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Lunes, 15 Junio 2015 00:00

Mancomunidad Tajo-Guadiela

2225

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS. MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS, CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA

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Mancomunidad Tajo-Guadiela

 

2225

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS. MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS, CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA

A) No hay alegaciones: Anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 14 de abril de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 01/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

Altas en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCION

EUROS

Progr.

Económica

162

227

Trabajos realizados por empresas

126.181,09

934

227

Trabajos realizados por empresas

79,65

943

467

A Consorcios

17.068,43

943

762

A Ayuntamientos

3.791,99

   

TOTAL GASTOS

147.121,16

       

Altas en partidas de ingresos

ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN

Euros

Concepto

870

Remanente líquido de tesorería

147.121,16

 

TOTAL INGRESOS

147.121,16

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Zorita de los Canes a 28 de mayo de 2015.– El Presidente, Dionisio Muñoz Domínguez.

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