Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1179
NIG: 19130 44 4 2013 0101441
N28150
Ejecución de títulos judiciales 111/2014
Procedimiento origen: Despido/Ceses en general 300/2013
Sobre despido
Demandante/s: D./D.ª Marina Ovejero González
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Juan Antonio Castillo Meseguer
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 111/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Marina Ovejero González contra la empresa Juan Antonio Castillo Meseguer, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DE FECHA 12/03/2015.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Marina Ovejero González, Juan Antonio Castillo Meseguer, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a doce de marzo de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a doce de marzo de dos mil quince.
Por este Juzgado y en repetidas ocasiones se ha intentado el acto de comunicación con el ejecutado habiendo utilizado los medios oportunos para la investigación del domicilia, incluida la averiguación a través de los registros y organismos pertinentes, y a través de exhorto remitido a la agrupación de Juzgados de Paz de Pastrana, con resultado siempre negativo. Por lo que en virtud del art. 59 de la vigente LRJS, se ha acordado publicar todas las resoluciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Siendo carga procesal de las partes mantener los datos actualizados, se le requiere al ejecutante para que informe a este órgano judicial se conoce o pudiera conocer el paradero del ejecutado, o si conoce cualquier tipo de bien o derecho del cual no se ha obtenido constancia a través de la investigación judicial practicada por este Juzgado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.
