Ayuntamiento de Chiloeches
1842
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 de marzo de 2015 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2015 del Presupuesto en vigor, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito, que se hace público con el siguiente contenido:
Crédito extraordinario |
|||
A. Pptaria. |
Denominación |
Modificación € |
|
A.G. |
Ec. |
||
1 |
2 |
Servicios Públicos Básicos. Gastos en bienes corrientes y servicios |
344,00 |
1 |
6 |
Servicios Públicos Básicos. Inversiones reales |
2.096,00 |
1 |
7 |
Servicios públicos Básicos. Transferencias de capital |
15.750,00 |
3 |
2 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos en bienes corrientes y servicios. |
17.148,00 |
3 |
6 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Inversiones reales |
41.700,00 |
9 |
2 |
Actuaciones de carácter general. Gastos en bienes corrientes y servicios. |
416,00 |
9 |
6 |
Actuaciones de carácter general. Inversiones reales |
5.100,00 |
TOTAL |
82.554,00 |
||
Suplemento de crédito |
|||
A. Pptaria. |
Denominación |
Modificación € |
|
A.G. |
Ec. |
||
3 |
2 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos en bienes corrientes y servicios. |
11.000,00 |
4 |
4 |
Actuaciones de carácter económico. Transferencias corrientes |
210,00 |
TOTAL |
11.210,00 |
El importe total de la modificación de crédito asciende a 93.764,00 euros y se financia mediante bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
A. Pptaria. |
Denominación |
Modificación € |
|
A.G. |
Ec. |
||
0 |
3 |
Deuda Pública. Gastos financieros |
11.000,00 |
1 |
4 |
Servicios Públicos Básicos. Transferencias corrientes |
18.664,00 |
2 |
1 |
Actuaciones de protección y promoción social. Gastos de personal |
13.100,00 |
9 |
1 |
Actuaciones de carácter general. Gastos de personal |
51.000,00 |
TOTAL |
93.764,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Chiloeches, documento firmado electrónicamente.– El Alcalde.