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Martes, 20 Octubre 2026 08:10

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE HUERTOS DE OCIO Y AUTOCONSUMO. PERIODO 2026-2030

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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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ANUNCIO

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE HUERTOS DE OCIO Y AUTOCONSUMO. PERIODO 2026-2030

Primero.- OBJETO Y FINALIDAD

1. El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de los huertos de titularidad municipal situados en el Parque existente entre las calles Cigüeña, Lavanda y Bulevar Castilla-La Mancha, con referencia catastral 2718301VL8021N0001ZF.

2. La finalidad de este servicio de huertos es fomentar valores saludables y prácticas medioambientales sostenibles, a la vez que se da ocupación y distracción a aquellas personas que no posean otros medios para satisfacer sus necesidades de ocio.

3. Los huertos se destinarán exclusivamente al cultivo agrícola y su producción será para consumo privado. En ningún caso podrá comercializarse la producción de los huertos como excedentes.

Segundo.- REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

1. Para poder acceder a las autorizaciones de uso de los huertos, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser persona física, mayor de edad.
  • Ser vecino de Marchamalo, figurando inscrito en el padrón municipal de habitantes con una antigüedad de al menos un año.
  • Encontrarse con capacidad, física y psíquica, para la realización de las labores agrícolas a desarrollar en el huerto de ocio y autoconsumo.
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Marchamalo.

2. No podrán ser usuarios del servicio:

  • Aquellos vecinos que convivan con un usuario del servicio.
  • Haber sido usuario de los huertos por 2 periodos consecutivos, salvo si existiesen parcelas libres.

3. Son causas de pérdida de la condición de usuario las previstas en el Reglamento Municipal, entre ellas la falta de cultivo efectivo durante más de dos meses seguidos en temporada o el incumplimiento grave de las normas medioambientales.

Tercero.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1. Quienes deseen participar en el procedimiento de adjudicación deberán presentar de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Marchamalo, el modelo de solicitud oficial (Anexo I), en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOP del extracto de la presente convocatoria.

2. En caso de no ser posible la presentación telemática, la solicitud podrá presentarse en las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Marchamalo y en los Registros previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

3. La solicitud del Anexo I deberá acompañarse de fotocopia autenticada del DNI y declaración responsable de reunir los requisitos exigidos.

4. Finalizado el plazo de presentación, se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos por diez días naturales para reclamaciones. Resueltas las alegaciones, se publicará la lista definitiva.

Cuarto.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS HUERTOS

1. El procedimiento de adjudicación de las 24 parcelas municipales se realizará mediante sorteo público entre todas las solicitudes admitidas.

2. Reserva de plazas: Se reservará la mitad de los huertos (12 parcelas) para solicitantes pensionistas, con preferencia dentro de estos para los mayores de 65 años.

3. Mantenimiento de parcela: Aquellas personas usuarias del huerto en los cuatro años inmediatamente anteriores que resulten nuevamente adjudicatarias mantendrán la misma parcela que venían cultivando.

4. Bolsa de suplentes: Los solicitantes no adjudicatarios integrarán una bolsa de reserva por el orden del sorteo para cubrir posibles vacantes durante el periodo de 4 años.

5. Fianza: En el plazo de 10 días desde la notificación de la adjudicación, el beneficiario deberá constituir una garantía fianza de 50,00 €.

Quinto.- RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y RECURSOS

1. La Resolución del procedimiento de adjudicación corresponderá al Alcalde-Presidente y pondrá fin a la vía administrativa.

2. Contra la resolución podrán interponerse alternativamente Recurso Potestativo de Reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o bien Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses.

Sexto.- DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

1. El uso y disfrute de los huertos de ocio y autoconsumo se adjudica por un periodo de 4 años comprendido entre el 1 de noviembre de 2026 (o fecha en la que produzca efectos la adjudicación) y el 15 de octubre de 2030.

2. Se establece un periodo de prueba de 6 meses, en el que la adjudicación podrá ser revocada si la parcela no es objeto de labores agrícolas efectivas.

En Marchamalo a 16 de octubre de 2026. Firmado EL ALCALDE D. Rafael Esteban Santamaría

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  • Municipios: Marchamalo
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