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Miércoles, 04 Julio 2018 08:07

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

2083

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
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AYUNTAMIENTO DE EL CASAR


2083

Transcurrido el período de exposición al público del acuerdo provisional de aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. No habiéndose presentado reclamación alguna, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, queda aprobado  definitivamente el acuerdo hasta entonces provisional.

Contra los presentes acuerdos definitivos, los interesados podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo y el texto de la Ordenanza.

 El texto íntegro en documento es el siguiente:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

BONIFICACIONES

Se añade el apartado número cinco al artículo 4 de la Ordenanza:

5.- Los vehículos automóviles de las clases a), b) y c) del artículo 5 disfrutarán de una bonificación en la cuota del impuesto, en los términos y porcentajes que se disponen a continuación, al objeto de fomentar el uso de combustibles alternativos y con el fin de reducir las emisiones contaminantes:

a) Los de motor eléctrico y/o emisiones nulas, un 75% sin fecha fin de disfrute.

b) Los híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas) que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo que minimicen las emisiones contaminantes, un 50% durante cuatro años naturales desde su primera matriculación.

c) Aquellos cuyo combustible sea exclusivamente GLP (Gas Licuado Petróleo), un 50% durante cuatro años naturales desde su primera matriculación.

d) Los adaptados para la utilización del gas como combustible, un 30% durante cuatro años naturales desde su primera matriculación.

Los interesados deberán solicitar la bonificación por escrito, acompañando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos en cada caso exigidos.

En El Casar a 28 de junio de 2018. Fdo. José Luís González Lamola

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  • Municipios: Casar (El)
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