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Lunes, 22 Diciembre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4612

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Fuembellida sobre la modificación de la Ordenanza de la Tasa de Suministro de Agua, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

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Ayuntamiento de Fuembellida

 

4612

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Fuembellida sobre la modificación de la Ordenanza de la Tasa de Suministro de Agua, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

«SERÁ DE APLICACIÓN LA SIGUIENTE TARIFA: CUOTA MÍNIMA O DE SERVI­CIO 20,00 €».

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Fuembellida a 2 de diciembre de 2014.– El Alcalde, Ángel Luis Orejudo Hernández.

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  • Municipios: Fuembellida
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