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Lunes, 16 Diciembre 2019 08:12

ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO

3267

ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO
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AYUNTAMIENTO DE LA TOBA


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Conforme a lo solicitado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, se inicia por este Ayuntamiento el procedimiento para la propuesta de nombramiento del cargo de Juez/a de Paz Titular de esta localidad, para su posterior remisión a la Sala de Gobierno del citado Tribunal para la continuación de su tramitación.

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

A la solicitud se adjuntarán los siguientes documentos:

- Fotocopia del D.N.I.

- Declaración responsable haciendo constar que el interesado es español, mayor de edad y no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, asimismo será de aplicación el régimen de incompatibilidades de la Carrera Judicial de acuerdo con los artículos 389 a 397 de la norma antedicha.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://latoba.sedelectronica.es].

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En La Toba a 12 de diciembre de 2019. El Alcalde. Javier Cantero González

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  • Municipios: Toba (La)
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