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Miércoles, 04 Marzo 2015 00:00

EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL de Guadalajara

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Anuncio DE COBRANZA DE LAS TASAS DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

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Servi­cio Provincial de Recaudación

 

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Anuncio DE COBRANZA DE LAS TASAS DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que, de conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a partir del próximo día 20 de marzo y hasta el 20 de mayo (ambos inclusive) de 2015, tendrá lugar la cobranza en período voluntario de las Tasas de los municipios de la provincia y otras entidades locales de la relación adjunta, de los períodos y ejercicios que se indican. El presente anuncio de cobranza se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en las oficinas de los Ayuntamientos respectivos. También se divulgarán estos edictos mediante la inserción de anuncios en la prensa digital provincial.

A tal fin se remitirán por correo a los contribuyentes los recibos de los mencionados tributos (salvo que se encuentre domiciliado el pago) que, de acuerdo con el Anexo 2 del Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario, se componen de dos ejemplares: El primero para el contribuyente, con poder liberatorio una vez validado mecánicamente o con sello y firma autorizada de la entidad colaboradora; y el segundo para la entidad colaboradora, que le servirá de justificante de la operación realizada. Mediante la presentación de los mencionados recibos, los contribuyentes podrán efectuar el pago de estos tributos, con independencia del municipio al que corresponda, mediante ingreso en efectivo o cargo en cuenta, durante los días y horas hábiles de ingreso, única y exclusivamente en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras siguientes:

• IBERCAJA BANCO S.A.U.

• CAJA RURAL CASTILLA-LA MANCHA.

• BANCO SANTANDER.

• BBVA.

• CAIXABANK, S.A.

• BANKIA.

En los municipios que a continuación se citan, al haberse establecido en sus ordenanzas fiscales una bonificación a favor de los sujetos pasivos que domicilien la deuda en una entidad financiera, las liquidaciones (Agua y/o Tributos Varios), que se cobren mediante esta modalidad, tendrán la bonificación en cuota que también se indica: Albalate de Zorita (3%), Alovera (3%), Armuña de Tajuña (3%), Brihuega (3%), Cabanillas del Campo (5%), Fontanar (3%), Fuencemillán (4%), Horche (3%), Loranca de Tajuña (5%), Lupiana (3%), Olmeda de Jadraque (5%), Orea (3%), Robledillo de Mohernando (3%), Torija (5%), Tórtola de Henares (3%) y Valverde de los Arroyos (3%).

En el supuesto de no haber recibido por correo los mencionados recibos o haberlos extraviado, los interesados podrán solicitar una segunda copia en el Servi­cio Provincial de Recaudación, para su posterior ingreso en las entidades colaboradoras.

Transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, con los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan (ar­tícu­lo 24 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación).

A todos los efectos el Servi­cio Provincial de Recaudación se halla en Guadalajara (19003), calle Atienza, 4 (Centro San José Bajo) (teléfono: 949 887 582, fax: 949 247 509) (dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Guadalajara, 24 de febrero de 2015.– El Diputado Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robisco Pascual.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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