Ayuntamiento de Brihuega
1783
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno del Ayuntamiento de Brihuega, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de marzo de 2015, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbano.
Sometido a información pública el acuerdo mediante inserción de anuncio en el BOP n.º 37, de 27 de marzo de 2015, no se han formulado alegaciones durante el plazo legalmente establecido, por lo que la modificación provisional deviene definitiva.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se da publicidad al contenido íntegro de la modificación definitivamente aprobada:
VI. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Art. 5. 1 Se concederá una bonificación del 90% de la cuota del impuesto en las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del domicilio que afecten al domicilio habitual realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de descendientes de primer grado y adoptados, cónyuges y ascendientes de primer grado y adoptantes.
INCLUSIÓN APARTADO 3
Art. 5. 3 Para el resto de bienes distintos de la vivienda habitual, se concederá una bonificación del 50% de la cuota para los mismos sujetos pasivos indicados en el párrafo anterior.
En Brihuega a 27 de abril de 2015.– La Alcaldesa, Adela de la Torre de Lope.
