AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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BDNS: 934595
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio)
Por resolución de alcaldía de 2 de octubre de 2026 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de fomentar la participación de asociaciones de narración oral en el municipio.
SEGUNDO.BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 229, de fecha viernes, 28 de noviembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones destinadas a la colaboración con asociaciones de narración oral en Azuqueca de Henares”.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 3.000,00 euros, imputables a la partida presupuestaria 3340.489.12 “Ayudas y subvenciones destinadas a la colaboración con asociaciones de profesionales de la narración oral” del presupuesto municipal del ejercicio 2026.
CUARTO.REQUISITOS
Podrán solicitar y ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las Bases las asociaciones de profesionales de la narración oral, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia con anterioridad a la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o actuaciones de narración oral en el municipio, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares y haber desarrollado su actividad en los dos últimos años.
- Tener como misión o fin principal la promoción y difusión de la narración oral, circunstancia que deberá constar en los documentos de constitución, estatutos sociales o modificaciones de los mismos.
- Contar con un número mínimo de 40 socios/as en la asociación.
- Ser una asociación sin ánimo de lucro, circunstancia que deberá constar en los documentos de constitución, estatutos sociales o modificaciones de los mismos.
- Haber realizado en años anteriores y en el municipio, actividades de fomento de la lectura a través de la narración oral, abiertas a la ciudadanía.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
QUINTO.PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo recogido en esta convocatoria, (ANEXO I) el cual deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, y deberán dirigirse al Excmo Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Se presentarán electrónicamente junto con los documentos o informes que en su caso debieran acompañarse, conforme a lo establecido en las bases, en cualquiera de los lugares previstos o en el art. 16.4 en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo previsto en la convocatoria.
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Junto a la solicitud, deberá presentarse en todo caso y de forma obligatoria la siguiente documentación:
- Fotocopia de:
- Certificado censal de la asociación.
- Estatutos de la asociación solicitante de la presente subvención si no se hubieran presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
- NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención.
- Declaración jurada de que la asociación ha desarrollado actividad durante los dos últimos años.
- Relación nominal de personas asociadas con indicación de su DNI.
- Justificante de la entidad bancaria (un recibo, fotocopia de la cartilla, etc… donde figure el número de IBAN y el nombre de la asociación como titular de la cuenta).
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria. Se comprobará de oficio que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Relación de actividades de fomento de la lectura a través de la narración oral realizadas en el municipio en años anteriores, con indicación de la fecha de celebración de las mismas (ANEXO II).
- Se harán de oficio las comprobaciones oportunas para verificar dicha información.
- Ficha de terceros, debidamente cumplimentada (descargable en la web del Ayuntamiento).
- Proyecto de actividades a subvencionar, desarrolladas o a desarrollar durante el ejercicio correspondiente, en el que se determine:
- Título de cada actividad.
- Objetivos que se pretenden alcanzar.
- Destinatarios.
- Fecha y lugar de celebración.
- Presupuesto económico asociado.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/26474e7c-d2fb-419e-a41f-072e358f54b0/
En Azuqueca de Henares a 9 de octubre de 2026, Fdo. el Alcalde D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas
