Ayuntamiento de Yebes
628
Anuncio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Yebes, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Yebes a 18 de febrero de 2015.– El Alcalde, Joaquín Ormazábal Fernández.
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
La modificación consiste en la ampliación del articulado del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Yebes, publicado en el BOP, número 38, de 28 de marzo de 2012, incorporando el anexo siguiente:
Anexo I
1.- REGLAS DE CONVIVENCIA:
• En los servicios mantener una higiene personal adecuada.
• La uniformidad debe ser adecuada a la institución a la que representamos, por lo tanto los voluntarios deben de ir con botas de seguridad, uniformes de invierno y verano dotados por la Agrupación, con los polos por dentro del pantalón y este por encima de las botas. Los responsables irán con la identificación visible.
• El respeto a los compañeros es fundamental para el buen funcionamiento de la Agrupación, por lo tanto cualquier problema que surja se hablará en privado con los responsables de la Agrupación o si es necesario con el resto de voluntarios.
• Las reuniones de los voluntarios son privadas, lo que se habla en ellas no se hace público, ya que si es necesario lo hará el jefe de Agrupación.
2.- BASE:
• Todo el material que hay en la base está a disposición de todos los voluntarios siempre que se le dé un uso adecuado.
• El microondas, la cafetera, etc., se limpiarán después de su uso.
• El ordenador se usará de una manera correcta, consulta de correo electrónico, consultas en internet, entretenimiento, etc., teniendo en cuenta que el uso de internet puede estar controlado por los responsables de informática del ayuntamiento. Asimismo está prohibido la descarga o instalación de aplicaciones, ya que este ordenador cuenta las aplicaciones originales necesarias para su funcionamiento. La impresora será usada con responsabilidad.
• El mantenimiento de la base se hará entre todos los voluntarios que hayan hecho el servicio y consistirá en barrer y fregar el suelo si fuera necesario dejando la base lista para el siguiente servicio.
• Cuando se termine el servicio hay que comprobar que los aires acondicionados, el ordenador y luces estén apagados, también debemos comprobar que todas las ventanas estén cerradas.
3.- SERVICIOS:
• El responsable de la Agrupación, notificará los servicios (guardias, preventivos o requerimientos del 112) a través del grupo de WhatsApp creado al efecto «Guardias y Preventivos» para que todos los voluntarios tengan la información al mismo tiempo. Por este mismo medio los voluntarios darán la disponibilidad para que quede constancia y apuntar las horas de servicio.
• El voluntario que se apunta a un servicio tiene que estar puntual en la base a la hora indicada y correctamente uniformado.
• El responsable y conductor del servicio será nombrado por el jefe de Agrupación, este responsable a su vez asignará su puesto a cada voluntario en el servicio.
• Si por alguna circunstancia un voluntario que va a asistir a un servicio no pudiera hacerlo, deberá notificarlo lo antes posible para buscar un sustituto.
• Todos los servicios empiezan y terminan en la base una vez recogido y limpio el material utilizado, exceptuando que haya algún voluntario que tenga su residencia en el mismo lugar en el que se vaya a realizar el servicio y así lo solicite.
• Es obligatorio rellenar el parte de asistencia en las atenciones que se hagan para que quede constancia de ellas ante posibles reclamaciones.
• Durante el servicio está prohibido consumir bebidas alcohólicas y por supuesto ninguna otra sustancia. El incumplimiento de esta norma será motivo de sanción.
• El uniforme se usará solamente para los servicios de la Agrupación, por lo que al término de estos, se deberá sustituir por ropa de calle.
• A los servicios no se puede acudir con menores a nuestro cargo, ya que puede surgir algún imprevisto y tener que abandonar la zona.
4.- VEHÍCULO.
• El vehículo es para el servicio exclusivo del Ayuntamiento de Yebes, con las excepciones del 112 o la solicitud de otra Agrupación, para lo cual se debe contar con la autorización del Alcalde o Concejal responsable.
• El conductor será el responsable del vehículo y su dotación, debiendo rellenar el parte que existe para tal efecto.
• Si por alguna razón hubiera que sustituir al conductor se deberá hacer constar en el parte.