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Miércoles, 25 Febrero 2015 00:00

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN Guadalajara

403

Tramitado el correspondiente expediente sancionador con el n.º 20/2014, se ha dictado por esta Subdelegación del Gobierno Resolución sancionadora imponiéndose a la empresa José Lomas Ruiz, una multa de diez mil cuarenta y seis euros con noventa y seis céntimos (10.046,96 ?) por aplicación del grado mínimo en atención a las circunstancias consignadas en el acta. Junto a dicha Resolución, se remite mod. 069, de acuerdo con las nuevas instrucciones contenidas en apartado 6.º Orden PRE/3662/03 para hacer efectivo el importe de la sanción.

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403

NOTIFICACIÓN

Con fecha 7 de agosto de 2014, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Guadalajara, Ievantó acta de infracción n.º 36336/2014 a la empresa José Lomas Ruiz, con domicilio, a efectos de notificaciones, en calle Málaga n.º 404 El Casar –Guadalajara–, por infracción a lo dispuesto en el ar­tícu­lo 36.4 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009, al haber dado empleo a trabajadores extranjeros, sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, lo que constituye una infracción muy grave tipificada en el ar­tícu­lo 54.1.d) de la Ley Orgánica 4/2000 en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social.

Tramitado el correspondiente expediente sancionador con el n.º 20/2014, se ha dictado por esta Subdelegación del Gobierno Resolución sancionadora imponiéndose a la empresa José Lomas Ruiz, una multa de diez mil cuarenta y seis euros con noventa y seis céntimos (10.046,96 €) por aplicación del grado mínimo en atención a las circunstancias consignadas en el acta. Junto a dicha Resolución, se remite mod. 069, de acuerdo con las nuevas instrucciones contenidas en apartado 6.º Orden PRE/3662/03 para hacer efectivo el importe de la sanción.

Intentada la notificación de la Resolución sancionadora junto con la correspondiente carta de pago (069), por medio de todos los procedimientos previstos en el ar­tícu­lo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no he sido posible practicarla por ignorarse su actual domicilio, por cuyo motivo y desconociéndose su actual paradero, de conformidad con el apartado 4 del ar­tícu­lo 59 de la citada Ley 30/1992, se hace público en este periódico oficial, a los efectos de la notificación previsto en este precepto, pudiendo retirar ambos documentos en esta Subdelegación del Gobierno (P.º Dr. Fernández Iparraguirre, 8),

Contra la Resolución se puede interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, o ante el de la jurisdicción del domicilio del demandante, de conformidad con establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, y en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, reformada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio.

Potestativamente se podrá interponer contra la resolución recurso de reposición como previo al contencioso-administrativo, en le plazo de un mes, ante la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara, de conformidad con lo preceptuado en los ar­tícu­los 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Guadalajara a 30 de enero de 2015.– El Subdelegado del Gobierno, Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco.

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