la subvención -aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos-, supere el coste de la actividad subvencionada.

 

Sexto.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las organizaciones sindicales que deseen acogerse a las ayudas deberán presentar sus solicitudes en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara. La documentación que tendrán que aportar es la siguiente:

  1. Anexo I (Impreso de Solicitud).
  2. Anexo II (Declaración Responsable).
  3. Anexo III (Ficha de Terceros).
  4. Fotocopia del Código de Identificación Fiscal.
  5. Certificado de encontrarse al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  6. Certificado de encontrarse al corriente con la Seguridad Social.
  7. Memoria explicativa del gasto para el que se solicita la subvención, junto con los presupuestos (en el caso de que el gasto no se haya realizado), o las facturas (en el caso de que el gasto se haya realizado).

De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común, las solicitudes de subvención de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica deberán presentarse en la Sede Electrónica de Diputación (https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0), mediante Instancia general. Para el acceso a la misma, será necesario identificarse electrónicamente por cualquiera de los medios principales citados en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. Los anexos, junto con el resto de la documentación, deberán incluirse en el paso 3 de la tramitación electrónica del procedimiento (Instancia general).

También se podrá presentar la solicitud en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En todos los casos, para ser admitido en la convocatoria, el formulario de solicitud deberá ser grabado y enviado antes de la finalización del plazo establecido.

 

Séptimo.- OTROS DATOS

Dada la Naturaleza de la Convocatoria, no se fijará un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, ya que el crédito consignado en la convocatoria resulta suficiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las entidades beneficiarias de la subvención deberán presentar la cuenta justificativa en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 30 de octubre de 2021.

Los modelos de los distintos Anexos en formato digital para su descarga podrán localizarse en el siguiente enlace: http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-promocion-economica

Guadalajara, 17 de mayo de 2021. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 271 veces