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Miércoles, 03 Mayo 2017 08:05

EDICTO DECRETO 26-4-17, EJECUCIÓN 250/2016

1298

DECRETO 26-4-17
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JUZGADO DE LO SOCIAL N. 16 DE MADRID


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CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 250/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. TAMARA BENITO MORENO frente a D./Dña. VICENTE AGUILA MALENZA y PARDO PELUQUEROS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el embargo sobre el salario o retribución de cualquier otra naturaleza que de la empresa PROSEGUR SOLUCIONES INTEGRALES DE SEGURIDAD ESPAÑA SL perciba D./Dña. VICENTE AGUILA MALENZA y PARDO PELUQUEROS SL, apremiado en las presentes actuaciones, por un importe suficiente a cubrir principal, intereses y costas provisionales; por lo que requiérase a la referida empresa bajo su personal responsabilidad para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional; debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo. 

Adviértase: A) que el pago que en su caso se hiciere al apremiado no sería valido (art.1.165 Código Civil ) y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente al acreedor, y B) de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (arts.257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio) .

Notifíquese a las partes. 

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. 

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.- D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a D./Dña. VICENTE AGUILA MALENZA y PARDO PELUQUEROS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento. 

En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil diecisiete. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA 

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