Mancomunidad de Aguas del Sorbe
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, adoptado en fecha 4 de septiembre de 2014, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que se hace público, resumido por capítulos:
Presupuesto de gastos
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Altas en aplicaciones de gastos |
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Capítulo |
Euros |
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7 |
500.000 € |
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Bajas en aplicaciones de gastos |
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Capítulo |
Euros |
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1 |
55.755,23 |
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2 |
81.422,14 |
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4 |
362.822,63 |
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TOTAL GASTOS |
500.000,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Guadalajara a 15 de octubre de 2014.– El Presidente, Jaime Carnicero de la Cámara.
